Acuerdo de 18 de junio de 2025, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo del Parlamento de Andalucía.
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Con el fin de atender a las necesidades de personal del Parlamento de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 12 de julio de 2023, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Parlamento de Andalucía para el año 2023 (Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía núm. 229, de 18 de julio de 2024), y según lo dispuesto en el Capítulo III del Título I del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 28 del Reglamento del Parlamento de Andalucía, la Mesa de la Cámara, en su sesión del día de la fecha,
HA ACORDADO
Convocar proceso selectivo para cubrir una plaza del cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición libre.
Asimismo, aprobar las bases de la convocatoria, las cuales regularán el presente proceso selectivo, y que son las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza del cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición libre.
1.2. A esta plaza convocada para ser cubierta por el sistema de oposición libre se acumulará, en caso de que no se cubra, la plaza convocada en las pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en el cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía, convocadas por acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 26 de junio de 2024 (Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía núm. 468, de 4 de julio de 2024).
1.3. Las pruebas se regirán por las bases de la presente convocatoria y por el Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía, y, en lo que no se oponga a lo anterior, por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás normas vigentes de aplicación.
1.4. El nombramiento, en el marco del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía, conferirá a la persona seleccionada, a todos los efectos, el carácter de personal funcionario de carrera del Parlamento de Andalucía desde la fecha de la toma de posesión, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 de la base 9.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Nacionalidad.
Podrán participar en el proceso selectivo:
a) Las personas con nacionalidad española.
b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Reino de Noruega y de la República de Islandia.
c) El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a expensas o estén a cargo de la persona nacional de la Unión Europea con la que tengan dicho vínculo.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de diplomado/a universitario, ingeniero/a técnico, arquitecto/a técnico, grado u otro título equivalente.
Asimismo, a estos efectos, se considera equivalente al título de diplomado/a universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6. Haber abonado los correspondientes derechos de examen en los términos previstos en el apartado 5 de la base 3.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionados en el apartado 1 de la base 8 de esta convocatoria.
3. Solicitudes, derechos de examen y plazo de presentación.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud siguiendo el modelo del Anexo II.
3.2. Las instancias se dirigirán al letrado mayor del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento de Andalucía.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por la persona empleada de Correos antes de ser certificadas. En caso de presentación a través de dichas oficinas, la dirección a la que enviar las solicitudes será calle San Juan de Ribera, s/n, Sevilla, 41009.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Parlamento de Andalucía.
Las personas interesadas también podrán presentar su solicitud de participación telemáticamente a través de la sede electrónica del Parlamento de Andalucía, accesible en el siguiente enlace: https://sede.parlamentodeandalucia.es.
A tal efecto, cumplimentarán el formulario habilitado en la sede electrónica, adjuntando los documentos en formato PDF que deben aportarse en virtud de lo dispuesto en la presente base. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que dispone el artículo 12 de las Normas de administración electrónica en el Parlamento de Andalucía, aprobadas por acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 19 de mayo de 2020.
Igualmente, las solicitudes podrán también presentarse en los registros u oficinas competentes de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se garantice, bajo la responsabilidad de quien la presente, que la correspondiente documentación se remitirá al Parlamento de Andalucía en el modo adecuado para su consideración en el presente proceso selectivo.
3.3. Acompañando al modelo de solicitud se adjuntará fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero.
3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta convocatoria se publicará, además, en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.
3.5. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen. La acreditación de dicho pago se realizará aportando justificante del ingreso o transferencia efectuado en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante, que se ha de unir a la solicitud de participación, deberá figurar, necesariamente, el número del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero de la persona aspirante. El importe de los derechos de examen será de 30 euros.
Tal cantidad deberá abonarse al Parlamento de Andalucía en la cuenta corriente del BBVA cuyos datos son los siguientes: código IBAN ES0401825566730016000072. El ingreso se hará, bien directamente en cualquiera de las sucursales del BBVA, bien por transferencia bancaria. Los gastos del ingreso o de la transferencia bancaria correrán por cuenta de la persona que lo realiza.
Quedarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%. La acreditación de dicha condición se realizará mediante original o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras administraciones públicas, que los participantes entregarán junto con su solicitud de participación.
b) Los miembros de las familias numerosas de categoría especial. Asimismo, los miembros de las familias numerosas de categoría general tendrán derecho a una bonificación del 50%. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título, certificado o carnet de familia numerosa.
c) Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo en la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que deberán acompañar a la solicitud de participación certificado expedido por las oficinas de los servicios públicos de empleo.
d) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges y sus hijos e hijas, que acreditarán esta condición mediante la correspondiente documentación expedida por el Ministerio del Interior, la cual se adjuntará a la solicitud.
e) Las víctimas de violencia de género y los hijos e hijas que dependan económicamente de ellas, que acreditarán esta condición mediante resolución judicial u orden de protección dictada a favor de la víctima, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección, o cualquier otra documentación acreditativa de tal condición de conformidad con la normativa vigente en la materia.
En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación, de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento de aquel determinará la exclusión de la persona aspirante.
Solo procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de examen en caso de no presentación de la solicitud o cuando se constate un abono de mayor cuantía a la exigida en las presentes bases. La exclusión definitiva del proceso selectivo de alguna persona aspirante o la no presentación a la realización de algunos de los ejercicios en que consiste la oposición no dará lugar a la devolución del abono de los derechos de examen.
3.6. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempos y/o medios para la realización de los ejercicios de la oposición en el apartado correspondiente de su solicitud. En este caso, se deberá aportar, junto a la solicitud, original o copia compulsada de dictamen técnico facultativo expedido por el órgano competente.
El tribunal calificador examinará y valorará las adaptaciones solicitadas y resolverá lo que en cada caso proceda.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página web del Parlamento de Andalucía.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el letrado mayor del Parlamento de Andalucía dictará resolución por la que se declararán aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, y las listas se publicarán en la página web del Parlamento de Andalucía y serán expuestas en el tablón de anuncios de la Cámara.
4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión en las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Transcurrido el plazo anterior, la Mesa del Parlamento de Andalucía dictará resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, que se expondrán en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía y se publicarán, además, en la página web de la Cámara.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones sobre exclusión u omisión en las listas provisionales planteadas por las personas interesadas en el procedimiento, y su publicación servirá de notificación a quienes las hayan presentado.
La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5. Tribunal calificador.
5.1. El órgano encargado de la selección de este proceso será el tribunal calificador, cuya composición es la que figura en el Anexo III de la convocatoria.
Corresponden al tribunal calificador las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de los ejercicios y a la calificación de los aspirantes, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas para el correcto desarrollo del proceso selectivo. El tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que surjan en la interpretación y aplicación de las normas contenidas en las bases de la presente convocatoria, y para determinar la actuación procedente en los casos no previstos.
El tribunal calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
5.2. No podrán formar parte del tribunal calificador aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo, escala y especialidad a los que pertenece la plaza objeto de esta convocatoria en los cinco años anteriores a su publicación.
Los miembros del tribunal calificador notificarán a la Mesa del Parlamento de Andalucía su abstención de intervenir cuando concurra en ellos alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal calificador cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo mencionado.
5.3. El tribunal calificador podrá proponer al letrado mayor el nombramiento de asesores que tengan especial conocimiento en las materias objeto de las pruebas, que actuarán con voz pero sin voto.
5.4. El letrado mayor podrá designar personal funcionario de carrera que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que le atribuya el tribunal. Este personal estará adscrito a dicho tribunal y ejercerá sus funciones de acuerdo con las instrucciones que este le curse al efecto.
5.5. Cada una de las organizaciones sindicales con representación en el Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía podrá proponer al letrado mayor el nombramiento de una persona que participe como observadora en el proceso de selección, que en ningún caso formará parte del tribunal calificador ni participará en sus deliberaciones ni en sus actuaciones internas. A estos efectos, las organizaciones sindicales antes aludidas designarán representante y suplente si así lo estiman oportuno. Dicha designación se realizará en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía de los listados definitivos de personas aspirantes admitidas y excluidas. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia a dicha representación.
