Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 30/05/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 107/2025, de 27 de mayo, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

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El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, incluye en el artículo 2.1.f) como órgano directivo central a la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones.

En su artículo 9 del citado Decreto 161/2022, de 9 de agosto, establece que le corresponden a esta Dirección General, entre otras funciones, las relativas a la elaboración, impulso y coordinación de las bases reguladoras de subvenciones; al impulso, elaboración y seguimiento del Plan Estratégico de subvenciones; al impulso, coordinación y seguimiento del Plan anual de actuación de comprobación material de cada una de las convocatorias de subvenciones; a la coordinación y gestión de la renta mínima de inserción social; a la gestión económica, tramitación y resolución de las prestaciones asistenciales y a la coordinación con otros organismos nacionales y autonómicos en materia de prestaciones asistenciales no contributivas.

Con objeto de configurar la estructura de la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones se han aprobado los siguientes expedientes de modificación de la relación de puestos de trabajo: El Decreto 214/2024, de 24 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, que dotó a la citada Dirección General de aquellos puestos de trabajo inicialmente necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas y la Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se le adscriben orgánicamente aquellos puestos de trabajo, provenientes de distintos órganos directivos centrales, que desempeñaban competencias en materia de subvenciones y ayudas, así como en materia de prestaciones.

Por un lado, con la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se culmina la estructura de puestos adscritos a la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones con competencias en la materia, quedando configurada en seis unidades administrativas, adecuándose sus denominaciones y funciones, creando y modificando aquellos puestos de trabajo necesarios para llevar a cabo las funciones que le son atribuidas y eliminando los que no se consideran necesarios, permitiendo así el ejercicio adecuado de las competencias que tienen atribuidas.

Por otro lado, se crean y modifican aquellos puestos de nivel básico que resultan necesarios para la actual estructura de la Dirección General.

Por último, se modifica la denominación y las características de un puesto de trabajo de coordinación para adecuarlo a las funciones de perfil jurídico que desarrolla, entre las que cabe destacar la elaboración y tramitación de normativa reguladora, así como de instrucciones e informes de carácter normativo, reforzándose asimismo, con la creación de dos asesorías técnicas, una de perfil jurídico y otra de perfil económico, para el mejor desarrollo de sus funciones.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico de Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en el artículo 26.6 y 7 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de mayo de 2025,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de mayo de 2025

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública

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