Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía para el ejercicio 2025.
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BDNS: 843028.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Deporte, para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la conservación-restauración de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Las entidades religiosas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, conforme al Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Registro de Entidades Religiosas que sean propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras sobre bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía.
En el caso de las circunscripciones territoriales de la Iglesia Católica, podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras aquellas acreditadas por el Registro de Entidades Religiosas que hayan notificado su personalidad jurídica, conforme a la Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas, que sean propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras sobre bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía.
Tercero. Objeto.
Las subvenciones tienen por objeto la realización de actuaciones en materia de conservación-restauración sobre bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por la Orden de 10 de junio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía (BOJA núm. 111, de 12 de junio de 2025).
Quinto. Cuantía.
1. La concesión de las subvenciones se financiará, con cargo a la partida presupuestaria de gasto 1900010000 G/45E/78302/00 01 2024000573, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 2.200.000 €, según el siguiente desglose por anualidades, estando limitadas, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes.
PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2025 | ANUALIDAD 2026 | TOTAL |
---|---|---|---|
1900010000 G/45E/78302/00 01 2024000573 | 1.100.000 | 1.100.000 | 2.200.000 |
2. El importe máximo de la subvención que se conceda a cada entidad beneficiaria será de 40.000 €, pudiendo financiarse el cien por cien del presupuesto aceptado del proyecto presentado.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y se contarán desde las 12:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta las 12:00 horas del último día de plazo.
Séptimo. Órganos competentes.
1. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones será la persona titular de la Secretaría General competente en materia de patrimonio cultural, por delegación de la persona titular de esta Consejería, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2025.
2. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Servicio competente en materia de conservación del patrimonio cultural, correspondiéndole la formulación de la propuesta provisional de resolución, la propuesta definitiva de resolución, así como cualquier otro trámite necesario con carácter previo a la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones.
Asimismo, al Servicio competente en materia de conservación del patrimonio cultural le corresponderá la tramitación del abono de las subvenciones y la comprobación de la documentación justificativa de las mismas.
Octavo. Tramitación de urgencia.
Se aplica a este procedimiento la tramitación de urgencia por la presencia de razones de interés público, ya que la financiación de la actividad subvencionada se ejecuta con cargo a créditos del autofinanciado correspondientes al ejercicio presupuestario de 2025, siendo por tanto necesario que el procedimiento de resolución de concesión de la subvención se desarrolle dentro de los plazos que se establezcan para la ejecución de las distintas fases presupuestarias.
Noveno. Otros datos.
El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás datos necesarios sobre la convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25687.html
Sevilla, 7 de julio de 2025.- La Consejera de Cultura y Deporte, P.D. (Orden de 10.6.2025, BOJA núm. 111, de 12.6.2025), la Secretaria General de Patrimonio Histórico y Documental, María del Mar Sánchez Estrella.
Descargar PDFBOJA nº 131 de 10/07/2025