5.6. Las personas que formen parte del tribunal calificador son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos.
5.7. En los casos de ausencia, enfermedad, abstención, recusación u otra causa que impida el ejercicio de sus funciones a los miembros titulares del tribunal, estos serán sustituidos por sus respectivos suplentes, sin perjuicio de que, cuando la causa legal o material que imposibilite el desempeño de sus funciones lo aconseje, la Mesa del Parlamento pueda nombrar a otra persona como miembro del tribunal calificador en sustitución de la persona afectada.
Mediante resolución motivada, podrá sustituirse a algún miembro del tribunal calificador en caso de que concurrieran circunstancias excepcionales que pudieran dificultar gravemente el desarrollo del proceso selectivo o retrasar desproporcionadamente su resolución.
5.8. Para la válida constitución del tribunal calificador a los efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos se requerirá la presencia de quienes ostenten la Presidencia y la Secretaría, o, en su caso, de sus suplentes. A dichas reuniones deberán asistir la mitad, al menos, de sus miembros.
5.9. El tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos de los miembros presentes. En caso de empate en las votaciones, el presidente o presidenta tendrá voto de calidad.
5.10. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del tribunal calificador que cualquier aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, aquel, previa audiencia de la persona interesada, resolverá de forma motivada lo que proceda.
5.11. El tribunal calificador ajustará su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.12. A efectos de comunicaciones y posibles incidencias, el tribunal calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Andalucía, calle San Juan de Ribera, s/n, Sevilla, 41009.
6. Desarrollo del proceso selectivo.
6.1. El sistema selectivo será el de oposición, que constará de los tres ejercicios que se indican a continuación, cada uno de los cuales tendrá carácter eliminatorio.
Las pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en el cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía, convocadas por acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 26 de junio de 2024 (Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía núm. 468, de 4 de julio de 2024), se celebrarán con carácter previo a las correspondientes a la presente convocatoria
6.2. Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 105 preguntas referido al temario que se incluye como Anexo I de la convocatoria. De ellas, las 100 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas, de reserva. De las 100 primeras, 25 estarán basadas en el bloque I (temas 1 al 25 del programa) y 75, en el bloque II (temas 26 a 70). De las cinco preguntas de reserva, dos corresponderán al bloque I y tres al bloque II.
El cuestionario de este ejercicio estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta. El tiempo para la realización del ejercicio será de dos horas.
Celebrado el ejercicio, si el tribunal decidiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el correspondiente acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su correspondiente orden, y de acuerdo con su distribución por bloques.
6.2.1. Cada acierto tendrá el valor de un punto y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La puntuación de cada aspirante vendrá determinada por la aplicación de la fórmula:
P = 0,5 x V x [A - (E/3)]
En la que V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas acertadas evaluables y E, el número de preguntas erróneas evaluables.
Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos.
6.2.2. El tribunal calificador queda facultado para determinar, con anterioridad a la identificación nominal de los aspirantes, la puntuación que es necesario obtener para aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 25. Se respetarán siempre los principios de mérito y capacidad.
6.2.3. Tras la realización del ejercicio, el tribunal calificador hará públicos en la página web del Parlamento el cuestionario de dicho ejercicio y la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio. Se considerarán desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de preguntas evaluables establecidas en el párrafo primero de este apartado, y a fin de garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, el tribunal calificador adaptará el valor asignado a cada acierto.
Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas. Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que aparezcan marcas o signos de identificación.
Tras ser acordada la plantilla definitiva, que se publicará en la página web del Parlamento, y corregido el ejercicio, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento la lista de personas aspirantes aprobadas, ordenadas alfabéticamente, con la puntuación obtenida.
Las plantillas, provisional y definitiva, no son recurribles de forma independiente a la publicación de la lista de personas aprobadas.
6.3. Segundo ejercicio. Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo máximo de tres horas, de dos temas para elegir entre cuatro extraídos al azar por el tribunal calificador, correspondientes al temario específico (temas 26 a 70) del citado programa de materias.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el tribunal, que podrá dirigirse a la persona aspirante al final de la lectura del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas con la exposición.
