Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 13/10/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Inteligencia Artificial, Desarrollo Digital y Administración Pública

Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes especialidades del Cuerpo Técnico Facultativo, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2024 y 2025.

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En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 275/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2024 y en el Decreto 214/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2025, con la previsión contenida en el artículo 2, apartado 3, de este último, que prevé que las plazas de personal funcionario, tanto de acceso libre como de promoción interna, se podrán convocar conjuntamente con las plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público de años anteriores que no hayan sido convocadas a la fecha de publicación de este decreto, y recogiendo la medida contenida en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, dirigida al control de la temporalidad en el empleo público, relativa a las personas aspirantes que hayan superado los ejercicios de la oposición, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública como órgano competente en materia de función pública de acuerdo con el Decreto 203/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inteligencia Artificial, Desarrollo Digital y Administración Pública, y a efectos del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía; en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 8.2.k) del mencionado Decreto 203/2026, de 30 de julio, resuelve convocar procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes especialidades del Cuerpo Técnico Facultativo indicadas en el apartado 1 de la base primera de esta convocatoria, de conformidad con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1. Se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en diferentes especialidades del Cuerpo Técnico Facultativo, relacionadas en el siguiente cuadro, indicándose para cada una el número de plazas y anexos correspondientes, así como el importe de la tasa a satisfacer para la participación en el proceso selectivo.

CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO TOTAL PLAZAS TURNO GENERAL CUPO DISCAPACIDAD ANEXO
COMISIÓN Y TITULACIÓN
ANEXO
PROGRAMA
MATERIAS
TASA
(€)
CÓDIGO ESPECIALIDAD
A2.2007 ENFERMERÍA 5 5 - I.A II.1. y II.A 31,30
A2.2009 INGENIERÍA TÉCNICA EN TOPOGRAFÍA 5 5 - I.B II.1. y II.B 31,30
A2.2010 TRABAJO SOCIAL 56 52 4 I.C II.1. y II.C 31,30
A2.2017 TURISMO 8 7 1 I.D II.1. y II.D 31,30
A2.2018 EDUCACIÓN SOCIAL 20 18 2 I.E II.1. y II.E 31,30

2. En aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, este proceso incluye, además de las plazas establecidas en el apartado 1, un 20% de plazas adicionales de las aprobadas por las ofertas de empleo público para cada una de las especialidades del Cuerpo Técnico Facultativo de la Junta de Andalucía, con la siguiente distribución:

CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO TURNO GENERAL 20% CUPO DISCAPACIDAD 20%
CÓDIGO ESPECIALIDAD
A2.2007 ENFERMERÍA 1 -
A2.2009 INGENIERÍA TÉCNICA EN TOPOGRAFÍA 1 -
A2.2010 TRABAJO SOCIAL 10 1
A2.2017 TURISMO 1 -
A2.2018 EDUCACIÓN SOCIAL 4 -

Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir posibles futuras vacantes a cargo de las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha de la finalización del proceso selectivo.

La adjudicación de estas plazas adicionales, en el caso de que se produzcan las vacantes, no podrá efectuarse antes de que se determine la tasa de reposición correspondiente al año en que se produzca la vacante, con el fin de garantizar que no se supere la tasa de reposición en su caso establecida y se reduzca la temporalidad, sin perjuicio de lo establecido en la normativa básica.

3. Del total de plazas convocadas se reservarán, para ser cubiertas por personas cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%, las que se indican en la columna «Cupo discapacidad» de los cuadros incluidos en los apartados anteriores.

En el caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas. Las plazas no cubiertas se acumularán a las del turno general en las respectivas convocatorias de acceso libre en las que se produzca dicha circunstancia.

4. Al proceso selectivo le resultará de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía; la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía; el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos; el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía; el Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública; el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía; el Decreto 275/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2024; el Decreto 214/2025, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2025; Decreto 203/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inteligencia Artificial, Desarrollo Digital y Administración Pública y las bases de la presente convocatoria.

5. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se publicará en la Sede Electrónica. del Empleo Público de la Junta de Andalucía

(https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es/sede/acceso-tramites/seguimiento-procesos-selectivos),

(en adelante, Sede Electrónica del Empleo Público).

6. El contenido de los ejercicios de la oposición versará sobre el programa de materias que consta en el Anexo II de la presente resolución, aprobado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de 27 de mayo de 2024 (BOJA núm. 107, de 4 de junio), y por Resolución de 23 de julio de 2026 (BOJA núm. 144, de 28 de julio), de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban programas de materias que han de regir los procesos selectivos para ingreso en determinados cuerpos de personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo de acceso libre para acceder a las especialidades del Cuerpo Técnico Facultativo convocadas, deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en relación con el artículo 107 de la Ley 5/2023, de 7 de junio.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de las personas con nacionalidad española y de las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.

1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

1.3. Estar en posesión de la titulación contemplada en el Anexo I correspondiente a la especialidad a la que se presenta o de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a que se aspira.

1.5. No haber sido separada la persona aspirante, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario del cuerpo y especialidad convocado.

En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente, ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud electrónica que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán por aquellas personas que resulten seleccionadas en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 3 de la base octava, y la constancia de haber abonado, en su caso, la correspondiente tasa conforme a lo establecido en la base cuarta de esta convocatoria.

Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad y adaptaciones de tiempo y medios.

1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad igual o superior al 33% será necesario:

1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando al efecto si participa por el cupo de reserva a personas con discapacidad. Si no hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.

1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha condición deberá mantenerse hasta que las personas aspirantes adquieran la condición de personal funcionario de carrera.

1.3. Adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa en vigor de su condición de persona con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública mediante consulta electrónica en la fase de admisión de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga a su comprobación en la correspondiente solicitud de participación. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente la documentación acreditativa en vigor junto con la solicitud de participación.

