Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín 140 Complementario nº 1 de 22/07/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la actualización de la Bolsa Única Común constituida en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, abierto mediante Resolución de 7 de julio de 2026.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante la Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 132, de 10 de julio de 2026, se dispuso la apertura del plazo de presentación de solicitudes para la actualización de la Bolsa Única Común. En su apartado dispositivo primero, se acordó abrir un plazo de diez días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de dicha resolución, para que las personas integrantes de la bolsa presentasen sus solicitudes.

Segundo. Conforme a lo dispuesto en el apartado dispositivo segundo de dicha resolución, la participación debe realizarse exclusivamente de forma telemática, obligatoriedad que se impone conforme a lo señalado en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, debiendo tramitarse a través del acceso habilitado en el Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía

(https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es).

Tercero. Durante la vigencia del plazo de presentación de solicitudes, se han registrado y constatado incidencias técnicas en el funcionamiento del Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía, que han imposibilitado su funcionamiento ordinario, impidiendo o dificultando gravemente a las personas participantes la cumplimentación y registro telemático de las solicitudes exigidas para la actualización de datos de la Bolsa Única Común.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, como órgano sustantivo responsable de la tramitación del procedimiento.

Segundo. El artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que «cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido».

Tercero. Tratándose de un procedimiento donde las personas participantes tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración (según la Ley 5/2023, de 7 de junio, y en concordancia con los principios de administración digital reforzados en la normativa autonómica, como el Decreto 51/2025), y a fin de evitar que las incidencias técnicas generen indefensión o limiten el derecho de participación de las personas que actualmente integran la bolsa constituida mediante Resolución de 10 de diciembre de 2019, procede y resulta ajustado a derecho acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes inicialmente establecido.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública

RESUELVE

Primero. Ampliar en cuatro días hábiles el plazo de presentación de solicitudes para la actualización de la Bolsa Única Común, constituida en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, abierto originalmente mediante la Resolución de 7 de julio de 2026, de esta Dirección General.

Dicho plazo adicional comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la finalización del plazo inicial fijado, extendiéndose hasta el 30 de julio de 2026, inclusive.

Segundo. Mantener en todos sus términos el resto de las condiciones, requisitos y vías de tramitación (exclusivamente telemática) recogidos en la Resolución de 7 de julio de 2026, para la actualización de las categorías profesionales del VI Convenio Colectivo de la Administración del Personal Laboral de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía

(https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es),

para su general conocimiento y a los efectos del debido cumplimiento del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo de ampliación de plazos no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

Sevilla, 22 de julio de 2026.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

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