A estos efectos, con carácter previo a la celebración del segundo ejercicio de la oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del mencionado ejercicio por parte de las personas aspirantes. La actuación de los aspirantes será por orden alfabético del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra extraída al azar en dicho sorteo.
6.3.1. Este ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos. Para aprobar dicho ejercicio será necesario obtener una calificación mínima de 35 puntos.
6.3.2. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento la lista de aspirantes aprobados, ordenada alfabéticamente, con la puntuación obtenida.
6.4. Tercer ejercicio. Constará de tres partes, las cuales tendrán carácter eliminatorio.
Primera. Consistirá en la redacción en español de un resumen informativo de un texto en inglés o francés (a elegir por la persona opositora) con la ayuda de diccionarios. El idioma elegido deberá ser consignado en la solicitud en el subapartado «Idioma».
Segunda. Catalogación. Consistirá en la redacción por escrito de los asientos bibliográficos de tres documentos modernos y la redacción de un registro de autoridad.
El asiento bibliográfico constará de:
a) Catalogación de acuerdo con las nuevas instrucciones de catalogación RDA.
b) Descriptores o encabezamientos de materias, que se redactarán ajustándose a algunos de los tesauros o listas de encabezamientos existentes.
c) Consignación de todo lo anterior en formato MARC 21.
Los opositores podrán utilizar la traducción de la RDA o el perfil de la aplicación de RDA de la Biblioteca Nacional de España (última versión), listas de encabezamientos de materias o tesauros y los formatos MARC 21 de registros bibliográficos y de autoridad.
Los opositores trabajarán sobre fotocopias. Podrán consultar los originales en la mesa del tribunal.
Tercera. Consistirá en el desarrollo y resolución de un supuesto práctico, a elegir de entre dos propuestos por el tribunal, relacionado con el ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que se opta. Para la realización de este ejercicio el opositor/a podrá utilizar los recursos informativos y documentales que estime oportunos.
El tiempo máximo para la realización de este segundo ejercicio será de cuatro horas.
6.4.1. El ejercicio se valorará de 0 a 120 puntos. La primera parte se valorará de 0 a 20 puntos y será necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos para aprobarla. La segunda parte se valorará de 0 a 50 puntos y se puntuará cada uno de los tres asientos bibliográficos y el registro de autoridad de 0 a 12,5 puntos. Para superar esta segunda parte se deberá obtener una puntuación mínima de 25 puntos, y cada uno de los asientos bibliográficos y el registro de autoridad deberán ser calificados con un mínimo de 6,25 puntos. La tercera parte se calificará se 0 a 50 puntos y para aprobarla será necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos.
6.4.2. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento la lista de aspirantes aprobados, ordenada alfabéticamente, y la puntuación obtenida.
6.5. El lugar, fecha y hora de cada uno de los ejercicios se publicará en la página web y en el tablón de anuncios del Parlamento.
6.6. Contra las listas de personas aprobadas en cada uno de los ejercicios se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa de la Cámara, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la lista, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.7. Las personas opositoras serán convocadas para cada ejercicio mediante llamamiento único. Los derechos de quienes no comparezcan a su realización quedarán decaídos, con excepción de lo previsto en la base 10.
6.8. En cualquier momento el tribunal calificador podrá requerir de los opositores que acrediten su identidad.
7. Propuesta del tribunal calificador.
7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el tribunal calificador hará público en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y en el tablón de anuncios y en la página web de la Cámara el nombre de la persona que ha superado el proceso selectivo, que será, en su caso, la persona aspirante que, habiendo aprobado cada uno de los ejercicios, haya obtenido la mayor puntuación total, con las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la puntuación total, y la propondrá a la Mesa de la Cámara para su nombramiento como personal funcionario del cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio; en caso de persistir la igualdad, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio; si persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
7.2. Contra el acuerdo del tribunal por el que se haga público el nombre de la persona que haya superado el proceso selectivo se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa de la Cámara en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la lista, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. Presentación de documentos.
8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía del nombre de la persona aspirante que haya superado las pruebas selectivas, esta deberá presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero en vigor.
