Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 163 de 24/08/2026

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Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 12 de agosto de 2026, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía.

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El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

En fecha de 10 de agosto de 2026, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural inicia el procedimiento para la elaboración de la disposición de carácter general que tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En cuanto a la tramitación del procedimiento, deberá tener carácter urgente de conformidad con el artículo 45.bis.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno y de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el que se establece que «La persona titular de la Consejería a la que corresponda la iniciativa normativa podrá acordar la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación de anteproyectos de ley y de los proyectos de reglamentos cuando concurran otras circunstancias extraordinarias que, no habiendo podido preverse con anterioridad, exijan la aprobación urgente de la norma», ya que las circunstancias acaecidas y declaradas por parte del Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 18 de febrero de 2026 (BOJA núm. 36, de 23 de febrero), de desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario y en las infraestructuras hidráulicas las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 declaró desastre natural, jusfifican sobradamente el carácter de urgencia.

Dicho carácter de urgencia implicará, tal y como dispone el punto 2.b) del artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de la Ley del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que «no será preciso el trámite de consulta pública previo, sin perjuicio de la realización de los trámites de audiencia pública o de información pública cuyo plazo de realización será de siete días hábiles».

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública por un plazo de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el proyecto de orden que tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto durante dicho plazo para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/679870.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General De Industrias Agroalimentarias, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071, Sevilla, dentro del siguiente horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Industrias Agroalimentarias de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónico deberán presentar sus escritos en formato electrónico mediante el formulario disponible en la dirección electrónica: dgiica.cagpds@juntadeandalucia.es

Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único, en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en la Sección de Transparencia del Portal de Junta de Andalucía, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/679870.html

Sevilla, 12 de agosto de 2026.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.

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