Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 15/05/2024

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Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Acuerdo de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por el que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, ganadero y forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006, y se efectúa la convocatoria para el año 2006 (BOJA núm. 103, de 31.5. 2006).

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Vistos los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, y se efectúa su convocatoria para 2006, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. En el Sistema de Gestión Integrada de Recursos Organizativos (en adelante GIRO), se ha comprobado la existencia de documentos contables AD, pertenecientes a compromisos de gasto de expedientes de subvenciones antiguos que se tramitaron al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, y se efectúa la convocatoria para el año 2006 (BOJA núm. 103, de 31 de mayo de 2006).

Se acompaña a la presente resolución Anexo I con el desglose de los citados documentos.

Se trata de compromisos de gasto, sobre los que no ha sido posible dictar el acto de reconocimiento de obligación y por consiguiente no han sido tampoco abonados por la Administración.

Segundo. El Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en su artículo 30, con relación a la prescripción de las obligaciones establece que:

«1. Salvo lo establecido por las leyes especiales, prescribirán a los cuatro años:

a) El derecho al reconocimiento o liquidación por la Hacienda de la Junta de Andalucía de toda obligación que no se hubiere solicitado con la presentación de los documentos justificativos. El plazo se contará desde la fecha en que se concluyó el servicio o la prestación determinante de la obligación.

b) El derecho a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas, si no fuese reclamado por los acreedores legítimos o sus derechohabientes. El plazo se contará desde la fecha de notificación del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación.

2. La prescripción se interrumpirá según lo dispuesto en el Código Civil, salvo lo establecido en leyes especiales.

3. Las obligaciones a cargo de la Hacienda de la Junta de Andalucía que hayan prescrito serán baja en las respectivas cuentas, previa tramitación del oportuno expediente en el que se dará trámite de audiencia a los acreedores o acreedoras afectados o a sus derechohabientes.»

Dado que nos encontramos ante derechos de créditos frente a la Administración, resultaría procedente el plazo de 4 años dispuesto en este artículo por ser de general aplicación al no existir norma específica para este supuesto particular, y no el de 5 años regulado en el artículo 1964.2 del Código Civil.

Tercero. Por tanto, debemos considerar que los compromisos relacionados en el Anexo I que acompaña a la presente resolución, se encuentran incardinados en el citado artículo 30, estando por consiguiente prescritos a fecha actual dado que, de los archivos obrantes en la Consejería, no se conoce documentación adicional ni reclamaciones de ningún tipo presentadas por los terceros acreedores, que pudieran haber interrumpido la prescripción, debiendo por consiguiente, declarar la prescripción del reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, y el archivo de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2006 (Convocatoria 2006), por el transcurso del plazo establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La prescripción extintiva de las obligaciones se produce por el mero transcurso del tiempo, debiendo la administración declarar esta situación de oficio, previa tramitación del oportuno expediente y dando trámite de audiencia a los acreedores para que puedan aportar las alegaciones que consideren oportunas.

Quinto. Las obligaciones que se encuentren prescritas, serán baja en la contabilidad oficial de la Junta de Andalucía.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud del apartado del artículo 12 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, corresponden a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul las competencias en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible que venía ejerciendo la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, las relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como las competencias en materia de puertos que actualmente venía ejerciendo la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 18, apartado 1, de la Orden de 15 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, con carácter general, se delegan todas las competencias relativas a los procedimientos de concesión, justificación, reintegro y demás facultades en el ámbito de las subvenciones regladas, así como la gestión presupuestaria y económico administrativa asociada a las mismas, en las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería que sean competentes por razón de la materia.

Tercero. Según el artículo 8 del Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad desempeñará las funciones siguientes: f) La prevención y lucha contra las emergencias ambientales causadas por los incendios forestales, las enfermedades de la fauna silvestre y el uso de venenos y la restauración de sus efectos.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en la disposición final tercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la presente subvención le es de aplicación la citada norma. En cuanto al procedimiento también es de aplicación supletoria la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según se desprende de su disposición transitoria tercera.

Quinto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.

Sexto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.

En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente, esta Dirección General

ACUERDA

Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 9 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre y se efectúa su convocatoria para 2006 (BOJA núm. 103, de 31 de mayo de 2006), al haber transcurrido el plazo estipulado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la Junta de Andalucía los citados documentos contables.

Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que aleguen o presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 6 de mayo de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.