En el supuesto de descendientes de españoles o nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de su cónyuge, según lo recogido en la base 2.1.1, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con la que tengan dicho vínculo.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para participar en las pruebas selectivas.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, y no poseer la condición de personal funcionario del cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
En el caso de no poseer la nacionalidad española, la persona seleccionada aportará declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni estar o haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
8.2. Si la persona seleccionada tiene la condición de personal funcionario del Parlamento de Andalucía o está prestando servicios en el Parlamento de Andalucía, estará exenta de justificar las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.
8.3. Si la persona interesada, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación señalada anteriormente, o del examen de esta se dedujera que carece de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrá ser nombrada personal funcionario y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad por falsedad en que hubiese incurrido en la solicitud inicial de participación.
8.4. Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada, si la persona seleccionada renuncia o carece de los requisitos señalados en la base 2, la Mesa de la Cámara podrá requerir al tribunal calificador relación complementaria con la persona aspirante que siga a la persona propuesta para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
9. Nombramiento y toma de posesión.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa del Parlamento procederá al nombramiento de la persona seleccionada, si cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria, como personal funcionario en prácticas del Parlamento de Andalucía. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El nombramiento definitivo procederá, una vez concluido el periodo provisional, de conformidad con el artículo 8 del Estatuto del Personal del Parlamento de Andalucía.
9.2. En el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la persona interesada deberá tomar posesión de su plaza. Se entenderá que, si no toma posesión en el plazo señalado, renuncia a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición.
10. Embarazo de riesgo y parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas, siempre que tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables. Este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
11. Protección de datos.
Los datos personales aportados por las personas candidatas serán tratados por el Parlamento de Andalucía para gestionar el proceso selectivo, para lo que se incorporarán a la actividad de tratamiento relativa a la selección de personal y provisión de puestos de trabajo. Los candidatos podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, dirigiendo escrito al Parlamento de Andalucía, c/ San Juan de Ribera, s/n, 41009, Sevilla, o correo electrónico a la dirección dpd@parlamentodeandalucia.es.
Información adicional:
https://transparencia.parlamentodeandalucia.es/web/guest/inventario-de-actividades-de-tratamiento
12. Impugnaciones.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del tribunal calificador podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 18 de junio de 2025.- El letrado mayor, Manuel Carrasco Durán.
ANEXO I
PROGRAMA DE MATERIAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, EN EL CUERPO TÉCNICO, ESCALA DE TÉCNICOS, ESPECIALIDAD AYUDANTES DE BIBLIOTECA, DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVO, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
BLOQUE I
Tema. 1. La Constitución española de 1978. Características generales. Los valores superiores y los principios inspiradores. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías. Los deberes constitucionales.
Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. El Poder Ejecutivo. El Gobierno del Estado y la Administración General del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas.
Tema 3. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las comunidades autónomas. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. La Administración local: regulación constitucional.
Tema 4. La Unión Europea. Derecho originario. Los tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Instituciones y órganos de la Unión Europea. Competencias de la Unión Europea. El Derecho derivado.
Tema 5. La Comunidad Autónoma de Andalucía: antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: fundamento, estructura y contenido básico. Reforma del Estatuto. Organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Derechos sociales, deberes y políticas públicas en el Estatuto de Autonomía.
Tema 6. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (I). El Parlamento de Andalucía (I). Composición y elección: generalidades. Derechos de sufragio activo y pasivo. Prerrogativas de la Cámara. Especial referencia a la autonomía reglamentaria: el Reglamento del Parlamento de Andalucía. La legislatura y su prórroga. Constitución y disolución de la Cámara. Los periodos de sesiones y las sesiones extraordinarias. Las funciones parlamentarias: generalidades.
Tema 7. El Parlamento de Andalucía (II). El estatuto de los diputados. Adquisición, suspensión y pérdida de la condición de diputado o diputada. Derechos, deberes y prerrogativas. Los grupos parlamentarios: constitución y generalidades acerca de su participación en las actividades de la Cámara. El Grupo Parlamentario Mixto. El diputado o diputada no adscrito.