2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el cupo de reserva, podrán solicitar las adaptaciones razonables de tiempo, medios y accesibilidad que se consideren necesarias, manifestándolo en su solicitud de participación en el apartado «Adaptaciones», de conformidad con lo dispuesto en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Para ello será necesario tener oficialmente reconocida discapacidad igual o superior al 33% con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud de participación deberá ir acompañada, en todo caso, de informe técnico en vigor emitido por el órgano competente, que permita constatar la relación entre la discapacidad alegada y la adaptación solicitada para la prueba a realizar.

La adaptación de tiempos, conforme dispone el artículo 21 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios del proceso selectivo. Esta adaptación será garantizada a las madres de menores lactantes que lo solicitasen.

La adaptación de medios se efectuará mediante la puesta a disposición de la persona aspirante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos, así como de las ayudas técnicas o tecnológicas asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen. A tales efectos, se garantizará la accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos selectivos, así como la del recinto o espacio físico donde estos se desarrollen.

Las adaptaciones se otorgarán por las comisiones de selección en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar y se concederá por el tiempo o para las medidas que para estos casos se determine en la normativa vigente. Los órganos de selección podrán requerir un informe y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos de la consejería competente en materia de discapacidad.

A efectos de valorar la procedencia de las adaptaciones solicitadas, se podrá requerir a la persona candidata información adicional que se estime estrictamente necesaria.

La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público pudiendo realizarse la consulta personalizada por las personas aspirantes en la dirección web https://ws168.juntadeandalucia.es/adaptaciones

3. Si alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza en dicho cupo, y su puntuación fuera superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación en este último. En caso de que la puntuación fuera igual, regirán los criterios de desempate establecidos en la base séptima de la presente resolución.

Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.

1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial publicado como Anexo III en la presente resolución.

La presentación de las solicitudes se realizará de manera electrónica, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio.

La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos a través de la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepsolicitudes.

a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III).

b) La aportación de documentación en caso necesario.

c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de exención del pago.

d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud.

2. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud el turno por el que concurren, general o cupo de discapacidad e identificarán en su solicitud, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo y especialidad a que se aspira.

En el caso de que la persona participante que solicite expresamente participar por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad no cumpla con los requisitos previstos en el primer apartado de la base anterior, pasará a participar por el turno general. Deberá, en este caso, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución provisional en la que aparezca como excluida en dicho turno general por no abono de la tasa.

3. Cada solicitud deberá ir acompañada, en su caso, de la siguiente documentación:

a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento del pago de la misma, o, en su caso, documentación acreditativa en vigor de encontrarse a la fecha de presentación de la solicitud en alguna de las situaciones legalmente establecidas en la normativa autonómica vigente para la exención de la tasa.

b) Certificado acreditativo en vigor de la condición y grado de discapacidad.

c) En todo caso se debe aportar Informe técnico en vigor en el que se fundamente la solicitud de adaptación de los ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la presente convocatoria.

d) Certificado oficial en vigor de la condición de miembro de familia numerosa alegada.

No obstante, cuando se trate de los documentos relacionados en las letras b) y d) de este apartado expedidos por los órganos competentes de la Junta de Andalucía, no resultará necesaria la incorporación de documentación siempre que la persona aspirante no se oponga a la comprobación de este requisito por el Instituto Andaluz de Administración Pública en la fase de admisión de solicitudes. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicho documento deberá ser inexcusablemente aportado junto con la solicitud de participación.

Si la causa de exención del pago alegada fuese la de ser persona beneficiaria de la prestación del ingreso mínimo vital o de la renta mínima de inserción social en Andalucía, no resultará necesaria la incorporación de documentación acreditativa siempre que la persona aspirante no se oponga a la comprobación de este requisito por el Instituto Andaluz de Administración Pública en la fase de admisión de solicitudes. En caso contrario, dicha documentación deberá ser inexcusablemente aportada junto con la solicitud de participación.

En los demás supuestos de exención del pago de la tasa, las personas solicitantes deberán aportar la documentación acreditativa en vigor junto con la solicitud de participación.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 252 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quienes deseen participar deberán hacer efectiva la tasa de inscripción correspondiente al cuerpo y especialidad al que se presentan, en la cuantía que consta en el cuadro que figura en el apartado 1 de la base primera de esta convocatoria, cuyo hecho imponible lo constituye la actividad administrativa derivada de la inscripción en las convocatorias.

El plazo de abono de la citada tasa mediante el modelo 046, coincide con el plazo de presentación de la solicitud (Anexo III de la presente resolución de convocatoria) que se establece en el apartado 6 de la presente base.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 256 de la mencionada Ley 10/2021, de 28 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa las siguientes personas que tengan reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable:

a) Los miembros de familias numerosas de la categoría especial y general.

b) Las víctimas del terrorismo, así como las demás personas físicas a que se refiere el artículo 3.a) de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.

A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años.

d) Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.

e) Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital o beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

Las condiciones establecidas en este apartado deberán concurrir a la fecha del abono de la tasa. A tal fin las personas interesadas deberán incorporar, junto con su solicitud de participación, la documentación acreditativa en vigor emitida por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas, como ha quedado indicado en los párrafos anteriores de este apartado.

El pago de la tasa indicada se realizará conjuntamente con la presentación electrónica de la solicitud, detrayéndose automáticamente del importe a pagar la bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar, con un límite mínimo de bonificación de 3 euros, de conformidad con la normativa vigente. Conforme dispone el artículo 255 de la citada Ley 10/2021, de 28 de diciembre, «La tasa se devengará cuando se presente la solicitud de inscripción en las pruebas, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente».

