Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 17/05/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se ratifica por el protectorado e inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación de la Fundación Tecnotur.

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Visto el expediente por el que se solicita la ratificación del protectorado e inscripción del procedimiento de liquidación en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Tecnotur, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 8 de julio de 2022 se dicta por la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación resolución de ratificación e inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la extinción de la Fundación Tecnotur, adoptada por su patronato en sesión celebrada el día 4 de noviembre de 2021, no designándose por el Patronato entidad destinataria de los bienes y derechos resultantes de la liquidación, en cuanto, atendiendo a la situación económica de la Fundación, no existiría remanente.

Asimismo, se acuerda la asunción por parte de los patronos de la deuda (por importe de 2.595.540,52 euros) que la Fundación Tecnotur mantenía con la Fundación Tecnalia, no existiendo oposición por parte de esta última para la novación en la posición del deudor, que pasarían a ser la Diputación de Cádiz y el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

Igualmente, de acuerdo con la resolución dictada se ordena la apertura del procedimiento de liquidación de la Fundación con sujeción a lo previsto por el artículo 40 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, y en los términos acordados por el Patronato de la Fundación.

Segundo. Con fecha 27 de febrero de 2024 se recibe escrito de la fundación por el que se solicita la ratificación por el Protectorado de la liquidación aprobada por el patronato, así como la inscripción de la baja definitiva de la fundación en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Al expediente se ha aportado:

- Contratos de cesión de derecho de crédito de 28 de abril de 2023 y 16 de febrero de 2024 otorgados entre la Fundación Tecnotur como cedente y Fundación Tecnalia como cesionaria.

- Certificado de fecha 26 de febrero de 2024, emitido por el Secretario del Patronato de la Fundación Tecnotur, relativo a la sesión celebrada el 15 de febrero de 2024, por el que se acredita la aprobación de la cesión de crédito, así como del Balance de liquidación de la fundación, el cual una vez asentadas las correspondientes cesiones de derecho de crédito de Ayuntamiento y Diputación de Cádiz favor de Tecnalia, presenta un resultado de 0 €.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el artículo 35 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la de la liquidación acordada por el patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, ratificándose mediante Acuerdo de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento, de 29.4.2024.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005 y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Ratificar la operación de liquidación de la Fundación Tecnotur, formalizada según el antecedente de hecho segundo.

Segundo. Inscribir la liquidación de la Fundación Tecnotur en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Tercero. Cancelar los asientos de la Fundación extinguida en el Registro de Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación Tecnotur.

Cuarto. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su publicación en el BOJA.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Sevilla, 9 de mayo de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

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