Tema 8. El Parlamento de Andalucía (III). Organización interna. La Presidencia. La Mesa del Parlamento de Andalucía. La Junta de Portavoces. Las comisiones. Los grupos de trabajo y ponencias de estudio. El Pleno. La Diputación Permanente.
Tema 9. El Parlamento de Andalucía (IV). Funcionamiento general. Calendario de trabajo. El orden del día. Los debates. El quórum. Las votaciones. El cómputo de los plazos. La caducidad anual de iniciativas parlamentarias. Los asuntos en trámite a la terminación del mandato parlamentario. La disciplina parlamentaria.
Tema 10. El Parlamento de Andalucía (V). El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa. El procedimiento legislativo común. Especialidades en el procedimiento legislativo.
Tema 11. El Parlamento de Andalucía (VI). La investidura del presidente o presidenta de la Junta de Andalucía. La cuestión de confianza. La moción de censura.
Tema 12. El Parlamento de Andalucía (VII). Autorización para la celebración de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas. Debate sobre el estado de la Comunidad y examen de las comunicaciones, programas y planes del Consejo de Gobierno. Iniciativas de orientación e impulso de la acción del Consejo de Gobierno: interpelaciones, mociones y proposiciones no de ley. Elecciones, nombramientos o propuestas que efectúa el Parlamento de Andalucía.
Tema 13. El Parlamento de Andalucía (VIII). Instrumentos de información y de control político del Ejecutivo. Las solicitudes de información y documentación. Las preguntas parlamentarias. Las comisiones de investigación. Sesiones informativas en Pleno y en Comisión. El derecho de petición de los ciudadanos.
Tema 14. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (II). El presidente o presidenta de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Poder Judicial en Andalucía. Otras instituciones de autogobierno: el Defensor del Pueblo Andaluz, el Consejo Consultivo, la Cámara de Cuentas, el Consejo Audiovisual de Andalucía y el Consejo Económico y Social. La Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción. Otros órganos de extracción parlamentaria.
Tema 15. Organización de la Administración de la Junta de Andalucía: principios de organización, actuación y atención ciudadana. Organización central y territorial de la Administración de la Junta de Andalucía. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tema 16. Fuentes del Derecho: clasificación. Jerarquía normativa. La ley: concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. Convalidación de decretos leyes y control de decretos legislativos. El Reglamento: concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: fundamento, titularidad y límites. Procedimiento de elaboración de los reglamentos.
Tema 17. La Administración pública. Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho: el principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración y sus límites. Los órganos administrativos: concepto y clases. La competencia administrativa. Delegación, sustitución, suplencia, avocación. Los principios de organización. Los conflictos de competencias entre órganos administrativos.
Tema 18. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. La forma de los actos administrativos: la motivación, la notificación y la publicación. La obligación de resolver. Régimen jurídico del silencio administrativo. Eficacia, validez y revisión de los actos administrativos.
Tema 19. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. Fases del procedimiento administrativo. Los recursos administrativos. Los derechos de las personas en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Abstención y recusación.
Tema 20. Los contratos de la Administración. Objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Clasificación de los contratos. El órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario o empresaria. Régimen de invalidez. Preparación de contratos por las Administraciones públicas. Adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación y extinción de los contratos. Las normas de contratación del Parlamento de Andalucía.
Tema 21. La autonomía administrativa del Parlamento de Andalucía. Reconocimiento y desarrollo normativo. La organización administrativa del Parlamento de Andalucía. Competencias de la Mesa y del letrado o letrada mayor en la materia. Las funciones de los distintos servicios del Parlamento.
Tema 22. Régimen jurídico del personal al servicio del Parlamento de Andalucía: normativa aplicable. El Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía: naturaleza. Clases de personal. Ingreso y cese. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones e incompatibilidades. Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Representación y participación. Régimen de previsión social del personal al servicio del Parlamento de Andalucía: generalidades.
Tema 23. La Hacienda pública en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Los principios presupuestarios y la estabilidad presupuestaria en la Constitución. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: concepto, contenido y estructura. La autonomía presupuestaria del Parlamento de Andalucía. El presupuesto del Parlamento de Andalucía: elaboración, aprobación, ejecución y control. Régimen presupuestario, contable y de control del gasto del Parlamento de Andalucía.
