Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Otura (Granada), gestionada por la Empresa Municipal de Abastecimiento y Saneamiento de Granada, S.A. (EMASAGRA). (PP. 545/2025).
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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones con las Corporaciones Locales en fecha 6 de marzo de 2025, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
RESUELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Otura (Granada), que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El resto de previsiones de la Ordenanza omitidas en la relación siguiente, que por su naturaleza jurídica no se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación el Decreto 365/2009, se regirán por lo dispuesto en la citada Ordenanza municipal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de abastecimiento de agua en el municipio.
TARIFAS AUTORIZADAS
(IVA EXCLUIDO)
1. Cuota fija.
Uso doméstico y benéfico | |
---|---|
Contadores de <= 25 mm | 2,2867 €/mes |
Contadores de > 25 mm a 50 mm | 6,6093 €/mes |
Contadores de > 50 mm | 12,9151 €/mes |
Uso industrial, obras, comercial y oficial | |
---|---|
Contadores de <= 25 mm | 12,3752 €/mes |
Contadores de > 25 mm a 50 mm | 17,8093 €/mes |
Contadores de > 50 mm | 38,5396 €/mes |
2. Cuota variable.
A) Uso doméstico.
Bloque I | Hasta 2 m³/mes | 0,3732 €/m³ |
Bloque II | Más de 2 m³/mes hasta 10 m³/mes | 0,6063 €/m³ |
Bloque III | Más de 10 m³/mes hasta 18 m³/mes | 1,3957 €/m³ |
Bloque IV | Más de 18 m³/mes | 1,9414 €/m³ |
B) Uso industrial, comercial, oficial o benéfico.
Industrial | Bloque único | 1,4098 €/m³ |
Comercial | Bloque único | 1,0810 €/m³ |
Oficial | Bloque único | 0,5392 €/m³ |
Benéfico | Bloque único | 0,0785 €/m³ |
3. Cuota de contratación.
CALIBRE DEL CONTADOR |
USO DOMÉSTICO | USO INDUSTRIAL | USO COMERCIAL | USO BENÉFICO | USO OFICIALES |
---|---|---|---|---|---|
Hasta 15 mm | 67,8124 € | 140,3454 € | 105,9314 € | 1,8985 € | 31,1644 € |
20 mm | 93,0549 € | 165,5881 € | 131,1741 € | 27,1410 € | 56,4071 € |
25 mm | 111,0852 € | 183,6186 € | 149,2046 € | 45,1714 € | 74,4376 € |
30 mm | 129,1156 € | 201,6491 € | 167,2351 € | 63,2018 € | 92,4681 € |
40 mm | 165,1763 € | 237,7101 € | 203,2961 € | 99,2625 € | 128,5291 € |
50 mm | 201,2370 € | 273,7711 € | 239,3571 € | 135,3232 € | 164,5901 € |
65 mm | 255,3281 € | 327,8626 € | 293,4486 € | 189,4143 € | 218,6816 € |
80 mm | 309,4192 € | 381,9541 € | 347,5401 € | 243,5054 € | 272,7731 € |
100 mm | 381,5407 € | 454,0761 € | 419,6621 € | 315,6268 € | 344,8951 € |
150 mm | 561,8443 € | 634,3811 € | 599,9671 € | 495,9305 € | 525,2001 € |
4. Cuota por derechos de reconexión.
USOS DOMÉSTICO, INDUSTRIAL Y COMERCIAL | |
---|---|
USO BENÉFICO | |
USO OFICIAL | |
Hasta 15 mm | 67,8124 € |
De 20 mm en adelante | 93,0549 € |
Hasta 15 mm | 1,8985 € |
De 20 mm en adelante | 27,1410 € |
Hasta 15 mm | 31,1644 € |
De 20 mm en adelante | 56,4071 € |
5. Fianzas.
FIANZA | |
---|---|
Hasta 15 mm | 28,83 € |
20 mm | 52,10 € |
25 mm | 81,75 € |
30 mm | 116,28 € |
40 mm | 200,96 € |
50 mm | 276,81 € |
más de 50 mm | 276,81 € |
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente por la Entidad a los usuarios del servicio, hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de marzo de 2025.- La Dirección General, P.D. (Orden de 25.2.2025), el Secretario General de Hacienda, Manuel Vázquez Martín.
Descargar PDFBOJA nº 65 de 04/04/2025