Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 12/01/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 5/2024, de 8 de enero, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Salud.

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El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, dispone, en su artículo 16, que corresponde a la Dirección General de Gestión Económica y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, entre otras atribuciones, la dirección, coordinación y seguimiento y evaluación de la ejecución de la política de compras y logística integral desarrollada por los centros del Servicio Andaluz de Salud, la definición de las estructuras integradas para la contratación de obras, bienes y servicios, para todos los centros sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía de cada provincia, así como la definición de la estructura central para la coordinación de las estructuras provinciales y para la contratación de las obras, bienes o servicios, así como la definición, dirección, seguimiento de la ejecución y evaluación de la política de contratación de obras, bienes y servicios del Servicio Andaluz de Salud.

La Dirección General de Gestión Económica y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, desde el año 2020, tiene establecida como línea estratégica la contratación, a nivel regional, de los medicamentos exclusivos y biosimilares así como del material sanitario fungible de gran consumo, mediante un plan regional de contratación, consistente en acuerdos marco con varios proveedores para la compra de dicho material y de medicamentos, mediante adjudicación centralizada y con ejecución descentralizada.

El plan de contratación regional 2021-2022, supuso un paso adelante para la creación de la Central de Compras Regional, como estrategia para el desarrollo del modelo de compras del Servicio Andaluz de Salud con el fin de conseguir una optimización en la gestión de recursos. Como consecuencia, aumentaba el ámbito de actuación de la contratación a nivel regional, lo que representaba un importante incremento de las tareas asumidas en el área de contratación administrativa así como las tareas de coordinación para la elaboración de pliegos modelos para la contratación administrativa y de interrelación entre los órganos de contratación provinciales con la Consejería de Salud y Consumo y con la Intervención General de la Junta Andalucía.

Por ello, mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia del Servicio Andaluz de Salud, se redefine la unidad administrativa a la que se asignan las tareas de coordinación de la contratación, se crea una unidad administrativa de contratación de la Central Regional de Compras y se refuerza, con un puesto de trabajo, la estructura administrativa del centro directivo. Asimismo, se suprimen dos puestos de trabajo desocupados que no resultan necesarios en la nueva estructura desarrollada.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de enero de 2024,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Salud.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Salud, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el citado boletín.

Sevilla, 8 de enero de 2024

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública

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