Anuncio de 15 de mayo de 2025, del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público del 2025, y de la provisión del puesto y bases de convocatoria de las pruebas selectivas de la plaza de Jefe/a de Área de Sistemas.
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En sesión ordinaria del Consejo de Administración del 14 de mayo de 2025, se ha aprobado por los presentes en el punto octavo de su orden del día:
«Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público para 2025 del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, compuesta por la siguiente plaza:
Oferta de Empleo Público 2025 | |
---|---|
DENOMINACIÓN PLAZA | DOTADA/VACANTE |
JEFE/A ÁREA DE SISTEMAS | 1/1 |
Segundo. Publicar la Oferta de Empleo Público aprobada en el BOJA, de conformidad con lo estipulado en el artículo 70.2 de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público.
Tercero. Aprobar las bases que han de regir la convocatoria y las pruebas de selección para el puesto con denominación Jefe/a Área de Sistemas, Grupo I y II, con carácter laboral fijo, con destino al Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, que se acompaña como anexo.
Cuarto. Publicar la provisión de este puesto del Consorcio, así como las bases referidas en el Boletín Oficial correspondiente, de conformidad con lo estipulado en el artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Quinto. Autorizar a la Gerencia a realizar todas las actuaciones necesarias, así como a dictar cuantas resoluciones requiera la convocatoria, para poder llevar a cabo el procedimiento de selección de dicho puesto de trabajo.
Sexto. Autorizar a la Gerencia a la firma del contrato de trabajo con el trabajador o trabajadora seleccionado cuando finalice el proceso, conforme a los modelos normalizados.»
Cádiz, 15 de mayo de 2025.- La Directora Gerente, Concepción Parra Sesé.
ANEXO
BASES QUE DEBEN REGIR EL PROCESO SELECTIVO AL PUESTO DE JEFE/A ÁREA DE SISTEMAS DEL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE LA BAHÍA DE CÁDIZ
Primera. Normas generales.
1. Se convoca concurso para acceso a la condición de personal laboral de carácter fijo, con la denominación de Jefe/a de Sistemas, Grupo I y II, que se detalla en el Anexo I, con destino al Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz (en adelante CMTBC).
Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fija e indefinida en los Consorcios de Transporte de Andalucía, las Administraciones que forman parte del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, así como del Sector Público Andaluz (personal contemplado en las letras a), b) y c) del artículo 12.1 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año.
Las Administraciones que forman parte del CMTBC son: La Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Cádiz; Ayuntamientos de Cádiz, San Fernando, Chiclana de la Frontera, Puerto Real, EL Puerto de Santa María, Rota y Jerez de la Frontera.
A tales efectos, se entenderán alegados y acreditados los requisitos exigidos en el Anexo I que consten inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía o de los Registros de personal de cualquiera de las entidades que forman parte del Sector Público Andaluz y de las Administraciones que forman parte del CMTBC, para lo cual deberá aportar la hoja de acreditación de datos. En los demás supuestos, dichos requisitos se alegarán y acreditarán, en su caso, mediante la documentación aportada junto con el Anexo III.
Con carácter general, para poder participar se deberá contar con cuatro años de servicio activo como personal funcionario o laboral de cualquiera de las Administraciones socias del CMTBC y/o en el Sector Público Andaluz, con independencia de que los servicios hayan sido prestados en uno o más Cuerpos o Grupos, y encontrarse en situación de servicio activo durante todo el proceso de la convocatoria.
Los requisitos de participación exigidos, deberán mantenerse a lo largo del proceso de la convocatoria del puesto ofertado y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.
3. Esta convocatoria se somete a lo establecido en materia de selección de personal laboral en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, a la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
4. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la web del CMTBC, así como en el tablón de anuncios del mismo.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma.
2. Los requisitos exigidos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional convocada son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, podrá participar siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad a que se refiere el artículo 205.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social en relación con la disposición transitoria séptima de la misma norma.
c) Deberá acreditarse estar en posesión de la titulación académica que se detalla:
Grupo I: Ingeniería Superior en Informática, Licenciatura o Grado equivalente y Master.
