Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 27/06/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 24 de junio de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico (IAPH), por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público del IAPH para el año 2025 y Oferta de Empleo 2026 (bajas primer semestre 2025) adelantada para el primer semestre de 2025.

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A N T E C E D E N T E S

Primero. La Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, establece en el art. 13.1, que durante el año 2025 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal. En las agencias, sociedades mercantiles, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la tasa de reposición del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía será la establecida con carácter máximo por la legislación básica del Estado.

Segundo. De conformidad con el artículo 13.3 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, la contratación de personal laboral no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía requerirá autorización de la Consejería competente en materia de sector público instrumental.

Tercero. El artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (cuya vigencia se ha prorrogado para el año 2025), establece que, respecto a la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida, las entidades públicas empresariales se regirán por lo establecido en la disposición adicional vigésima primera. Y esta disposición señala que a las entidades públicas empresariales les serán de aplicación las reglas de articulación de la Oferta de Empleo Público del artículo 20.Dos y Tres de la misma norma. En el referido artículo se establece que la configuración concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición de efectivos, instrumento con el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual.

Cuarto. El artículo 20 Tres.3 de la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (cuya vigencia se ha prorrogado para el año 2025), establece que «la validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el boletín oficial de la provincia, de la comunidad autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización de cada año.

b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el diario oficial de la provincia, comunidad autónoma o, en su caso, del Estado, debiendo asegurar su ejecución en el plazo máximo de tres años.»

Señalar, por último, lo dispuesto en el apartado Tres.2 del mismo artículo, respecto de la tasa adelantada de reposición, estableciendo que la aplicación de la tasa de reposición de efectivos «podrá incrementarse con la derivada de las altas y bajas registradas durante el ejercicio en curso, hasta la fecha de aprobación de la oferta, lo que deberá hacerse constar en la propia Oferta de Empleo. Para ello la oferta deberá aprobarse dentro del primer semestre del ejercicio. Dichas plazas se restarán de la tasa de reposición del ejercicio siguiente».

En este sentido, la autorización del expediente CF-00042/2025, relativo a la tasa adelantada de reposición 2026 para el IAPH, indica que la Oferta de Empleo Pública para la cobertura definitiva de los puestos que se autoriza, mediante tasa de reposición 2025, deberá aprobarse dentro del primer semestre de este ejercicio, ya que la tasa de reposición de 2025 de la Agencia debe tramitarse con anterioridad, o simultáneamente, a la solicitud de tasa adelantada.

b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el diario oficial de la provincia, comunidad autónoma o, en su caso, del Estado, debiendo asegurar su ejecución en el plazo máximo de tres años.

Y todo ello sin perjuicio de las especificidades establecidas por la normativa vigente según la naturaleza jurídica de cada entidad, siendo de aplicación para el IAPH el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Convenio Colectivo del IAPH y la normativa que le sea de aplicación.

En virtud de todo lo anterior, una vez obtenidos los preceptivos informes favorables establecidos en la legislación presupuestaria de la Junta de Andalucía, y atendiendo al artículo 13 de los Estatutos del IAPH, aprobados por Decreto 33/2024, de 6 de febrero.

R E S U E L V O

Primero. La aprobación de la Oferta de Empleo público del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico para el año 2025 y oferta de empleo 2026 (bajas primer semestre 2025) adelantada para el primer semestre de 2025, reflejadas en el Anexo I de esta resolución.

En el marco previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico para el año 2025 y oferta de empleo 2026 (bajas primer semestre 2025) adelantada para el primer semestre de 2025, en los términos que se establecen en la presente resolución.

La aprobación de esta oferta de empleo público comporta la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas, conforme a la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025 y al procedimiento establecido en el Capítulo VII. Selección de personal y provisión de vacante, del I Convenio Colectivo del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

La determinación del número de plazas ofertadas se ha realizado teniendo en cuenta las autorizaciones emitidas por la Dirección General de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz en los siguientes expedientes:

- Expediente: CF 00043/2025.

- Expediente: CF-00042/2025.

Segundo. Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de junio de 2025.- El Director General, Juan José Primo Jurado.

ANEXO I

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE IAPH 2025
CATEGORÍA PROFESIONAL PUESTO
Grupo I Nivel 3 TÉCNICO/A PROYECTOS 1
Grupo I Nivel 3 TÉCNICO/A DE ESTUDIOS HISTÓRICO-ARTÍSTICOS 1
Grupo I Nivel 2 JEFA/E DE DEPARTAMENTO DE UCC+I 1
TOTAL PLAZAS 3

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE IAPH 2026 (bajas primer semestre 2025,adelantada para el primer semestre de 2025)
CATEGORÍA PROFESIONAL PUESTO
Grupo I Nivel 3 TÉCNICO/A DE ESTUDIOS HISTÓRICO-ARTÍSTICOS 1
TOTAL PLAZAS 1

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