Orden de 17 de junio de 2025, por la que se dispone la publicación de la Orden de 27 de junio de 2024, por la que se resuelve aprobar definitivamente de manera parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción, junto a su normativa urbanística.
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ANTECEDENTES
1. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dispuso mediante Orden de 27 de junio de 2024, aprobar definitivamente de manera parcial conforme al artículo 33.2.c) de la LOUA la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción, por adecuarse a la normativa sectorial y urbanística de aplicación, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias señaladas en el apartado «F) Conclusiones» del informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de 24 de junio de 2024.
2. En cumplimiento de dicha orden, el Pleno del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción acordó en sesión de 12 de diciembre de 2024, tomar conocimiento del «documento de corrección de deficiencias señaladas en el apartado F Conclusiones, según Orden de fecha 27 de junio de 2024, por la que se resuelve la aprobación definitiva, de manera parcial, de la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción».
3. Esta Dirección General, mediante Resolución de 21 de abril de 2025, ha tomado conocimiento del documento técnico subsanado sometido a toma de conocimiento del Pleno en sesión de 12 de diciembre de 2024, teniendo por subsanadas, a la vista del informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de esta Dirección General de 15 de abril de 2025, las deficiencias señaladas en el apartado primero de la Orden de 27 de junio de 2024.
4. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, de aplicación en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, establece en su artículo 41.1 que los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el contenido del articulado de sus normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por disposición del órgano que los aprobó. El depósito de los instrumentos de planeamiento y sus innovaciones en el registro administrativo correspondiente será condición legal para su publicación, de acuerdo con el artículo 40.3 de la misma ley.
5. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, que regula los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, con fecha de 8 de mayo de 2025 la Delegación Territorial de esta Consejería en Cádiz ha inscrito y depositado el presente instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, asignándole el número de registro 10462 en la Sección Instrumento de Planeamiento del Libro de Registro de La Línea de la Concepción de la Unidad Registral de Cádiz.
Según el artículo 21 del citado decreto, la condición legal de depósito prevista a efectos de publicación en el boletín oficial se tendrá por realizada mediante la inscripción del correspondiente instrumento urbanístico en el registro de la Administración que lo haya aprobado.
6. Según determina la disposición transitoria primera del Decreto 88/2025, de 26 de marzo, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, en los procedimientos relativos a los instrumentos de planeamiento urbanístico que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor de dicha ley, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 de la citada disposición, y a efectos de su aprobación, se atenderán las reglas de asignación de funciones a los distintos órganos de la Administración de la Junta de Andalucía establecidos en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas, y de acuerdo con la Propuesta de 3 de junio de 2025 de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
SE DISPONE
Primero. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 27 de junio de 2024 de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente de manera parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción, como Anexo I, junto a la normativa urbanística del citado instrumento como Anexo II.
Incorporar el contenido del documento rectificado en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía Situ@:
(https://ws132.juntadeandalucia.es/situadifusion/pages/search.jsf)
Segundo. Comunicar la publicación al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción y a la Delegación Territorial de esta Consejería en Cádiz.
Sevilla, 17 de junio de 2025
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ | |
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda |
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BOJA nº 119 de 24/06/2025