Grupo II: Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas o Ingeniería Técnica en Informática de Gestión, Diplomatura o Grado equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará por las personas aspirantes que sean propuestas como seleccionadas conforme a lo indicado en el apartado 6.b) de la base séptima.
e) Estar en posesión del permiso de conducción clase B o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlo cuando en el plazo de presentación de solicitudes se hayan superado todas y cada una de las pruebas que permitan la adquisición del citado permiso.
f) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada categoría profesional a que se aspira, de acuerdo con lo establecido en la base tercera.
Tercera. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo oficial publicado como Anexo II de solicitud de las bases.
Junto a la solicitud habrá que aportar fotocopia DNI, hoja de acreditación de datos expedida por la Administración de la que proceda y/o certificación expedida a tal efecto, Curriculum Vitae en el que se hará constar el número de registro personal, cuerpo o grupo de pertenencia, grado personal consolidado en su caso, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite. No se valorará aquella experiencia que no tenga relación con el puesto y las funciones propias del mismo.
Los méritos alegados podrán ser justificados con la hoja de acreditación de datos y/o mediante la presentación de fotocopias debidamente compulsadas y/o certificación expedida a tal efecto.
2. Los aspirantes deberán, asimismo, presentar la baremación de sus méritos conforme al baremo contenido en la base séptima, cumplimentando al efecto el Anexo III que acompaña a estas bases. Esta autobaremación vinculará a la Comisión de Selección en el sentido de que la misma sólo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por los mismos en cada uno de los apartados del baremo de méritos.
3. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados y autobaremados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes y acreditados documentalmente, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.
4. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en el Anexo I para ocupar el puesto a que se aspira, los cuales en todo caso, deberán cumplir las personas solicitantes.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular que ostente la Presidencia del CMTBC.
6. La presentación de las solicitudes se realizará del siguiente modo:
Las solicitudes junto con la documentación justificativa de los méritos alegados se presentarán de manera conjunta. La tasa por derechos de examen, por importe de 29,49 €, se hará efectiva mediante su ingreso en la c/c ES74-2100-8688-7102-0013-0012, abierta a nombre del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz.
La presentación de las solicitudes, se acompañará del resguardo bancario acreditativo del pago del derecho de examen, en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde realice el ingreso, y la fecha del mismo. La presentación de las solicitudes podrá realizarse:
- En el Registro General del CMTBC, situado en la sede social en el Edificio Glorieta planta 5, módulo 3 y 4 en Cádiz.
- Mediante presentación electrónica en la dirección https://juntadeandalucia.es/servicios.html apartado presentación electrónica general, indicando como destinario a:
- Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía.
- Órgano/Agencia/etc.: Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes que se presenten a través de oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse en el plazo expresado anteriormente a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán al CMTBC.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de declaración responsable suscrita por el candidato/a del cumplimiento de los requisitos exigidos de participación.
La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de las bases que rigen la convocatoria por parte de la persona solicitante.
7. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo, tras el periodo de entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas, será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud mediante original o fotocopia compulsada de la solicitud presentada en la que conste el sello de entrada o recepción oficial del Registro en que se hubiere presentado.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Gerencia del CMTBC por delegación del Consejo de Administración, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en la web del Consorcio, y las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos.
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la Gerencia del CMTBC, por delegación del Consejo de Administración, dictará resolución que se publicará en la web del consorcio declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en los lugares establecidos.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.
4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación, ante el Consejo de Administración del CMTBC, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Quinta. Comisión de Selección.
1. Se constituirá una Comisión de Selección, a la que le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el transcurso del mismo, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
Asimismo, corresponderá a la Comisión de Selección adoptar las medidas oportunas que permitan a la persona aspirante con discapacidad, que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
2. La pertenencia a una Comisión de Selección será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Las personas que formen parte de una Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Presidencia, cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia de una Comisión de Selección deberá exigir, a quienes compongan la misma, declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en el anteriormente citado artículo 23.
Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Las personas que formen parte de la Comisión de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración del proceso selectivo.
