Resolución de 29 de octubre de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios funcionario del Sector E3 Informática.
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Encontrándose vacantes en esta Universidad determinados puestos de trabajo de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios del Sector E3 Informática, y siendo necesaria su provisión, de conformidad con lo previsto en la legislación general de funcionarios (texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), en la legislación autonómica de desarrollo (Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública Andalucía) y en los Estatutos de la Universidad de Granada, (aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía), el Rector, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en el artículo 163 de los Estatutos de la Universidad de Granada, ha dispuesto anunciar la convocatoria de provisión de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I, por el procedimiento de concurso, con arreglo a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Requisitos y condiciones de participación.
1.1. Podrán participar en el presente concurso el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios funcionario de carrera del Sector E3 Informática al servicio de la Universidad de Granada, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la de suspensión firme, mientras dure la suspensión, siempre que reúna los requisitos establecidos en la vigente Relación de Puestos de Trabajo (en adelante RPT) del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Granada y el resto de los requisitos y condiciones de participación exigidos en esta convocatoria para cada puesto en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de incorporación en el puesto adjudicado.
1.2. El personal funcionario con destino definitivo en puestos obtenidos en convocatorias de provisión de puesto de trabajo anteriores, deberán permanecer en su puesto de trabajo un mínimo de dos años para poder participar en este concurso. Dicho plazo de dos años se contará para cada persona desde el día siguiente al de la publicación en BOJA de la resolución de adjudicación del concurso en el que obtuvo el puesto del que es titular a fecha de publicación de la presente convocatoria.
1.3. El personal funcionario de carrera en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrá participar si al término del plazo de presentación de solicitudes llevase más de un año en dicha situación.
1.4. No podrán participar en el presente concurso el personal externo a la Universidad de Granada, conforme a la limitación de incorporación establecida en el apartado 3.5 del «Plan de ordenación de los recursos humanos para el personal técnico de gestión y de administración y servicios 2024-2026 de la Universidad de Granada», aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada en su sesión ordinaria de fecha 22 de marzo de 2024 (publicado por Resolución de 8 de abril de 2024, en el BOJA núm. 70, de 11 de abril de 2024).
1.5. Están obligados a participar en este concurso:
a) El personal funcionario de carrera del Sector E3 de Informática de la Universidad de Granada que, cumpliendo los requisitos necesarios, ocupe provisionalmente uno de los puestos convocados y no sea titular de otro puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente.
b) El personal funcionario de carrera de otras administraciones que ocupe, en comisión de servicios, un puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente no podrá concursar mientras no haya transcurrido un año desde su incorporación, estando obligado a participar en el concurso, solicitando todos y cada uno de los puestos para los que cumpla los requisitos señalados en esta convocatoria y los establecidos en la RPT, cuando haya transcurrido más de un año desde aquélla, tomando como fecha de referencia el último día del plazo de presentación de solicitudes.
c) El personal funcionario de carrera del Sector E3 de Informática de la Universidad de Granada que ocupe provisionalmente un puesto de los establecidos en la RPT como de «Adecuaciones por motivos de salud», está obligado a solicitar todos y cada uno de los puestos ofertados, para los que, cumpliendo los requisitos señalados en esta convocatoria y los establecidos en la RPT, reúna la capacidad funcional para su desempeño. De esta obligación se excluyen los puestos que tengan una jornada de trabajo (JT) distinta a la del puesto del que se es titular.
2. Presentación de solicitudes.
2.1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA, las personas interesadas presentarán sus solicitudes a través de un procedimiento que se iniciará en la Oficina Virtual de la Universidad de Granada y finalizará en la Sede electrónica de la UGR.
2.2. Aquellas personas que soliciten puestos ofertados en esta convocatoria de los intervalos 2 y 3 (niveles de completo de destino 27, 26, 25 o 24, deberán adjuntar el correspondiente currículo profesional para la valoración de la parte específica del baremo (fichero en formato pdf con las especificaciones contempladas en el baremo).
Se presentará un único documento por nivel de intervalo (2 y/o 3) donde se hará una descripción de la trayectoria profesional con indicación de aquellas circunstancias que consideren más relevantes para hacerlas idóneas en el desempeño del puesto o puestos a los que se aspira, con las indicaciones y requerimientos establecidos en el baremo a que se refiere la base 4.1. Este currículo deberá ser expuesto y defendido en un acto público por la persona candidata en el que la Comisión de Valoración podrá efectuar las preguntas que considere necesarias para aclarar lo expuesto en el mismo.
