Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 05/06/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 27 de mayo de 2025, por la que se aprueban los modelos normalizados de formularios para la solicitud de autorización de intervenciones en inmuebles inscritos como Bien de Interés Cultural y sus entornos y para la comunicación de intervenciones de escasa entidad técnica en ciertos inmuebles inscritos como Bien de Interés Cultural y sus entornos, intervenciones en inmuebles inscritos como Bien de Catalogación General e intervenciones en Zonas de Servidumbre Arqueológica.

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La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico Andalucía, regula los diferentes procedimientos que deberán seguirse para realizar intervenciones que puedan afectar a los bienes inmuebles protegidos. En su artículo 33.3 establece que será necesaria la autorización de la consejería competente en materia de patrimonio histórico para realizar cualquier cambio o modificación que los particulares u otras Administraciones Públicas deseen llevar a cabo en inmuebles objeto de inscripción como Bien de Interés Cultural o en sus entornos.

En el artículo 33.5 se dispone que también será necesario comunicar a la misma consejería la realización de cualquier obra o intervención en inmuebles de Catalogación General, con carácter previo a la solicitud de la correspondiente licencia. Por su parte, el artículo 49 establece, por último, la obligación de notificar la realización de obras de edificación o cualesquiera otras actuaciones que lleven aparejada la remoción de terrenos en Zonas de Servidumbre Arqueológica con un mínimo de quince días de antelación.

Con fecha 23 de diciembre de 2020 fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 246 la Orden de 17 de diciembre de 2020, de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, por la que se aprueban los formularios normalizados para la solicitud de autorización o comunicación de intervenciones en bienes inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía y sus entornos de protección o localizados en Zonas de Servidumbre Arqueológica y de intervenciones en bienes muebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Con posterioridad a esta aprobación se han producido cambios en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, que hacen necesaria la sustitución de los formularios aprobados por la citada orden.

Así, el derivado de la disposición final segunda del Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía introduce una excepción a la exigencia de autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico prevista en el artículo 33.3 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, sustituyendo la autorización por comunicación previa en el caso de obras de escasa entidad en Bienes de Interés Cultural que no sean Monumentos o Jardines Históricos, así como en entornos de Bienes de Interés Cultural que no sean Monumentos o Jardines Históricos. Por otra parte, el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, modifica el artículo 21.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, exceptuando de la necesidad de proyecto de conservación a las intervenciones en inmuebles incluidos en los entornos de los Bienes de Interés Cultural.

Igualmente, se ha producido la separación en el Registro de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía del procedimiento compartido entre autorizaciones y comunicaciones en dos diferenciados de autorizaciones, por una parte, y de comunicaciones, por otra, con posterioridad a la aprobación de la Orden de 17 de diciembre de 2020.

Ello obliga a la aprobación de dos formularios adaptados al nuevo marco legal, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

Por último, de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, estos serán de uso obligatorio por los interesados.

Esta normalización se ha llevado a cabo conforme a lo dispuesto en la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba y publica la Guía de Normalización e Inscripción de Formularios de la Junta de Andalucía, con los objetivos de facilitar la tramitación de los procedimientos, una mayor transparencia en los mismos, la agilización en la concesión de las autorizaciones y avanzar en la implantación de la Administración Electrónica.

Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 12 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, los modelos normalizados estarán disponibles para la ciudadanía en el Registro de Procedimientos y Servicios con los códigos de procedimientos 300 y 25589.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Histórico, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con las competencias que confiere el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Aprobación.

Aprobar los siguientes formularios, que se adjuntan como anexo a la presente orden:

- Solicitud de autorización de intervenciones en inmuebles inscritos como Bien de Interés Cultural y sus entornos (código de procedimiento 300).

- Comunicación para intervenciones de escasa entidad técnica en ciertos inmuebles inscritos como Bien de Interés Cultural y sus entornos, intervenciones en inmuebles inscritos como Bien de Catalogación General e intervenciones en Zonas de Servidumbre Arqueológica (código de procedimiento 25589).

Segundo. Derogación.

Derogar la Orden de 17 de diciembre de 2020, de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico por la que se aprueban los formularios normalizados para la solicitud de autorización o comunicación de intervenciones en bienes inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía y sus entornos de protección o localizados en Zonas de Servidumbre Arqueológica y de intervenciones en bienes muebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 246, de 23 de diciembre de 2020.

Tercero. Los modelos normalizados de formularios serán de uso obligatorio por los interesados, conforme a lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 15 de octubre, y estarán disponibles en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, a la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos y servicios disponible en:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/300.html

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25589.html

Cuarto. Efectos.

Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de mayo de 2025

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

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