3. Para la válida constitución de la Comisión de Selección a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
4. A efectos de comunicaciones y posibles incidencias, la Comisión de Selección tendrán su sede en la sede social del CMTBC en Cádiz.
5. La Comisión de Selección podrán requerir en cualquier momento a las personas aspirantes para que acrediten su personalidad.
6. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento de la Comisión de Selección, que alguna de las personas aspirantes no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, pondrá en conocimiento de la persona titular de la Gerencia del CMTBC dicha circunstancia, para que ésta, previa audiencia de la persona interesada, resuelva.
7. Las Comisiones de Selección no podrán declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas.
8. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, las Comisiones de Selección del presente proceso selectivo quedan clasificadas en la categoría E.
9. La comisión de selección, estará integrada por el mismo número de titulares y suplentes, designados por resolución de la Gerencia, estará constituido de la siguiente forma:
- La persona que ostente las competencias de la Dirección Gerencia del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz y como suplente de ésta, la persona que ostente las competencias de la Jefatura del Área de Calidad y Atención al Usuario.
- La persona que ostente las competencias de la Dirección de Servicios Generales del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz y como suplente de ésta a la persona que ostente las competencias de la Jefatura del Servicio de Personal y Administración General de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz.
- La persona que ostente las competencias de la Secretaría General de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y como suplente de ésta a la persona que ostente las competencias de la Jefatura de Sección de Autorizaciones y Concesiones del Servicio de Transportes de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz.
- La persona que ostente las competencias de la Dirección Técnica del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz y como suplente de ésta, la persona que ostente las competencias del puesto de Técnico Económico/Financiero.
Igualmente asistirá al comité calificador en calidad de Asesor, con voz, pero sin voto, la Secretaría General del Consorcio, la cual ejercerá las funciones de secretaria de la Comisión de Selección.
Las actas de las sesiones de los Tribunales serán firmadas por el Secretario y el Presidente del Tribunal.
Las comunicaciones con las candidaturas serán por escrito y acuse de recibo, mediante la dirección de correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.
Sexta. Fases del proceso de selección.
6.1. Preselección.
Esta fase se realizará por la Secretaría General del Consorcio y en ella se practicarán las siguientes actuaciones:
- Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas. Esta certificación se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes.
- Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en la convocatoria, con arreglo a los puntos de la base primera y segunda, salvo las establecidas en la base séptima, que serán comprobadas por la Comisión de Selección.
- Redacción del informe de preselección, al que se adjuntará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria por las candidaturas preseleccionadas y de los méritos alegados.
- Remisión al comité calificador del informe de preselección y de la documentación derivada de la misma en el término de diez días hábiles desde la finalización del plazo de recepción de candidaturas.
6.2. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
Constará en dos fases, siendo la primera de carácter eliminatorio:
- Primera fase: Baremación.
Consistirá en la valoración por la Comisión de Selección, hasta un máximo de 100 puntos, con redondeo a dos decimales, conforme al baremo que se detalla en la base séptima, de los méritos que acrediten los/las aspirantes, referidos al último día del plazo para la presentación de instancias.
El comité calificador, en cualquier momento del proceso, podrá contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados y aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración
En este baremo se asignará a la experiencia, formación y títulos académicos el 60% de la puntuación total que pueda obtenerse, y el 40% restante serán asignados en la entrevista personal de competencias.
Para que una candidatura pueda ser valorada en la entrevista de competencias, deberá obtener en los méritos académicos y profesionales, en base a la documentación presentada al menos, el 60% de la puntuación asignada al mismo en el baremo, es decir, 36 puntos.
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización de la fase anterior la Comisión de Selección llevará a cabo la entrevista personal con las candidaturas que hayan superado la primera fase, en la que se valorará la idoneidad de las candidaturas para el puesto.
- Segunda fase: Entrevista personal.
Consistirá en una entrevista personal competencial a la que serán convocadas las personas candidatas seleccionadas.
Séptima. Resolución del proceso selectivo.
