Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 25/06/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 17 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00322574.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las actuaciones incluidas en el presente proyecto están consideradas de Interés General por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE núm. 313, de 31 de diciembre de 2001), que en su artículo 116 declara de interés general determinadas obras infraestructuras hidráulicas con destino a riego, figurando en su apartado 1.a) «Obras incluidas en el Plan Litoral, con infraestructuras de depuración ejecutadas, correspondientes a la zona de Vélez-Málaga en la provincia de Málaga». Igualmente, la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional (BOE núm. 161, de 6 de julio de 2001), declara de Interés General las obras de «Regadíos de la margen derecha del Plan Guaro».

Segundo. La elaboración del proyecto de referencia es promovida por la Junta Central de Usuarios del Sur del Guaro, para posibilitar su posterior incorporación a las actuaciones a desarrollar por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en el marco del IV Decreto de Sequía de Andalucía (Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario).

Tercero. WATS Técnicas de Ingeniería, S.L., registra, en junio de 2024, el «Proyecto de actuación inmediata frente a la sequía para la optimización del uso de aguas regeneradas mediante conducciones y balsas de autorregulación desde la conducción principal procedente del terciario de la EDAR del Rincón de la Victoria a la zona regable del Guaro (Málaga). IV Decreto de Sequía de Andalucía», clave A6.229.0003/2111. El proyecto es supervisado favorablemente por el Servicio de Supervisión de Proyectos el 1 de agosto de 2024.

Cuarto. Por Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de 2 de septiembre de 2024, se aprueba técnicamente el «Proyecto de actuación inmediata frente a la sequía para la optimización del uso de aguas regeneradas mediante conducciones y balsas de autorregulación desde la conducción principal procedente del terciario de la EDAR del Rincón de la Victoria a la zona regable del Guaro (Málaga).  IV Decreto de Sequía de Andalucía».

Quinto. La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera acuerda, con fecha 7 de febrero de 2025, abrir un periodo de información pública en relación a dicho proyecto. Por otra parte, esta Delegación Territorial determinó publicar, el 26 de febrero de 2025, el Acuerdo de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se abre un periodo de información pública sobre el proyecto «Actuación inmediata frente a la sequía para la optimización del uso de aguas regeneradas mediante conducciones y balsas de autorregulación desde la conducción principal procedente del terciario de la EDAR del Rincón de la Victoria a la zona regable del Guaro (Málaga)» y publicar asimismo la relación de bienes y derechos afectados por el mencionado proyecto.

Sexto. El anuncio para sometimiento a información pública del proyecto referido ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (en adelante BOJA) el día 6 de marzo de 2025, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de marzo de 2025, en el Diario provincial «Diario Sur» el día 24 de marzo de 2025, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (en adelante BOP) el día 19 de marzo de 2025 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vélez-Málaga. Ha estado expuesto asimismo en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en las dependencias administrativas de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga.

Durante el periodo de información pública del proyecto, no consta que se hayan formulado alegaciones.

Séptimo. Con fecha 16 de junio de 2025, se dicta Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera por la que se aprueba el expediente de información pública y se aprueba definitivamente el Proyecto de ejecución para la «Actuación inmediata frente a la sequía para la optimización del uso de aguas regeneradas mediante conducciones y balsas de autorregulación desde la conducción principal procedente del terciario de la EDAR del Rincón de la Victoria a la zona regable del Guaro (Málaga)». Clave: A6.229.0003/2111, el presupuesto para la realización de los trabajos se fija en un total de diecisiete millones cuatrocientos treinta y un mil trescientos cincuenta y ocho euros con noventa y seis céntimos (17.431.358,96 €), entendiéndose incluido en el mismo todos los gastos e impuestos en un plazo de doce meses (12).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El IV Decreto de Sequía de Andalucía define las infraestructuras señaladas en el Anexo I del Decreto ley 2/2024, de 29 de enero, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario (BOJA núm. 23, de 1 de febrero de 2024). Como indica el art. 2.1 y 2.2 de la misma, las actuaciones se declaran Obras de Interés de la Comunidad Autónoma y tienen el carácter de Actuación Inmediata frente a la situación de sequía declarada, considerándolas como obras de emergencia a los efectos previstos en la legislación de contratos del sector público.