2.3. Para la presentación de solicitudes de participación a través de la Oficina Virtual y la Sede electrónica deberán observarse de forma obligatoria las instrucciones que al efecto se dicten por el Gerente y que serán publicadas en la página web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, las cuales pasarán a formar parte de las bases de esta convocatoria.
2.4. Asimismo, y dentro del plazo de presentación de solicitudes, el personal funcionario de la Universidad de Granada que presente solicitud para participar en el presento concurso deberá actualizar su Expediente Personal de Formación (EPF), si no lo han hecho antes en la forma establecida en la Resolución de Gerencia de fecha 27 de enero de 2025, por la que se modifica y regulan aspectos relacionados con la gestión del Expediente Personal de Formación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios. La resolución sobre el EPF pueden consultarse en la siguiente dirección:
https://gerencia.ugr.es/rrhh-organizacion/areas/expediente-formacion/normativa
El EPF, en el que constan todos los datos relativos a titulaciones y formación que se tendrá en cuenta en el concurso, se puede consultar en «Área de Formación del PTGAS» a través de la Oficina Virtual de la Universidad de Granada.
2.5. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria.
2.6. Para poder solicitar aquellos puestos de trabajo para los que se establece en la RPT un perfil específico (idiomas, calidad, bibliométrica, etc.), los documentos que acrediten que se posee el correspondiente requisito de perfil deberán constar en el EPF el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.7. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes solo será admisible el desistimiento de la participación total en el concurso. El desistimiento podrá formularse en cualquier momento anterior a la publicación de las listas de adjudicación provisionales. Será planteado ante la Gerencia que lo comunicará a la Presidencia de la Comisión de Valoración para que la persona interesada no sea incluida en las listas de adjudicación provisional.
2.8. La lista de personas admitidas y excluidas a la participación del concurso, se publicará en la página web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, indicado la causa de exclusión y concediéndose un plazo de cinco días hábiles para presentar posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.
2.9. Finalizado el plazo establecido en el apartado anterior, se publicarán las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al concurso.
3. Comisión de Valoración.
3.1. La Comisión de Valoración de este concurso estará compuesta, conforme a lo dispuesto en el artículo 163.3 los Estatutos de la Universidad de Granada, por cinco miembros y sus respectivos suplentes. Su composición se establecerá por resolución del Rector junto a la lista de personas admitidas y excluidas a la que se refiere la base 2.8 de esta convocatoria. Tendrá carácter técnico y será la encargada de valorar los méritos, aptitudes y capacidades de las personas candidatas.
La Comisión estará formada por personas dotadas de la debida cualificación técnica, perteneciendo todos sus miembros a Cuerpos o Escalas del Grupo o Subgrupo igual o superior al exigido para los puestos convocados; responderá a los principios de profesionalidad y especialización de sus miembros y se adecuará al criterio de paridad entre mujeres y hombres, y su funcionamiento se ajustará a las reglas de imparcialidad, objetividad, confidencialidad de la información, transparencia y protección de datos personales.
3.2 La Comisión de Valoración tendrá la consideración de órgano colegiado de la Administración y, como tal, estará sometida a las normas contenidas en la normativa de régimen jurídico y procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas que resulte de aplicación.
3.3. Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de adjudicación de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.
3.4 Además, estarán presentes en las sesiones de la Comisión de Valoración, con voz, pero sin voto, las organizaciones sindicales que formen parte de la Mesa de Negociación del PTGAS de la Universidad de Granada, mediante la libre designación de una persona representante por cada una de ellas.
3.5. La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de personas expertas que en calidad de asesores actuarán con voz, pero sin voto.