La acreditación del pago de la tasa se realizará cumplimentando, en el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud contenido en el Anexo III, el código numérico identificativo del modelo 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar e incorporándolo junto a dicha solicitud.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la presente convocatoria, de modo que al finalizar el proceso de presentación electrónica es imprescindible disponer del justificante de presentación de solicitud (Anexo III) al que se refiere el apartado 7 de esta base y del justificante de pago de la tasa (modelo 046), salvo que concurra causa de exención del pago.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, en el período de alegaciones, aquellas personas aspirantes que resulten provisionalmente excluidas por la causa «No acredita exención abono tasa», podrán subsanar en el plazo y en la forma establecidas en el apartado 2 de la base quinta, bien aportando el documento acreditativo de encontrarse en situación de exención a la fecha de presentación de su solicitud de participación, bien abonando el importe de la tasa.

Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice la presentación de la solicitud o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición no darán lugar a la devolución de los derechos de examen.

5. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal funcionario interino prevista deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicios como personal funcionario interino. A falta de tal indicación se entenderá que opta por todas las provincias. A efectos de la formación de la bolsa de selección de personal funcionario interino, la base undécima determina la puntuación necesaria para su integración.

6. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA e irán dirigidas a la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

7. La presentación se realizará exclusivamente de forma electrónica, accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web  https://lajunta.es/oepsolicitudes

en la que se elaborará y presentará la solicitud de la siguiente forma:

a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.

b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.

Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario (Anexo III) en el tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la persona aspirante.

No deberá presentarse en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente, siendo exclusivamente válida la tramitada a través de la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepsolicitudes. No será válida la presentación de documentos a través de enlaces distintos.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el formulario de participación, y solo será posible la modificación de estos datos mediante la presentación electrónica de un nuevo formulario dentro del plazo de presentación recogido en el apartado 6 de la presente base, en cuyo caso el nuevo formulario dejará sin efecto al anterior.

Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, distinto al modelo 046 de autoliquidación de la tasa, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación de la solicitud y su no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.

En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un determinado período de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la Administración, previa acreditación documental de la misma por las personas afectadas, podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo plazo en aquellos supuestos específicos que comprometan la presentación de la solicitud de participación y/o del pago de la tasa en el plazo máximo determinado por esta convocatoria, por un período de días hábiles de igual duración, al menos, al de la incidencia.

8. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el período de entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas, será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud con el justificante de la recepción que genera el sistema tras la presentación.

Quinta. Admisión de aspirantes.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de dos meses la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público.

2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

La presentación de las alegaciones se deberá realizar de manera electrónica accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepalegaciones.

Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la tasa deberán aportar en el plazo establecido en la resolución provisional copia del modelo 046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.

Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su grupo» podrán subsanarla abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del plazo establecido para la presentación de alegaciones.

En aquellos casos en los que la persona aspirante no figure en el listado provisional de personas admitidas y excluidas y hubiere abonado la tasa en el plazo de presentación de solicitudes, podrá subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario establecido como Anexo III dentro del plazo establecido para la presentación de alegaciones.

En el supuesto de que la persona aspirante resulte excluida por no cumplir con los requisitos de participación para el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad, deberá o bien aportar la documentación acreditativa, o bien, en su defecto, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones. De idéntica forma deberán proceder las personas aspirantes excluidas por la causa «No acredita exención abono tasa».

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior y una vez resueltas las alegaciones, en el plazo máximo de dos meses la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará resolución, que se publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio del proceso selectivo.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación servirá de respuesta a las alegaciones presentadas a la lista provisional.

4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido  su desestimación presunta. La presentación del citado recurso potestativo de reposición ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace  https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/REC_SGAP.

Sexta. Comisión de selección.

1. Las comisiones de selección de los procesos selectivos figuran en el Anexo I que acompaña a la presente resolución. Estarán compuestas por cinco miembros titulares y por el mismo número de suplentes, todos ellos personal funcionario de carrera con titulación académica igual o superior a la exigida a las personas candidatas, pudiendo actuar indistintamente cualquiera de ellos. La designación de las personas miembros de la comisión de selección se hará teniendo en cuenta la necesaria representación equilibrada de mujeres y hombres.

Corresponde a la comisión de selección el desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

Asimismo, corresponderá a la comisión de selección adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de personas participantes.

2. La pertenencia a la comisión de selección será a título individual, sin que pueda ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte de la comisión de selección aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.

Las personas que formen parte de una comisión de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, cuando concurran en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia de la comisión de selección deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incursas en las mencionadas circunstancias.

Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros de la comisión de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

3. Por resolución de la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública se podrá designar personal asesor especialista para la elaboración de las pruebas a realizar. Este personal estará adscrito a dicha comisión de selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que esta le curse al efecto.

4. Las personas que formen parte de la comisión de selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos legalmente que corresponden a este órgano.

5. Para la válida constitución de la comisión de selección a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia, al menos, de tres de sus miembros, entre los cuales estarán incluidos necesariamente quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, quienes les sustituyan.

6. A efectos de comunicaciones y posibles incidencias, la comisión de selección tendrá su sede en el Instituto Andaluz de Administración Pública, calle Torneo, núm. 26, 41071 Sevilla. De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, las comunicaciones con la comisión de selección deberán realizarse de manera telemática, mediante presentación electrónica general accesible directamente en el enlace

https://lajunta.es/peg.

7. La comisión de selección podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.

8. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Instituto Andaluz de Administración Pública que cualquier persona aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, previa audiencia de la persona interesada, resolverá de forma motivada lo que proceda.

En el supuesto de que llegara a conocimiento de la comisión de selección la circunstancia indicada en el párrafo anterior, lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, a los efectos indicados.

9. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, cada comisión de selección de los procesos selectivos queda clasificada en las categorías que se indican en el Anexo I. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública se podrá establecer el número máximo de sesiones de lecturas del segundo ejercicio que, en función del número de personas opositoras, se asigna a cada comisión de selección para todo el proceso selectivo.

