Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 23/05/2025

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la movilidad de estudiantes a América Latina dentro del Programa PIMA-Programa de intercambio y movilidad académica, curso académico 2025/26.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

BDNS: 833236.

Primero. Convocatoria.

Se convocan 4 becas para estancias de un semestre durante el curso académico 2025/26, teniendo que finalizar el disfrute de esta antes del 31 de julio de 2026.

El objeto de esta convocatoria es facilitar al alumnado de Grado el conocimiento de otras realidades existentes en el espacio iberoamericano, mediante su incorporación temporal a una institución académica de un país distinto al de su residencia habitual, permitiendo así, la comprensión y reconocimiento de otro sistema educativo y territorio como ámbito histórico y cultural de pertenencia.

El periodo de estudios en el extranjero deberá constituir una parte integrante del programa de estudios de la UHU. A tal efecto, con anterioridad a la incorporación del estudiante a la universidad de destino, este deberá firmar el contrato de estudios específico del Programa PIMA en el que se recoja la propuesta de reconocimiento de créditos. El reconocimiento académico (equivalencia de créditos/asignaturas) de los estudios cursados estará sujeto al cumplimiento estricto de lo acordado en él. En este acuerdo, que debe contar con la autorización de su coordinador académico, se especificará el programa que va a seguir en la universidad de destino y la forma en la que este será reconocido en la UHU.

Durante su movilidad, el estudiantado debe estar matriculado de un mínimo de 21 créditos por semestre académico en la universidad de destino y estar matriculado a su vez en las asignaturas correspondientes de equivalente valor en la UHU en el curso 2025/26. Para los créditos UHU se seguirán las pautas marcadas en el Reglamento de la Universidad de Huelva sobre movilidad internacional de estudiantes, que especifica, en el artículo 10.2:

a) El mínimo estipulado de créditos para matricularse es 21 por semestre.

b) El máximo estipulado es de 30 para un semestre.

c) El máximo establecido en el punto 2.b podrá ampliarse a un máximo de 42 créditos para un cuatrimestre, para casos excepcionales que superen el máximo estipulado antes señalado y que sean debidamente justificados por escrito, como:

• Alumnado de doble Grado.

• Alumnado que necesite más de 30 créditos en un semestre o más de 60 créditos en un curso para finalizar estudios.

• Otros casos excepcionales.

d) En todo caso, habrán de tenerse en cuenta las exigencias de las Universidades de destino en cuanto al número de créditos que deban cursarse, con independencia de aquellos de los que el alumno se matricule obligatoriamente en la Universidad de Huelva.

Al final del período de estudios en el extranjero, la universidad de acogida entregará al estudiante o remitirá a la UHU el correspondiente certificado de notas. El estudiante, a su vez, deberá solicitar el reconocimiento de estudios en el Servicio de Relaciones Internacionales. La universidad de acogida no otorgará título oficial alguno a los estudiantes de la UHU.

Segundo. Bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras para la Concesión de Becas y Ayudas de Movilidad Internacional de la Universidad de Huelva, aprobadas en Comisión de Relaciones Internacionales de 12 de febrero de 2021 y en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2021.

Tercero. Financiación.

La dotación económica de las becas ascenderá a 500 € mensuales por un máximo de 5 meses, más el 50% del billete de avión hasta 550 € en concepto de ayuda de viaje.

La UHU concederá las ayudas por importe total de 12.200 euros con cargo al programa 321-A, subconcepto 490.00 de la Unidad de Gasto 80.01.06.01 entre el alumnado seleccionado. El estudiante estará exento del pago de tasas en concepto de matrícula o examen en la universidad de destino.

El pago de las ayudas se hará efectivo por parte de la Universidad de Huelva en la cuenta bancaria de las personas interesadas, debiendo estas acreditar la llegada a la Universidad de destino mediante el envío de la Certificación de Llegada, debidamente cumplimentada, al Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Huelva.

Las ayudas no tienen por objeto cubrir la totalidad de los gastos de los estudiantes en el extranjero, sino compensar la diferencia de vivir fuera de su ámbito familiar y local.

Si la persona beneficiaria incumple las condiciones previamente acordadas (renuncia a la beca una vez aceptada su participación, acorta su período de estancia, etc.) o no justifica documentalmente la pertinencia de las modificaciones de las citadas condiciones, la Universidad de Huelva procederá a reclamarle el reintegro total o parcial de la ayuda recibida.

Cuarto. Personas beneficiarias.

Podrán optar a las becas PIMA todos aquellos estudiantes que se encuentren matriculados en la Facultad de Educación, Psicología y Ciencias del Deporte, en la Facultad de Trabajo Social y en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de la Universidad de Huelva durante del curso académico 2024/25.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en BOJA. Adicionalmente, se publicará en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales y, permanecerá abierta los diez días hábiles siguientes.

Huelva, 30 de abril de 2025.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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