Las actuaciones están consideradas de Interés General por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE núm. 313, de 31 de diciembre de 2001), que en su artículo 116 declara de interés general determinadas obras infraestructuras hidráulicas con destino a riego, figurando en su apartado 1.a) «Obras incluidas en el Plan Litoral, con infraestructuras de depuración ejecutadas, correspondientes a la zona de Vélez-Málaga en la provincia de Málaga». Igualmente, la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional (BOE núm. 161, de 6 de julio de 2001), declara de Interés General las obras de «Regadíos de la margen derecha del Plan Guaro».

La Junta Central de Usuarios del Sur del Guaro promueve la elaboración del proyecto de «Actuación inmediata frente a la sequía para la optimización del uso de aguas regeneradas mediante conducciones y balsas de autorregulación desde la conducción principal procedente del Terciario de la EDAR del Rincón de la Victoria a la zona regable del Guaro (Málaga)», para posibilitar su posterior incorporación a las actuaciones a desarrollar por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en el marco del IV Decreto de Sequía de Andalucía referido (Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario).

La zona objeto de actuación pertenece a la Unidad de Demanda Agraria denominada Río Vélez, para la que el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (2022-2027), considera una superficie regable de 6.077 ha en la actualidad, y de 6.647 en el horizonte 2027.

Segundo. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía:

«La aprobación por la Consejería competente en materia de agua de los proyectos de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá, implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres, y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no segregables de la principal.»

Se considera, por tanto, de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente ocupación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF).

Tercero. De conformidad con el artículo único de la Orden de 14 de octubre de 2024 (BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024), por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, corresponde a las personas titulares de los órganos directivos periféricos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:

c) En materia de expropiación forzosa, acordar la necesidad de ocupar los bienes y adquirir los derechos indispensables para el fin de la expropiación, así como la tramitación y resolución de los procedimientos en todas sus fases, sin perjuicio de la coordinación de los mismos por los órganos directivos centrales en sus respectivos ámbitos sectoriales.

Cuarto. La presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a la urgente ocupación será expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, se publicará en el BOJA, en BOE, así como en el BOP. Por otra parte, la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga tramitará el anuncio de la presente resolución en uno de los diarios provinciales de mayor difusión.

Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 52 de la LEF.

Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la sede de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga domiciliada en Avda. de la Aurora, 47, 29002 Málaga, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.

Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien por medio de representante, circunstancia que podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, incluido poder notarial, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa actualizada o certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.

Séptimo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.6 de la LEF, se hará entrega a los comparecientes de la correspondiente hoja de valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga se realizará a cuenta del justiprecio final y, una vez efectuado el mismo, se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.

A la vista de los antecedentes expuestos y de la documentación que figura en el expediente, esta Delegación Territorial, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo único de la Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,

RESUELVE

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución de la «Actuación inmediata frente a la sequía para la optimización del uso de aguas regeneradas mediante conducciones y balsas de autorregulación desde la conducción principal procedente del terciario de la EDAR del Rincón de la Victoria a la zona regable del Guaro (Málaga)», clave: A6.229.0003/2111, que se desarrollará en el término municipal de Vélez-Málaga, según el anejo de esta resolución, en el que se incluye la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiario final la Junta Central de Usuarios del Sur del Guaro.

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación incluida en el anejo de esta resolución, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, el día y hora que figuran en la misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se puedan trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 52 de la LEF.

Tercero. La presente publicación se practica a los efectos previstos en el artículo 52.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa y, adicionalmente, de manera previa y complementaria a la publicación en el Boletín Oficial del Estado para los interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación así como para los que la notificación personal resulte infructuosa atendiendo a lo regulado en el artículo 41.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía en relación con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Notifíquese la presente resolución a las personas interesadas en legal forma, con indicación de que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Málaga, 17 de junio de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D. (Orden de 14.10.2024, BOJA núm. 203, de 17.10.2024), el Delegado, Fernando Fernández-Tapia Ruano.

Descargar PDF