10. La comisión de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.

11. La comisión de selección se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 111, apartado 6, de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en relación con el artículo 14, apartado 6, del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, y teniendo en cuenta la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, el sistema selectivo de las personas aspirantes será el de oposición.

2. El proceso selectivo constará de dos ejercicios. La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 180 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en los dos ejercicios de que consta la oposición.

En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá aplicando sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de desempate:

a) Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

b) Mayor puntuación obtenida en la tercera parte de carácter práctico del primer ejercicio.

c) Mayor número de respuestas correctas en el conjunto de la segunda y tercera parte del primer ejercicio.

d) Menor número de respuestas incorrectas en el conjunto de la segunda y tercera parte del primer ejercicio.

e) Finalmente, en caso de que el empate persista entre personas de diferente sexo, se resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo y especialidad sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.

2.1. Primer ejercicio.

Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.

El tiempo concedido para la realización de este ejercicio, compuesto de tres partes, será de 210 minutos.

La calificación final del ejercicio no podrá superar los 150 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la segunda y tercera parte del ejercicio.

2.1.1. La primera parte tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en resolver por escrito un cuestionario propuesto por la comisión de selección para la valoración de competencias de comprensión verbal, numérica y abstracta, que contendrá 27 preguntas tipo test, pudiendo ser algunas de ellas preguntas inversas y de control, 25 de ellas ordinarias y evaluables y 2 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Para la realización de este cuestionario la comisión de selección contará con la asistencia de personal especialista designado a tal efecto.

Esta parte del ejercicio se calificará como «Apto» o «No apto». Obtendrán la calificación de «Apto» las personas aspirantes que alcancen, mediante la fórmula indicada a continuación, una puntuación mínima de 12 puntos. La puntuación numérica obtenida en esta parte se utilizará exclusivamente para determinar la calificación de «Apto» o «No apto» y no se incorporará a la calificación del primer ejercicio ni a la calificación final del proceso selectivo. Cada acierto se valorará con 1,20 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.

Para cada aspirante, la puntuación de la primera parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:

Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.

Esta primera parte del ejercicio podrá ser común a otros cuerpos y especialidades, pudiendo convocarse a su realización el mismo día y hora con el fin de garantizar los principios de agilidad y eficacia.

2.1.2. La segunda parte tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter teórico elaborado por la comisión de selección, adecuado a las funciones propias del cuerpo y especialidad convocado, que contendrá 110 preguntas tipo test, 100 de ellas ordinarias y evaluables y 5 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.

En dicho cuestionario se incluirán al menos 33 preguntas que versarán sobre el contenido del programa de materias común a todas las especialidades del Cuerpo Técnico Facultativo, 30 de ellas ordinarias y evaluables y 3 de reserva. Las restantes 70 preguntas del cuestionario versarán sobre el contenido del programa de materias específico del cuerpo y especialidad convocado, siendo 7 de ellas de reserva.

En caso de anulación de alguna pregunta, esta será sustituida por la correspondiente pregunta de reserva del mismo bloque de materias. A estos efectos, las preguntas de reserva de la parte común únicamente podrán sustituir preguntas de dicha parte, y las preguntas de reserva de la parte específica únicamente podrán sustituir preguntas de la parte específica.

El programa de materias mencionado en los párrafos anteriores es el referido en el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el Anexo II de la presente resolución, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.

Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 120. La puntuación necesaria para superar esta parte será 48 puntos. Cada acierto se valorará con 1,20 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.

Para cada aspirante, la puntuación de la segunda parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:

Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.

2.1.3. La tercera parte tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter práctico elaborado por la comisión de selección adecuado a las funciones propias del cuerpo y especialidad convocado y relacionado con el programa de materias aprobado, que contendrá 28 preguntas tipo test, 25 ordinarias y evaluables y 3 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.

Las preguntas versarán sobre el contenido del programa de materias específico del cuerpo y especialidad convocado, referido en el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el Anexo II de la presente resolución, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.

Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 30. La puntuación necesaria para superar esta parte será 12 puntos.

Cada acierto se valorará con 1,20 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.

Para cada aspirante, la puntuación de cada parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:

Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.

2.1.4. La puntuación final del primer ejercicio será la suma de las puntuaciones obtenidas en la segunda y tercera parte, hasta un máximo de 150 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener la calificación de «Apto» en la primera parte y alcanzar, al menos, 48 puntos en la segunda parte y 12 puntos en la tercera parte.

Únicamente serán convocados a la realización del segundo ejercicio un número máximo de personas equivalente a las plazas a cubrir incrementado en un 100% cuando se convoquen más de 25 plazas, e incrementado en un 200%, cuando se convoquen 25 o menos plazas, de entre aquellas personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio conforme a la puntuación obtenida, pudiendo ser superado este número únicamente en caso de empates.

A estos efectos, en el cálculo del número de plazas a cubrir se adicionarán al número de plazas establecido en el apartado 1 de la base primera el número de plazas adicionales establecido en el apartado 2 de la referida base primera.

Las personas aspirantes que no figuren en esta relación tendrán la consideración de suspensas y en ningún caso serán convocadas al segundo ejercicio de la oposición, finalizando así su participación en el proceso.

El primer ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

2.1.5. Celebrado el examen, si la comisión de selección debiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo la sustitución de las anuladas, a efectos de su evaluación por otras tantas de reserva, por su orden, debiendo corresponder las preguntas de reserva al mismo bloque de materias al que pertenezcan las preguntas anuladas.

2.1.6. Tras la realización del ejercicio, la comisión de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma de manera exclusivamente electrónica, accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepalegaciones. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la comisión de selección se hará pública con la lista provisional de personas que han superado el ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de preguntas evaluables, y a fin de garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, la comisión de selección correspondiente adaptará la valoración de cada acierto prevista en los párrafos precedentes de este apartado, una vez efectuadas, en su caso, las sustituciones mediante las preguntas de reserva correspondientes en los términos previstos en estas bases.

Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones presentadas son recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas que superan el primer ejercicio.

2.1.7. Tras ser acordada la plantilla definitiva y corregido el ejercicio, la comisión de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista provisional de personas que han superado el primer ejercicio conforme a los requisitos establecidos en los apartados 2.1.1, 2.1.2, 2.1.3 y 2.1.4 de la presente base, ordenada alfabéticamente.

Contra esta lista provisional podrán presentarse alegaciones de manera exclusivamente electrónica en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, referidas a posibles discrepancias en la corrección automatizada del ejercicio entre las respuestas consignadas en la hoja de examen por la persona participante y la calificación otorgada en la referida lista provisional. Durante ese mismo plazo se realizará el trámite de vista del expediente accediendo a la dirección web https://ws168.juntadeandalucia.es/vistasexpediente/.

La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web  https://lajunta.es/oepalegaciones.

Finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior la comisión de selección hará pública, en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista definitiva de personas, ordenada alfabéticamente, que han superado el ejercicio tras alcanzar las puntuaciones mínimas requeridas. La publicación de la lista definitiva servirá de respuesta a las alegaciones presentadas a la lista provisional y surtirá los efectos de notificación a efectos de impugnaciones y recursos. Asimismo, se hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista de personas aspirantes convocadas a la realización del segundo ejercicio, conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1.4 de la presente base.

2.2. Segundo ejercicio.

Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 90 minutos, un tema elegido por cada aspirante de entre dos extraídos al azar, de los comprendidos en el programa de materias específico del cuerpo y especialidad correspondiente al que hace referencia el apartado 6 de la base primera y que consta en el Anexo II de la presente resolución, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 15 puntos para superar la prueba.

El ejercicio será leído por cada aspirante en sesión pública ante la comisión de selección, valorándose los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará de conformidad con el orden alfabético que consta en el Anexo IV de la presente resolución.

Corregido el segundo ejercicio, la comisión de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista provisional de personas que superan el ejercicio, ordenada alfabéticamente.

Contra esta lista provisional podrán presentarse alegaciones de manera exclusivamente electrónica en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación. Durante ese mismo plazo se realizará el trámite de vista del expediente accediendo a la dirección web  https://ws168.juntadeandalucia.es/vistasexpediente/.

La presentación de las alegaciones se realizará accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepalegaciones.

Finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior la comisión de selección hará pública, en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista definitiva de personas que superan el ejercicio, ordenada alfabéticamente, que servirá de respuesta a las alegaciones presentadas a la lista provisional y surtirá los efectos de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, en la Sede Electrónica del Empleo Público y con una antelación mínima de diez días hábiles a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Realizado el segundo ejercicio, la comisión de selección publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público, con carácter previo al inicio de las lecturas por parte de las personas opositoras, las rúbricas correspondientes a los dos temas extraídos en el sorteo, las cuales no serán de aplicación ni tendrán carácter vinculante para convocatorias posteriores.

En dichas rúbricas se concretará la aplicación de los criterios de corrección, distribuyendo la comisión de selección la puntuación máxima de cada tema entre sus epígrafes, sin que el valor asignado a los distintos epígrafes tenga que ser el mismo.

3. Contra la lista definitiva de personas que superan cada ejercicio se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace

https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/REC_SGAP.

4. Los ejercicios se realizarán en Sevilla y el primer ejercicio no se celebrará antes del 1 de diciembre de 2026.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que se declare una situación de alerta sanitaria u otro acontecimiento extraordinario que imposibilitara la realización del ejercicio de forma centralizada, se procedería a descentralizar el proceso asignándole a la persona aspirante la provincia correspondiente al domicilio que haya señalado en su solicitud de participación. Si la persona participante no tuviera domicilio en Andalucía, el lugar de realización del primer ejercicio será Sevilla.

En virtud de la habilitación contenida en el artículo 2 de los decretos 275/2024, de  26 de diciembre y 214/2025, de 23 de diciembre, por los que se aprueban las Ofertas de Empleo Público para los años 2024 y 2025, respectivamente, los primeros ejercicios correspondientes a diferentes cuerpos, especialidades o categorías profesionales se podrán convocar el mismo día y hora, con el fin de garantizar los principios de agilidad y eficacia.

5. El lugar, fecha y hora del segundo ejercicio de la oposición se publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público.

6. Para cada ejercicio y su lectura se convocará a quienes se vayan a examinar en cada uno de los ejercicios en llamamiento único y se excluirá a quienes se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por inasistencia a la sede donde hayan sido convocadas, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 9 y 10 de la presente base.

Las personas aspirantes se identificarán en el momento del llamamiento mostrando su DNI, NIE, pasaporte o carnet de conducir vigentes. Asimismo, antes del inicio de cada ejercicio, y siempre que se estime conveniente durante su desarrollo, las personas que integren la comisión de selección y el personal ayudante o asesor comprobarán la identidad de las personas admitidas, mediante alguno de los documentos de identificación indicados.

Queda prohibida en todo caso la entrada al aula y puesto de examen con teléfono móvil o, en general, cualquier dispositivo electrónico conectado a datos, a excepción de los dispositivos que, por cuestión de salud, la persona requiera y comunique con carácter previo.

Las personas aspirantes deberán observar en todo momento las instrucciones de las personas integrantes de la comisión de selección o del personal ayudante o asesor, en orden al adecuado desarrollo de los ejercicios. La no sujeción a tales reglas o instrucciones, así como cualquier alteración en el normal desarrollo de las pruebas por parte de alguna persona aspirante quedará reflejada en el acta correspondiente, adoptando el órgano de selección la decisión correspondiente.

