Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 09/04/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 24 de marzo de 2025, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un conjunto de bienes muebles de carácter artístico.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00318593.

Don José Luis Nogales Baena, en su propio nombre, ha ofertado la donación de un conjunto de bienes muebles de carácter artístico, relacionado en anexo. Los mencionados bienes se consideran de interés para el Museo de Bellas Artes de Sevilla por incorporar distintas obras representativas del pintor José Baena Márquez (Sevilla, 1910-1949), dedicadas al mundo de la ilustración para prensa y publicidad en el panorama local sevillano de mediados del siglo XX, documentando de esta manera estas actividades en las colecciones del Museo.

El Museo de Bellas Artes de Sevilla, museo de titularidad estatal cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante el Real Decreto 864/1984, de 19 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura, informa sobre el interés del conjunto ofertado, siendo de igual modo informada favorablemente la idoneidad del mencionado conjunto para el citado Museo por la Comisión Técnica del Museo de Bellas Artes de Sevilla y el Servicio de Museos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. El Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, determina en su artículo 1.1 que corresponde a la Consejería la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura y deporte, disponiendo el artículo 9 la competencia concreta de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales en esta materia.

Segundo. La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por su parte, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte, la competencia para aceptar estas donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.

Tercero. Los apartados 1 y 2 del artículo 101 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 19/1995, de 7 de febrero, establecen que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía se dirigirán por escrito a la Consejería de Cultura y Deporte, describiendo los bienes objeto de donación y aportando cuantos datos se estimen pertinentes. La Consejería de Cultura y Deporte, una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.

Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en su artículo 42.1 que forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.

Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por el Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, los museos de titularidad estatal admitirán, conforme a su capacidad de custodia y con la prioridad que a continuación se señala, el depósito de las siguientes categorías de bienes: c) Bienes pertenecientes a la Comunidad Autónoma gestora del Museo que ésta decida ingresar.

Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud de don José Luis Nogales Baena, en su propio nombre y haciendo constar que el conjunto que se ofrece en donación es de su titularidad, cumpliéndose lo previsto en el párrafo tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, acreditado el valor cultural que presenta el conjunto que se dona y que por ello acrecentará el Patrimonio Histórico de Andalucía mediante su ingreso en el Museo de Bellas Artes de Sevilla y, por ende, su incorporación a la Colección Museística de Andalucía, y a propuesta de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación de un conjunto de bienes muebles de carácter artístico ofertado por don José Luis Nogales Baena, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyas características se relacionan en el anexo.

Segundo. Adscribir y depositar el conjunto relacionado en el anexo en el Museo de Bellas Artes de Sevilla.

Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Museo del Museo de Bellas Artes de Sevilla, se levante acta de recepción definitiva, mencionando la presente orden de aceptación de la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de marzo de 2025

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

ANEXO

Autor Descripción Técnica y medidas
José Baena Márquez Cuaderno de dibujos del artista Cuaderno de dibujos sobre papel, 21 x 29,7 cm
José Baena Márquez Flamenca con traje rojo con lunares negros Acuarela sobre papel. 23 x 16,5 cm
José Baena Márquez Flamenca con traje rojo con lunares blancos Acuarela sobre papel. 23 x 16,5 cm
José Baena Márquez Flamenca con traje blanco Técnica mixta sobre papel. 23 x 16,5 cm
José Baena Márquez Flamenca con traje amarillo y guitarrista Acuarela sobre papel. 22 x 16,5 cm
José Baena Márquez Dibujo publicitario «PALMA QUINA» Tinta sobre papel. 21 x 29,7 cm
José Baena Márquez Bailarina Josephine Baker Acuarela sobre cartón. 21 x 14 cm
José Baena Márquez Conjunto de doce dibujos con escenas taurinas Lápiz y tinta sobre papel. Medidas diversas
José Baena Márquez Conjunto de siete dibujos con escenas taurinas Lápiz y tinta sobre papel. Medidas diversas
Miguel Ángel del Pino Cartel de la Feria y Semana Santa de Sevilla, 1923 Papel, 49 x 34 cm
José Baena Márquez Cartel de la Feria Exposición Ganado Selecto, Sevilla. 1945 Papel, 59 x 42 cm
José Baena Márquez Boceto para portada de la Revista Ilustrada Franciscana Lápiz sobre papel. 29 x 21 cm
- Fotografía «Acto íntimo celebrado el 1.º de septiembre de 1945 en honor del pintor J. Baena Márquez» Fotografía, 21 x 29 cm
José Baena Márquez Diseño de portada del Reglamento Feria Exposición de Ganado de 1946 Papel, 21 x 14 cm
José Baena Márquez Diseño del Programa de mano de Semana Santa de 1943 Papel, 21 x 14 cm
José Baena Márquez Escena de fútbol Tinta sobre papel, 11,5 x 17 cm
José Baena Márquez Cabeza de mujer Tempera sobre cartón, 21 x 14 cm
José Baena Márquez Escena de rejoneo Lápiz y tinta sobre papel, 42 x 29,7 cm
José Baena Márquez Escena de baile flamenco y guitarrista Lápiz y tinta sobre papel, 21 x 29,7 cm
José Baena Márquez Boceto anuncio publicitario «COÑAC» Lápiz sobre papel, 21 x 14 cm

Descargar PDF