ANEXO I

CÓD. EXPED. CONCEPTO TERCERO CIF/NIF IMPORTE
PI/2006/11/0051 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES CRISTOBALINA PÉREZ ORTEGA 31**00**Z 8.383,95 euros
PI/2006/29/0049 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES FINCA LA MOHEDA, SA A29224474 2.657,29 euros
PI/2006/21/0052 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES ORPIN, SA A08447328 19.108,35 euros
PI/2006/11/0114 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES EXPLOTACIÓN DE LOS MONTES DE PROPIOS EMPRESA MUNICIPAL, SA A11628179 38.417,33 euros
PI/2006/11/0064 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES MIDIMECO, SL B11040409 5.036,08 euros
PI/2006/41/0194 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES LAS LOBERUELAS, SL B78995735 1.438,20 euros
PI/2006/41/0163 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES AGROPECUARIA LAS MONJAS, SA A41136342 6.493,28 euros
PI/2006/23/0023 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES NAVA EL SACH, SA A28336469 16.693,73 euros
PI/2006/21/0110 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES FORESTAL Y MADERERA, SA A28352474 20.220,56 euros
PI/2006/21/0113 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES EXPLOTACIONES MADERERAS CATALANAS, SA A28462794 19.205,52 euros
PI/2006/41/0047 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES PATRIMONIAL ORLESA, SA A41263534 7.761,76 euros
PI/2006/23/0001 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES JOSÉ MUNERA PÉREZ 26**11**V 198,78 euros
PI/2006/21/0211 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES PILAR MONTES DE LEÓN 27**34**A 1.022,21 euros
PI/2006/23/0076 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES DE LEÓN VICENTE ORTI LÓPEZ 27**98**L 2.970,19 euros
PI/2006/29/0055 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES PÉREZ DE GUZMÁN JUAN CARRILLO DE MENDOZA 28**07**C 8.264,10 euros
PI/2006/41/0048 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES ROCÍO SÁNCHEZ-PASTOR DE PRADO 28**40**A 7.872,76 euros
PI/2006/41/0151 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES LEOPOLDO OTO PERALÍAS 28**81**J 510,00 euros
PI/2006/21/0101 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES HERMANOS ROMERO RUIZ, CB E06071286 2.008,13 euros
PI/2006/14/0014 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES AGRÍCOLA Y FORESTAL VALDECAÑAS, SL B28851806 1.954,32 euros
PI/2006/14/0021 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES CERGA, SL B78383015 3.713,09 euros
PI/2006/21/0141 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES DEHESA LOS ALBARDEROS, SL B91371435 10.158,19 euros
PI/2006/21/0187 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES CB SIERRA DE LAS CABRAS E21184817 2.509,52 euros
PI/2006/11/0106 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES GREGORIO Y JOSÉ QUESADA CONTRERAS E29152378 2.739,86 euros
PI/2006/21/0348 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES AGUILAR EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS, S CIVIL J28983567 619,62 euros
PI/2006/41/0221 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES HERMANOS SALINAS MILA SDAD CIVIL J41164245 4.125,00 euros
PI/2006/11/0103 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES FOMENTO GANADERO SAT NÚMERO 4196 G11029600 7.066,01 euros
PI/2006/41/0023 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES DIPUTACIÓN DE SEVILLA P4100000A 3.328,50 euros
PI/2006/41/0022 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES MARÍA DOLORES BETERE CABEZA 00**57**S 7.617,92 euros
PI/2006/41/0023 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES JOSÉ CASTILLA VÁZQUEZ 29**07**E 593,25 euros
PI/2006/41/0024 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES JOSÉ CASTILLA VÁZQUEZ 29**07**E 836,06 euros
PI/2006/41/0025 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES JOSÉ CASTILLA VÁZQUEZ 29**07**E 1.424,08 euros
PI/2006/14/0032 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES AGROPECUARIA SANTA TERESA, SL B82140724 0,30 euros
PI/2006/21/0251 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES ROCÍO VALIENTE GONZÁLEZ 75**24**F 282,19 euros
PI/2006/21/0333 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS GUADIAMAR, SA A41036690 532,88 euros
PI/2006/41/0157 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES DEHESA SAN BARTOLOMÉ, SA A41004797 7.625,63 euros
PI/2006/41/0043 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES EL ESPARRAGAL, SA A41012295 9.814,88 euros
PI/2006/11/0180 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES AGROPECUARIA FUENFRÍA, SL B11604824 6.591,83 euros
PI/2006/11/0030 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES SELVITRAC, SL B11697703 457,13 euros
PI/2006/21/0170 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES FRANCISCO PÉREZ JARA 29**69**Q 1.305,94 euros
PI/2006/21/0167 ORDEN DE 9 DE MAYO DE 2006 DE AYUDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS INCENDIOS FORESTALES JOSÉ ANTONIO JESÚS QUINTERO CAMACHO 75**19**R 352,73 euros

002015/A03

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