Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/05/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.

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Por Acuerdo de la Viceconsejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de 3 de mayo de 2024 se ordenó el inicio de la tramitación del expediente administrativo para la aprobación del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.

La tramitación del referido proyecto de orden ha sido declarada de urgencia.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 7.2.d) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,

R E S U E L V O

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía durante un plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

En formato electrónico, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/500780.html

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y se podrán realizar en formato electrónico a través de la cuenta de correo sv.ppca.dgc.ceeta@juntadeandalucia.es, así como en formato papel, presentándose preferentemente en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación de los mismos.

Sevilla, 9 de mayo de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Elena Lobillo Chacón.

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