4. Resolución del concurso y tomas de posesión.
4.1. Los puestos de trabajo ofertados se cubrirán, mediante el procedimiento de concurso y su valoración se realizará conforme al «baremo para la valoración de méritos, capacidades y aptitudes en los procesos de Provisión de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Granada», aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, de 21 de junio de 2024 (publicado en el BOUGR de 28 de junio de 2024), el cual se puede consultar en la siguiente dirección web:
https://gerencia.ugr.es/sites/webugr/gerencia/public/2024-06/Baremo%20definitivo.pdf
4.2. Para la valoración de la experiencia profesional a la que se refiere el apartado B.2 del Baremo, el tiempo de desempeño en los puestos de las áreas de Apoyo Gestión Unidades, Área de Proyectos, Previsión de Nuevas Necesidades y Área de Adecuaciones por Motivos de Salud, adscritos a la Unidad Administrativa de Gerencia, se considerarán prestados en el área funcional, en la Unidad Administrativa y en el puesto tipo de igual nivel de intervalo y destino que efectivamente esté desempeñado.
4.3. Una vez realizada la valoración, la Comisión publicará en la web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios el resultado con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes a la misma, así como la puntuación individual y desglosada que se haya obtenido.
Simultáneamente, a través de la Oficina Virtual, se publicará una ficha personal que desglosará las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del baremo. A partir del día siguiente a esta publicación se abrirá un plazo de tres días hábiles, para que las personas interesadas puedan reclamar ante dicha Comisión la corrección de errores materiales o de hecho que se hayan podido producir.
Estudiadas las reclamaciones, por la Comisión se hará público el resultado de estas mediante una nueva publicación corregida de los documentos especificados en los párrafos anteriores de este apartado, sin perjuicio de las resoluciones individuales que se deban realizar.
4.4. El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en los méritos, según el siguiente orden de prioridad: la valoración del desempeño de los puestos de trabajo relacionados con el puesto solicitado, la formación relacionada con el puesto de trabajo, el grado personal consolidado y la antigüedad. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como personal funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo correspondiente.
4.5. Finalizado este proceso la Comisión de Valoración elevará al Rector, como propuesta de adjudicación de puestos, el resultado del concurso a efectos de la resolución del mismo.
4.6. La publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la resolución del concurso pondrá fin al procedimiento y en ella figurarán los datos del personal funcionario y del puesto adjudicado; la publicación servirá de notificación a las personas interesadas.
4.7. En el plazo máximo de 10 días, tras la publicación a la que se refiere la base anterior, el Gerente, mediante resolución, fijará los días de cese y toma de posesión en los puestos adjudicados. Los efectos económicos y administrativos del nuevo puesto se producirán desde el mismo día de la toma de posesión. No obstante, la incorporación efectiva a los nuevos puestos podrá diferirse por la Gerencia en atención a las posibles necesidades de reorganización de efectivos derivadas del resultado del proceso, y en atención a las necesidades del servicio de las unidades administrativas afectas.
4.8. En todo caso, el día de toma de posesión en el nuevo puesto adjudicado será el del día siguiente al del cese del puesto del que se procede, salvo que suponga cambio de residencia a un campus distinto (Ceuta, Granada y Melilla), o por otras causas apreciadas por la Gerencia, en cuyo caso, el Gerente, mediante resolución, decidirá sobre estas fechas.
4.9. Si la toma de posesión comporta el reingreso al servicio activo, la toma de posesión deberá realizarse en la fecha de concesión de dicho reingreso.
5. Norma final.
5.1. La interpretación de las presentes bases y la resolución de las incidencias que se planteen en ocasión de la aplicación de estas corresponderá a la Comisión de Valoración.
5.2 Cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en los casos y formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.3. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, según disponen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2.10.2015), o recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Granada, 29 de octubre de 2025.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
ANEXO I
Puestos de trabajo ofertados Sector E3 Informática
| ID PUESTO | NOMBRE PUESTO | JT | UNIDAD |
|---|---|---|---|
| 3327 | Informático/a Jefe/a Sección | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3348 | Informático/a Jefe/a Sección | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3353 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3380 | Informático/a Jefe/a Servicio | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3389 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3399 | Informático/a Jefe/a Sección | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3403 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3410 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3411 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3412 | Informático/a R.Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3416 | Informático/a Jefe/a Sección | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3420 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3421 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3430 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3434 | Informático/a Jefe/a Servicio | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3439 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3447 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3471 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3477 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 3478 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 4202 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 4670 | Informático/a R. Área | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 4242 | Informático/a Técnico Medio | M | CENTRO DE SERVICIOS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIÓN |
| 2078 | Técnico/a Especialista Aulas Informática | M | FACULTAD DE BELLAS ARTES |
| 2704 | Técnico/a Especialista Aulas Informática | M | FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS |
BOJA nº 213 de 05/11/2025