Tras la fase de entrevista competencial, la persona candidata elegida será la que obtenga la mayor puntuación una vez sumadas las dos fases, debiendo dentro del plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria del proceso selectivo, el comité calificador remitir al órgano competente su propuesta para acordar el nombramiento, o en su caso, al competente para proponer el mismo la propuesta de selección.
La persona seleccionada será convocada y dispondrá de un plazo de veinte días para la firma del contrato de trabajo, que se ajustará al modelo previamente aprobado en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Octava. Publicidad y procedimiento de reclamación.
La Comisión de Selección elaborará y publicará:
- Un listado provisional de las personas candidatas que hayan cumplido los requisitos mínimos, ordenando las candidaturas de mayor a menor puntuación en la baremación, con indicación expresa de aquellas que hayan superado la puntuación mínima requerida.
- Un listado provisional de las personas candidatas excluidas, señalando expresamente las causas de la misma.
Contra dichos listados podrán presentarse reclamaciones en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su publicación, que no tendrán carácter de recurso y solicitar, si lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo.
Transcurrido el plazo para reclamar o resueltas en su caso, las reclamaciones planteadas, se publicará un listado de las personas que pasan a la fase de entrevista competencial.
La publicación de los listados provisionales y definitivos se realizará en la web del CMTBC. Los resultados del proceso selectivo se publicarán, en la web del Consorcio y en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.
Novena. Normativa de protección de datos.
La información sobre protección de datos se encuentra incorporada en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria como Anexo II.
De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la Entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación. Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO
- Entidad: Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz. Denominación del puesto: Jefe/a del Área de Sistemas.
- Localidad: Cádiz.
- Número de plazas: 1. Adscripción: Laboral. Grupo: I y II.
- Código del puesto: P0026_0010.
- Estado: Vacante por excedencia voluntaria del titular.
- Dotación presupuestaria anualidad 2025: Sí.
- Coste de la contratación anual incluyendo seguridad social: 65.270 euros.
- Retribución bruta anual: 49.269,92 euros.
- Categoría Grupo: I/II.
- Tipo de contrato: Laboral fijo con carácter indefinido.
- Convenio Colectivo: No.
- Titulación académica requerida:
Grado I: Ingeniería Superior en Informática, Licenciatura o Grado equivalente y Master.
Grado II: Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas o Ingeniería Técnica en Informática de Gestión, Diplomatura o Grado equivalente.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación.
- Horario laboral: 35 horas semanales y jornada continua.
- Participantes: De conformidad a lo establecido en la base primera.
- Funciones:
Bajo las directrices del Dirección Gerencia:
- Desarrollo, Operación, Mantenimiento, Gestión y Seguridad de los sistemas y equipamientos asociados del Consorcio.
- Desarrollo, Operación, Mantenimiento y Gestión de los Sistemas TIC de Información al Usuario, asegurando su alineación con los objetivos del Consorcio.
- Elaboración de especificaciones y pliegos técnicos de los desarrollos, aplicaciones informáticas y necesidades SW/HW del Consorcio, de acuerdo a la estrategia del Consorcio.
- Elaborar políticas y procedimientos para el uso y gestión de los recursos tecnológicos del Consorcio.
- Coordinar y dirigir proyectos de implementación, actualización o integración de nuevas soluciones tecnológicas.
- Tramitación, pruebas, seguimiento y control en todas sus fases técnicas de expedientes relacionados con los Sistemas y equipamientos asociados del Consorcio.
- Representante del Consorcio ante la Red Corporativa de Telecomunicaciones de la Junta de Andalucía.
- Representante del Consorcio ante otras administraciones, empresas, y organismos dependientes de la Consejería a la que esté adscrito el Consorcio para asuntos relacionados con su área y este Consorcio.
- Gestiones y coordinación del área con operadores singulares y operadores integrados en el Consorcio.
- Gestión de los servicios verticales de la Red Tecnológica de Transporte del Consorcio.
- Gestión y Explotación de la Red de Ventas del Consorcio y de la Red de Ventas de los Consorcios de Transporte de Andalucía, en su caso.
- Emisión de informes y otros documentos relacionados con asuntos dependientes de su área.
