Decreto 135/2025, de 30 de julio, por el que se crean y se suprimen escuelas infantiles en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su artículo 41.3 establece que la Administración educativa garantizará progresivamente la existencia de puestos escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda de las familias. Con esta finalidad, se crearán escuelas infantiles y se determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales, otras administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.
Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación de centros docentes públicos cuyos titulares sean las Corporaciones locales, se realizará por convenio entre éstas y la Administración educativa competente.
En cumplimiento de los citados preceptos, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y los Ayuntamientos de Ibros y Aldeaquemada (Jaén), Casares (Málaga) y Vícar (Almería) han suscrito Convenios de Cooperación para la creación de escuelas infantiles, para atender la demanda de escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en sus respectivos municipios.
Por su parte, el Ayuntamiento de Tomares (Sevilla) ha solicitado la supresión de una escuela infantil de su titularidad. Asimismo, en este decreto se contempla la supresión de una escuela infantil de Granada cuya titularidad ostenta la Junta de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, y en el artículo 8.1 del Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de julio de 2025,
DISPONGO
Primero. Crear las escuelas infantiles que se relacionan en el Anexo I, cuyas titularidades ostentan los Ayuntamientos de dichos municipios.
Segundo. Suprimir las escuelas infantiles que se relacionan en el Anexo II.
Tercero. Dar traslado del contenido del presente decreto al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. Ordenar la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de julio de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
ANEXO I
Creación de Escuelas Infantiles
Provincia: Almería.
Escuela infantil «Las Margaritas», código 04011867.
Localidad: Llanos de Vícar.
Municipio: Vícar.
Provincia: Jaén.
Escuela infantil «San Antonio», código 23009961.
Localidad: Ibros.
Municipio: Ibros.
Escuela infantil «Carlos III», código 23009936.
Localidad: Aldeaquemada.
Municipio: Aldeaquemada.
Provincia: Málaga.
Escuela infantil «Casares Costa», código 29020759.
Localidad: Casares Costa.
Municipio: Casares.
ANEXO II
Supresión de Escuelas Infantiles
Provincia: Granada.
Escuela infantil «El Príncipe», código 18010631.
Localidad: Granada.
Municipio: Granada.
Provincia: Sevilla.
Escuela infantil «Tomares», código 41015895.
Localidad: Tomares.
Municipio: Tomares.
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