Tema 24. Normativa comunitaria, nacional y autonómica sobre igualdad de género. Criterios para evitar el uso sexista del lenguaje y su procedimiento de aplicación en los escritos y documentos oficiales de los órganos y servicios del Parlamento de Andalucía. Violencia de género. El Protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso en el Parlamento de Andalucía.
Tema 25. Protección de datos de carácter personal. Ámbito de aplicación. Definición. Agencia Española de Protección de Datos: órganos y competencias. Principios de protección. Derechos de los ciudadanos. Transparencia pública: normativa vigente, ámbito subjetivo de aplicación, publicidad activa. El derecho de acceso a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
BLOQUE II
Tema 26. Concepto de biblioteca. Tipología de bibliotecas: funciones y servicios.
Tema 27. El sistema español de bibliotecas. El sistema bibliotecario de Andalucía. La Biblioteca de Andalucía.
Tema 28. Las bibliotecas especializadas. Concepto, funciones y servicios. Situación en España y Andalucía. Red IDEA.
Tema 29. Las bibliotecas parlamentarias. Concepto, funciones y servicios. Situación en España. Sección de bibliotecas y servicios de investigación parlamentarios de la IFLA.
Tema 30. El Servicio de Biblioteca, Documentación y Archivo del Parlamento de Andalucía. Funciones y normativa.
Tema 31. Catalogación: principios y normas descriptivas. ISBD, reglas de catalogación, LRM y RDA.
Tema 32. El control de autoridades: principios generales y normalización. FRAD, FRSAD, VIAF y SKOS. Principales catálogos de autoridades en línea.
Tema 33. El formato MARC 21 de registros bibliográficos, de autoridad y de fondos.
Tema 34. Los servicios bibliotecarios presenciales y virtuales. La difusión bibliotecaria: herramientas y canales. Uso de redes sociales.
Tema 35. La biblioteca digital: desarrollo y mantenimiento. Proyectos españoles e internacionales. El libro electrónico y sus aplicaciones bibliotecarias. Las licencias digitales. Gestión de derechos digitales. DRM. Las revistas digitales.
Tema 36. El OPAC y las herramientas de descubrimiento. Diseños de OPAC para visibilizar la biblioteca. Usabilidad y accesibilidad.
Tema 37. Protocolos y lenguajes de búsqueda e intercambio de la información: Z3950, SRU/SRW, OpenURL, OAI-PMH.
Tema 38. Definición y objetivos de la bibliografía. Tipología y evolución histórica. Estado actual de la bibliografía.
Tema 39. La cooperación en los servicios de información. Cooperación en España y cooperación internacional: organismos, programas y proyectos. IFLA, CIA: programas estratégicos y actividades.
Tema 40. La normalización de la identificación bibliográfica. ISBN, ISSN, ISNI y otros números internacionales. El número de identificación de las publicaciones oficiales (NIPO). Identificadores permanentes en Internet. El depósito legal.
Tema 41. Concepto, evolución y principios de la archivística. Concepto de archivo. Funciones. Tipos de archivos. La organización de los archivos en España. El Sistema Andaluz de Archivos. El archivo parlamentario. El Archivo del Parlamento de Andalucía
Tema 42. Los sistemas de gestión documental en las organizaciones: modelos, políticas, aplicación de las normas internacionales y buenas prácticas. La gestión documental en el Parlamento de Andalucía.
Tema 43. El documento de archivo. Concepto, características y valores. Los principios de procedencia y respeto al orden natural de los documentos. Ciclo vital y continuidad de los documentos.
Tema 44. Las agrupaciones documentales de los archivos. Grupo de fondos, fondo, sección de fondo, serie documental, unidad archivística compuesta, expediente, unidad archivística simple y colección de documentos.
Tema 45. El documento electrónico. Definición, creación, características, acceso, uso, seguridad e intercambio. Identificación, autentificación y firma electrónica. El expediente electrónico.
