Orden de 28 de octubre de 2025, por la que se aprueba la modificación del formulario relativo al procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
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El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, que introduce medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, regula en el Capítulo II del Título XI el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía, estableciendo la obligación de utilizar un modelo normalizado de solicitud para su tramitación, que se incorpora como anexo en la citada norma.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 155 del citado decreto-ley, la persona titular de la Consejería competente en materia de dependencia puede establecer, mediante orden, los supuestos de tramitación preferente en el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Posteriormente, la Orden de 28 de agosto de 2025, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, ha establecido determinados supuestos de tramitación preferente en relación con dicho procedimiento, lo que hace necesaria la adaptación del modelo normalizado de solicitud vigente para incorporar esos supuestos y adecuar su contenido a la regulación actual.
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración Electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 12 los requisitos que han de cumplir los formularios establecidos por la Administración de la Junta de Andalucía para la realización de trámites, debiendo estar normalizados e inscritos en el Registro de Procedimientos y Servicios por el órgano responsable de su mantenimiento.
Sobre esta base, la Secretaría General para la Administración Pública aprobó, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2020, la Guía de Normalización e Inscripción de Formularios de la Junta de Andalucía, en la que se recoge tanto el proceso a seguir para la normalización e inscripción de los formularios como las características técnicas, de diseño y funcionales a las que han de ajustarse los mismos conforme a lo dispuesto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
Para el cumplimiento de lo establecido en las normas expuestas, es necesario proceder a la adaptación y adecuación a la normativa en vigor del formulario que consta como anexo en el citado Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, de acuerdo con los requisitos y características técnicas, de diseño y funcionales previstos.
La modificación y normalización del formulario se ha realizado de acuerdo con la citada Guía de Normalización e Inscripción de Formularios de la Junta de Andalucía, que establece la necesidad, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de los formularios que tengan carácter obligatorio.
Asimismo, la disposición final octava del citado Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, faculta a la persona titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para modificar, mediante orden, que habrá de publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los anexos a su Título XI.
De conformidad con lo establecido en la citada normativa y en uso de las atribuciones que me otorga el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Primero. La aprobación de la modificación del formulario de solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía, anexo a esta orden.
Asimismo, el citado formulario, correspondiente al procedimiento inscrito en el Registro de Procedimientos y Servicios con el código 2454, se podrá obtener a través del siguiente enlace en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/2454.html
Segundo. Eficacia.
Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de octubre de 2025
| MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO | |
| Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad |
BOJA nº 213 de 05/11/2025