Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 08/05/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla y se emplaza a los terceros interesados.

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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, sita en Avda. de Carlos V, s/n (Prado de San Sebastián), se ha interpuesto por don Rachid El Khattabi Omar recurso contencioso-administrativo núm. P.O. 776/2023 contra:

- La resolución expresa del recurso de reposición formulado contra la Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo Educativo, por la que se declara aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos, convocado por Orden de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de 14 de noviembre de 2022.

- La resolución expresa del recurso de reposición formulado contra la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo Educativo, por la que se declara el desistimiento en el procedimiento selectivo de estabilización mediante concurso excepcional de méritos, para el ingreso en los cuerpos docentes, convocado por Orden de 14 de noviembre de 2022, a las personas que se relacionan en el anexo de la presente resolución.

Publicándose la presente para notificación a los terceros interesados y sirviendo de emplazamiento para que puedan comparecer y personarse como demandados ante la citada Sala, en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, mediante Procurador y Abogado, o solamente mediante Abogado con poder al efecto, haciéndoseles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y que si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Sevilla, 3 de mayo de 2024.- La Secretaria General Técnica, Isabel Gabella Valera.

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