Durante la realización de los ejercicios quedan totalmente prohibidas las acciones fraudulentas dirigidas a la superación de los mismos y, en particular, el uso de dispositivos móviles o aparatos electrónicos conectados a datos, así como la comunicación entre personas opositoras y de estas con el exterior. Cuando se aprecie por el personal colaborador la realización por alguna persona aspirante de una conducta prohibida, se pondrán los hechos en conocimiento de la comisión de selección a fin de que esta determine lo procedente, debiendo reflejarse en el acta lo ocurrido. La comisión de selección, a la vista de la información y documentación recibida y después de realizar las comprobaciones que se estimen pertinentes, adoptará el acuerdo correspondiente. En caso de que la comisión estime acreditada la realización de la conducta prohibida, se acordará la exclusión definitiva de la persona afectada, anulándose el ejercicio realizado y considerándose que no se ha completado el proceso selectivo.

7. Finalizado el proceso de selección, el órgano de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la relación definitiva de personas aprobadas en la oposición por orden de puntuación. En ella constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y será elevada propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera al órgano competente en materia de Función Pública.

Contra la lista de personas aprobadas en la oposición podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace

https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/REC_SGAP.

8. La comisión de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6 de la base octava.

9. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas. La realización de las pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles desde el llamamiento previsto en la presente base de manera que no se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo realizarse las pruebas, en todo caso, antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

10. En el supuesto previsto en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan, considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.

Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.

1. La Dirección General competente en materia de función pública realizará, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y a título informativo en la Sede Electrónica del Empleo Público, la oferta de vacantes a las personas que hayan superado el proceso selectivo, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, debiendo ofertarse al menos el mismo número de plazas que personas seleccionadas, efectuando para ello previamente los ajustes en la plantilla presupuestaria que resultaren necesarios de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1.1. Las personas aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a esta, el cual será presentado de forma electrónica a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.

1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o asistencial correspondiente de la comunidad autónoma de Andalucía.

La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.

1.3. Si resultara necesario, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el cupo de personas con discapacidad. En este supuesto, las personas seleccionadas con discapacidad podrán optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el cupo de personas con discapacidad.

1.4. En el caso de que no se realicen ofertas de vacantes diferenciadas, las personas que hayan participado por el cupo de discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas, por motivos de dependencia de terceras personas para la vida diaria, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificada, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona con discapacidad.

2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas, y la documentación que se detalla en el apartado 3 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, los trámites de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos podrán sustituirse por un acto único, mediante comparecencias personales de quienes sean aspirantes en el lugar y fecha que se determine por la Administración o, en su caso, a distancia, a través de medios electrónicos, considerándose como válidos las videoconferencias y las audioconferencias, siempre que permitan garantizar, de conformidad con la legislación estatal de carácter básico en materia de procedimiento administrativo común, la identidad de las personas que participen en ellas.

Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las peticiones de destino se presentarán a través de la Sede Electrónica del Empleo Público conforme al modelo y procedimiento que se detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la presente base.

3. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior, la persona seleccionada habrá de adjuntar la siguiente documentación:

a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio con competencias en materia de Educación y Formación Profesional. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de personal funcionario del cuerpo y especialidad convocado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad.

d) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado en vigor, expedido por la consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes al cuerpo y especialidad a la que se aspira.

Cuando dicho certificado deba ser expedido por órgano competente de la Junta de Andalucía su presentación se sustituirá por la transmisión electrónica de datos del órgano que debe emitir dicho certificado, salvo oposición expresa de la persona interesada. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente el referido certificado de capacidad.

e) En el caso de que las personas aspirantes soliciten puestos de trabajo con la característica singular «Contacto habitual con Menores» deberán formular, la correspondiente declaración responsable de no haber sido condenadas por sentencia firme en los términos establecidos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, así como no manifestar su oposición a la consulta de sus datos contenidos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. De oponerse a la consulta, habrá de aportarse certificación negativa emitida por dicho órgano, que será presentada obligatoriamente utilizando medios electrónicos junto con la petición de destino.

4. Las personas aspirantes que tuvieran la condición de personal funcionario de carrera y quienes estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

5. Las personas seleccionadas que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

6. Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de personas aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión, o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los requisitos señalados en la base segunda de esta resolución, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá requerir, por una sola vez, a la comisión de selección relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las personas propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1 de la Ley 5/2023, de 7 de junio.

Novena. Nombramientos y asignación de destinos.

1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Director General de Recursos Humanos y Función Pública como órgano competente en materia de función pública nombrará personal funcionario de carrera a las personas que habiendo superado el proceso selectivo cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. La adjudicación se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. En la adjudicación de destinos se garantizará que las condiciones de la asignación de las plazas convocadas resulten adecuadas a las circunstancias de las personas con discapacidad que sean determinantes para posibilitar la efectiva ocupación del puesto. Las resoluciones de nombramiento deberán publicarse en el BOJA, y a título informativo en la Sede Electrónica del Empleo Público.

2. En el supuesto descrito en el apartado 6 de la base octava, de requerirse relación complementaria y existir personas candidatas para su propuesta, se publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público una relación provisional de personas aspirantes propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera.

Contra esta lista complementaria podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante la comisión de selección, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Durante ese mismo plazo se realizará el trámite de vista del expediente.

La presentación de alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web  https://lajunta.es/oepalegaciones.

Dichas alegaciones serán decididas en las relaciones definitivas de personas aprobadas.

La vista de expedientes se realizará accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepvistaexpediente.

Una vez resueltas las alegaciones presentadas, el órgano de selección publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público la relación definitiva de personas que aprueban el proceso selectivo por orden de puntuación. En ella constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición y será elevada con propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera al órgano competente en materia de función pública. Contra esta lista definitiva de personas aprobadas podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación del citado recurso  de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/REC_SGAP.

Décima. Cobertura de plazas adicionales.