- Tramitar y gestionar presupuestos, visados y aprobación de facturas relacionadas con su área.
ANEXO IV
ENTREVISTA COMPETENCIAL
Entrevista competencial (podrá computar hasta 40 puntos).
El Comité Calificador convocará a las personas candidatas que hayan superado la fase anterior, a la entrevista competencial, pudiendo limitar la convocatoria a las cinco primeras candidaturas que obtengan las mejores puntuaciones y que hayan superado la puntuación mínima exigida para la fase de perfil competencial técnico, experiencia y formación.
La entrevista se llevará a cabo siguiendo un guión y estructura determinados y será la misma para todas las personas candidatas, garantizando así la imparcialidad y objetividad de la misma.
El Comité Calificador contemplará en la entrevista además perfil competencial de experiencia requerido, las siguientes aptitudes y capacidades:
- Vocación de servicio público. La vocación de servicio público implica un compromiso con la sociedad y es una fuente de motivación enormemente potente. Supone una obligación de trabajar por el bien común a largo plazo y no por intereses particulares o partidistas.
- Inteligencia social. El trabajo en la Administración es una actividad social. Por ello se requiere capacidad de colaboración, habilidades de negociación, flexibilidad y habilidad para relacionarse con las jerarquías superiores, con el personal colaborador y las/os compañeras/os. Habilidad de gestionar de manera eficaz equipos de trabajo.
- Comunicación. Las habilidades de comunicación interpersonal, de convicción y de persuasión resultan esenciales en la dirección de equipos de trabajo y en la gestión del cambio en las organizaciones.
- Empatía. La habilidad para ponerse en el lugar de la otra persona y comprenderla, teniendo en cuenta sus necesidades y emociones (ya sea la ciudadanía, el personal colaborador o la persona jerárquicamente superior).
- Tolerancia a la presión y a la incertidumbre.
La fecha y hora de la entrevista y de la exposición ante el Comité Calificador, se publicará en la página web del Consorcio, al menos, con tres días hábiles de antelación.
Orden de preferencia en caso de empate.
En caso de empate en la puntuación total en el proceso selectivo, este será resuelto según el siguiente criterio:
La candidatura con mayor puntuación obtenida en la entrevista competencial.
La candidatura con mayor puntuación obtenida en la experiencia.
El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación. Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
ANEXO V
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El aspirante declara bajo su responsabilidad:
- No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
- Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Fdo. ................... Fecha: ........ / ................. / 2025
ANEXO VI
INSTRUCCIONES CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN
Declaraciones previas e instrucciones para la correcta confección y presentación.
La persona solicitante conoce y acepta en su integridad la regulación contenida en las bases de la convocatoria, declarando bajo su responsabilidad que los datos incluidos en esta solicitud y la documentación adjunta son ciertos, que cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en la misma y siendo consciente de que la inexactitud de los datos dará lugar a la no admisión o expulsión de la convocatoria, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pudiera incurrir, autorizando al Consorcio a requerir cualquier documentación adicional que se estimare necesaria para acreditar la veracidad de los datos alegados.
El modelo único de presentación de solicitud es el que consta en las presentes bases. No serán admitidas solicitudes que se presenten de manera defectuosa. Los méritos o circunstancias que no sean documentalmente acreditados no serán tenidos en cuenta. Los datos deberán ser consignados con letra clara y legible, preferentemente en «Mayúsculas».
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril de 2016) se informa que lo datos de carácter personal que el solicitante consigne en la solicitud serán incorporados a ficheros automatizados para su gestión por el Área de Sistemas del Consorcio, conforme a lo siguiente:
Responsable: Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, Delegado de protección de datos: dpd@ctan.es
Finalidad: Gestionar el proceso de selección
Legitimación: Relación contractual con Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz. Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legalmente.
Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento solicitándolo por escrito, con copia del DNI, a Red de Consorcios de Transportes de Andalucía, C/ Pablo Picasso, número 6, 41018, Sevilla.
Otros datos, informaciones o comentarios que desee exponer:
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Fdo. ................... Fecha: ........ / ................. / 2025
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