Tema 46. La administración electrónica y la gestión documental: marco jurídico y afectaciones prácticas. El Esquema Nacional de Interoperabilidad. Normas técnicas y guías de aplicación.
Tema 47. Los ingresos de documentos en los archivos. Las transferencias.
Tema 48. Identificación de series y funciones. La clasificación de los fondos documentales. Los cuadros de clasificación. La ordenación de los documentos.
Tema 49. Valoración y selección de documentos: plazos de conservación, acceso y transferencia. Eliminación y expurgos. Órganos de valoración y selección documental.
Tema 50. La descripción archivística: concepto y objetivos. La descripción multinivel. Planificación de la descripción: instrumentos de descripción y consulta. Estado actual de las normas internacionales de descripción archivística. La Comisión de Normas Españolas de Descripción Archivística (CNEDA).
Tema 51. El edificio, los depósitos y otras instalaciones. Equipamientos y mobiliario del archivo. Medidas ambientales y de seguridad. Planes de contingencias y desastres. Las causas de alteración y destrucción de los documentos. La conservación y restauración.
Tema 52. Digitalización de documentos: técnicas, procedimientos y estándares. Directrices nacionales e internacionales. Digitalización certificada. La preservación digital.
Tema 53. Los fondos fotográficos y audiovisuales de los archivos. Soportes, técnicas y procedimientos de conservación e instalación.
Tema 54. El acceso a los documentos: cuestiones legales. Secretos oficiales. La difusión en los archivos. Las plataformas y portales de difusión de la información archivística.
Tema 55. La gestión de calidad en los archivos. Normas ISO, manuales de calidad y buenas prácticas para la gestión de documentos: conceptos, analogías y diferencias.
Tema 56. La documentación: concepto general. Clases de documentos. Documentos primarios y documentos secundarios.
Tema 57. Análisis documental de contenido. Indización y resumen. Indización automatizada.
Tema 58. La recuperación de la información. Herramientas de búsqueda y recuperación de la información en Internet. Motores de búsqueda. Técnicas avanzadas de recuperación documental. Internet profunda. Metabuscadores y gestores de enlaces.
Tema 59. Los lenguajes documentales. Los tesauros. Estructura, elaboración y función. Norma ISO 2788. El tesauro EUROVOC.
Tema 60. Las publicaciones periódicas científicas. Situación y evolución de las revistas científicas. La gestión de las publicaciones periódicas y seriadas. Las hemerotecas.
Tema 61. La industria de la información. Acceso y gestión de los recursos electrónicos. Repositorios institucionales. Las bases de datos. Principales bases de datos en ciencias sociales. Bases de datos jurídicas, económicas y estadísticas.
Tema 62. La información y documentación jurídica, política, administrativa y judicial: clases fuentes, contenido y acceso.
Tema 63. La información y documentación económica y estadística. Fuentes y recursos de información andaluces, españoles, europeos e internacionales.
Tema 64. La información y documentación parlamentarias. Publicaciones de los parlamentos. Las páginas web parlamentarias. Los servicios de información y documentación en los parlamentos. Red_Parlamenta.
Tema 65. La información y documentación de la Unión Europea. Documentación de la Comisión Europea. Documentación y publicaciones del Parlamento Europeo. La información y documentación y las publicaciones de organismos internacionales.
Tema 66. Los profesionales de las bibliotecas, centros de documentación y archivos. Ética y deontología. Perfiles profesionales. Situación en España, formación profesional y asociaciones profesionales.
Tema 67. La protección de datos personales. Normativa aplicable. La figura del delegado o delegada de protección de datos.
Tema 68. Parlamento abierto. Concepto y principios. El principio de publicidad como base de la actividad parlamentaria. Transparencia activa: normativa aplicable. Las páginas web parlamentarias. La página web y el portal de transparencia del Parlamento de Andalucía. La reutilización de la información en el sector público.
Tema 69. Concepto y régimen jurídico del patrimonio histórico. El patrimonio documental y bibliográfico.
Tema 70. La legislación en materia de propiedad intelectual y su incidencia en la gestión de los centros de información, límites de los derechos de autor y el dominio público.
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BOJA nº 123 de 30/06/2025