Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 19/05/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Andalucía Exterior

Extracto de la Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para el año 2025.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00320488.

BDNS (Identif.): 828346.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el presente BOJA (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/).

Primero. Se convocan para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican:

POSICIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN IMPORTE
1600.01.0000-G/82 A/487.02 A familias e instituciones sin fines de lucro. Asistencia Comunidades Andaluzas 100.000 euros

Segundo. Beneficiarios.

Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera de territorio español.

Tercero. Objeto.

Mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, residentes en países extranjeros. Dichas personas han de ostentar o estar en disposición de obtener la nacionalidad española y la condición política de andaluz o andaluza, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021 (BOJA núm. 109, de 9 de junio de 2021), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.

Quinto. Cuantía.

La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van dirigidas las ayudas, ampliable en los términos establecidos en la orden de convocatoria. La cuantía máxima subvencionada será de 40.000 euros por solicitud.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en la orden de convocatoria.

Séptimo. Plazo resolución.

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, según lo establecido en el apartado 16 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

Octavo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

El Consejero de Turismo y Andalucía Exterior

Descargar PDF