Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 7 de 30/04/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Acuerdo de 30 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se amplían los plazos en los procedimientos administrativos tramitados por la Administración de la Junta de Andalucía.

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El día 28 de abril de 2025 se produjo una interrupción generalizada de suministro eléctrico en todo el territorio peninsular afectando gravemente al funcionamiento de los servicios públicos y a los sistemas utilizados en la tramitación de los procedimientos administrativos.

Ha resultado por tanto imposible el ejercicio de los derechos de los ciudadanos en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los cuales no pudieron relacionarse electrónicamente con la Administración ni tampoco pudieron presentar solicitudes o documentos de forma presencial en la red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Junta de Andalucía, ni en ningún otro de los puntos establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la referida ley.

En tal sentido, el artículo 32.5 de dicha ley permite que, cuando se hayan visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, la Administración podrá acordar la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos.

Esta ampliación atendiendo a la afección generalizada a los servicios electrónicos debe acordarse respecto de todos los procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Andalucía y todos los plazos administrativos, dado que no solo afectó a los plazos que vencían el día 28, sino a todos los plazos de que disponen las unidades administrativas y los interesados para llevar a cabo los correspondientes trámites. Asimismo, durante el día 29 ha habido diversas incidencias relacionadas con la identificación mediante certificados electrónicos y las diversas plataformas de tramitación, lo que hace aconsejable que la ampliación abarque tres días hábiles.

Asimismo, para mayor seguridad jurídica de los obligados tributarios se especifica de forma expresa que la ampliación de plazos también es de aplicación a todos los procedimientos tributarios, iniciados de oficio o a instancia del interesado, incluidos los de presentación de autoliquidaciones correspondientes a hechos imponibles cuya gestión corresponda a la Comunidad Autónoma de Andalucía, garantizando, de este modo, el correcto ejercicio de los derechos de todos los contribuyentes previstos en la normativa tributaria.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta conjunta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de abril de 2025,

ACUERDA

Primero. Acordar la ampliación general de tres días hábiles, respectivamente, de los plazos en todos los procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Andalucía, incluidos los de naturaleza tributaria, cuyos vencimientos hubieran sido los días 28 y 29 de abril.

Segundo. Acordar igualmente la ampliación por el mismo periodo de tres días hábiles de aquellos plazos establecidos por días, en cuyo cómputo estuvieran comprendidos los días 28 y 29 de abril de 2025.

Tercero. Lo establecido en el presente acuerdo no afectará al cómputo de los plazos fijados por meses o años salvo aquellos supuestos en los que el vencimiento de los mismos se haya producido los días 28 o 29 de abril, en los términos establecidos en el acuerdo primero.

Cuarto. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía.

Quinto. El presente acuerdo surtirá efectos el mismo día de su adopción.

Sevilla, 30 de abril de 2025

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social 
y Simplificación Administrativa
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  1. Disposiciones generales