De acuerdo con la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7 de junio, con el objeto de dar cobertura a las posibles plazas adicionales las que se refiere la base primera, apartado 2, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, una vez concluido el correspondiente proceso selectivo, incluida, en su caso, la lista complementaria, requerirá a la comisión de selección relación de personas aspirantes que, sin formar parte de la relación definitiva de personas que aprueban el proceso selectivo en su totalidad, hayan participado en el mismo y hayan superado los ejercicios de la oposición.

Undécima. Bolsa de personal funcionario interino.

La puntuación necesaria para integrar la bolsa de personal funcionario interino se determinará por la persona titular del Instituto Andaluz de Administración Pública, con anterioridad a la identificación nominal de las personas participantes en el proceso selectivo. En cualquier caso, para formar parte de la bolsa, se deberá de haber obtenido la calificación de apto en todas aquellas partes de ejercicios que así se valoren. La bolsa de personal interino derivado de este proceso quedará integrada por el número de aspirantes que corresponda, teniendo en cuenta, en su caso, el número de personas funcionarias interinas nombradas en el cuerpo y especialidad en los tres años anteriores a la publicación de esta convocatoria, y, en todo caso, al menos por el número de aspirantes que suponga el doble del número de plazas convocadas, incluyendo las adicionales de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7 de junio. Asimismo, la ordenación de la bolsa se regirá por los criterios de prelación y ordenación alfabética previstos en el Anexo IV de la presente convocatoria.

Esta puntuación, que en ningún caso será superior a la exigida en la base séptima de la presente convocatoria para la superación del primer ejercicio, se concretará en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes a nombramiento de personal funcionario interino.

Duodécima. Impugnaciones.

La presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la comisión de selección, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 6 de octubre de 2026.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

ANEXO I

Comisión de selección y titulaciones

I.A. CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD ENFERMERÍA

Código: A2.2007.

Titulación de acceso: Título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de enfermería.

Comisión de selección:

Presidente: Don Diego García Reyes.

Presidenta suplente: Doña María Carmen Rodríguez Camacho.

Secretaria: Doña Carmen García Rojo.

Secretario suplente: Don Juan José Navarro Ramírez.

Vocales:

Don Salvador Manuel Saiz Oria.

Doña Rosana Patrocinio Polo.

Don Jesús Álvarez Jiménez.

Vocales suplentes:

Doña Susana Rodríguez Gómez.

Doña María del Carmen González Montero.

Don José Antonio Cubero Parra.

Categoría: E.

I.B. CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA EN TOPOGRAFÍA

Código: A2.2009.

Titulación de acceso: Título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada.

Comisión de selección:

Presidente: Don Agustín Tomás de Villar Iglesias.

Presidenta suplente: Doña María Dolores Zamorano Páez.

Secretario: Don Francisco Javier Domínguez Murillo.

Secretaria suplente: Doña Mercedes Martín Sánchez.

Vocales:

Don Francisco Manuel Bascón Arroyo.

Doña Cristina Caturla Montero.

Doña María Ester Marín Pérez.

Vocales suplentes:

Don José Lázaro Amaro Mellado.

Don Enrique Monreal Martínez.

Don Eduardo Castilla Higuero.

Categoría: E.

I.C. CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD TRABAJO SOCIAL

Código: A2.2010.

Titulación de acceso: Título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Trabajo Social.

Comisión de selección:

Presidenta: Doña Silvia María Vila Quiñones.

Presidente suplente: Don José Ramón González de Rueda Ruiz.

Secretaria: Doña María Ramos Marcelino.

Secretario suplente: Don Miguel Ángel Huete Torres.

Vocales:

Don Jaime Rengel Oliva.

Don Enrique Ramos Tello.

Doña María Teresa Ponce Moreno.

Vocales suplentes:

Doña Laura Fernández López.

Doña Lidia Humanes Carrasco.

Doña Cristina Aguera García.

Categoría: D.

I.D. CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD TURISMO

Código: A2.2017.

Titulación de acceso: Títulos universitarios oficiales de Grado en el ámbito del conocimiento en ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo, de acuerdo con la normativa vigente, o Diplomatura en Turismo.

Comisión de selección:

Presidente: Don Pablo López Casado.

Presidenta suplente: Doña Ana María Toucedo Rodríguez.

Secretaria: Don Ramón Carrión Sánchez.

Secretaria suplente: Doña María Gracia Suárez Arenal.

Vocales:

Don Francisco José Sánchez Gómez.

Doña Irina Soriano Hidalgo.

Doña María Cristina Gómez Jiménez.

Vocales suplentes:

Doña Inmaculada Alpresa Diánez.

Don Juan Manuel Carmona Hernández.

Don José Manuel Moreno Serrano.

Categoría: E.

I.E. CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD EDUCACIÓN SOCIAL

Código: A2.2018

Titulación de acceso: Títulos universitarios oficiales de Grado en el ámbito del conocimiento de ciencias de la educación, de acuerdo con la normativa vigente, o Diplomatura en Educación Social.

Comisión de selección:

Presidenta: Doña María Elena Serradilla Buitrago.

Presidente suplente: Don Alfonso Laínez Castillo.

Secretario: Don Pedro Díaz Menacho.

Secretario suplente: Don Manuel Trinidad Araujo.

Vocales:

Doña María del Mar Márquez Espinos.

Don José Joaquín Real Heredia.

Doña Miriam Ríos Macías.

Vocales suplentes:

Don Iván Bernal Gónzalez.

Doña Guadalupe Sánchez Talaván.

Doña Lorena María Ramírez Ortiz.

Categoría: E.

ANEXO II

Programa de materias

II.1. PROGRAMA DE MATERIAS COMÚN A TODAS LAS ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS TÉCNICOS FACULTATIVOS

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. Garantías y casos de suspensión. El procedimiento de reforma constitucional.

Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización territorial del Estado en la Constitución Española. Las Comunidades Autónomas: Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas.

Tema 4. La Administración Local: regulación constitucional. Tipología de los entes locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El municipio: organización y competencias. La provincia: organización y competencias. Las relaciones entre la Comunidad Autónoma Andaluza y las Diputaciones provinciales.

Tema 5. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.

Tema 6. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (I): El Parlamento de Andalucía. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo de Andalucía. La Cámara de Cuentas de Andalucía. La Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.

Tema 7. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (II): La Presidencia de la Junta de Andalucía: Elección, estatuto personal y funciones. El Consejo de Gobierno: Composición, carácter, atribuciones y funcionamiento. Las Comisiones Delegadas y la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras. El Consejo Consultivo de Andalucía: Naturaleza, composición y funciones.

Tema 8. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Principios de organización, actuación y atención ciudadana. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales, Secretarios Generales Técnicos y órganos análogos. La organización central y territorial de la Administración de la Junta de Andalucía. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tema 9. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de la Unión Europea. Las instituciones de la Unión Europea. La representación de la Junta de Andalucía ante la Unión Europea. El Derecho de la UE y sus distintos tipos de fuentes.

Tema 10. Las libertades fundamentales del mercado interior: libre circulación de trabajadores, libre circulación de mercancías, libre circulación de capitales, libre prestación de servicios y libertad de establecimiento. Las principales políticas comunes, con especial referencia a la política regional de la Unión Europea: Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. El presupuesto de la Unión Europea.

Tema 11. La Administración Pública: concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho: El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Autonomía del derecho Administrativo. Criterios de aplicación.

Tema 12. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clasificación. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamento, titularidad y límites. Procedimiento de elaboración de los Reglamentos. Fuentes subsidiarias e indirectas del Derecho Administrativo.

Tema 13. Los órganos administrativos: Concepto y clases. La competencia: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación. La eficacia de los actos administrativos: la notificación y la publicación. El silencio administrativo: naturaleza y régimen jurídico. Su regulación en la Comunidad Autónoma. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos. La inderogabilidad singular del reglamento.

Tema 14. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Los principios generales. Abstención y recusación. Los interesados. Derechos del interesado en el procedimiento. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Las fases del procedimiento.

Tema 15. La revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. Actos que agotan la vía administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

Tema 16. Los contratos de la Administración: objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Calificación de los contratos. El órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Régimen de invalidez. Adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 17. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Competencias de la Junta de Andalucía. El procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. La potestad sancionadora de la Administración Pública: principios y procedimiento para su ejercicio.

Tema 18. La expropiación forzosa: regulación constitucional. Competencias de la Junta de Andalucía. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.

Tema 19. La actividad subvencionadora de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias. Concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. Órganos competentes. El procedimiento de concesión y pago de las subvenciones. Justificación. Reintegro. Control financiero de las subvenciones. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones. La Base de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 20. Regulación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. Normas constitucionales. Carácter de la legislación estatal. La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía: Estructura y contenido. Clases de personal al servicio de la Junta de Andalucía. El personal funcionario: Provisión de puestos, carrera profesional, situaciones administrativas, régimen de incompatibilidades. Normas reguladoras del personal laboral. Contenido general del Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía.

Tema 21. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Concepto y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. El procedimiento general de ejecución del gasto público. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Tipos de control.

Tema 22. Los sistemas informáticos: Conceptos, componentes y funcionamiento general. Tipos de arquitecturas. Niveles de arquitectura informática. Tendencias actuales de arquitectura informática para organizaciones complejas. Los procesos cooperativos y la arquitectura cliente-servidor. Referencia a la arquitectura de la Junta de Andalucía.

Tema 23. Los sistemas operativos. Los sistemas de gestión de bases de datos. Tipología de los sistemas de información. Sistemas de ayuda a la toma de decisiones, sistemas de trabajo en grupo, sistemas de tratamiento, almacenamiento y archivo de documentos, sistemas para tratamiento estadísticos, sistemas inteligentes, correo electrónico e internet. Concreción de los sistemas adoptados por la Junta de Andalucía.

Tema 24. La Administración Electrónica. Gestión de procesos administrativos y simplificación. Las tecnologías de la información y las comunicaciones. La información y los derechos de las personas. Régimen jurídico. El ciudadano en sus relaciones con la administración electrónica. Seguridad, privacidad y ciudadanía digital.

Tema 25. Las Administraciones Públicas en su entorno y las políticas públicas. La evaluación de las políticas públicas. La ciudadanía en el centro de la actividad pública y el interés general. La calidad y la atención a la ciudadanía. Evaluación de la calidad de los servicios. Las cartas de servicios. Iniciativas en Andalucía.

Tema 26. El régimen jurídico de la protección de los datos de carácter personal. Normativa europea y nacional.

Tema 27. Transparencia y Gobierno Abierto. Colaboración y Participación Ciudadana. La Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Derechos y Obligaciones. Publicidad Activa. El Derecho de Acceso a la Información Pública. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

Tema 28. Prevención de riesgos laborales. Normativa estatal de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones; Consulta y participación de los trabajadores. Organización de la prevención de riesgos laborales en la Administración de la Junta de Andalucía.

Tema 29. Conceptos generales: género, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación por razón de sexo: discriminación directa e indirecta, discriminación salarial. Acoso por razón de sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre mujeres y hombres igualdad de derechos, de trato y de oportunidades. Transversalidad de género. Concepto de mainstreaming: enfoque integrado de género en las políticas públicas.

Tema 30. Normativa sobre igualdad. La igualdad de género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Normativa para la promoción de la igualdad de género y para la prevención y protección integral contra la violencia de género en Andalucía. La unidad de igualdad y género: funciones. Pertinencia e impacto de género en la normativa: conceptos y objetivos. Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos Públicos de la Comunidad Autónoma: objeto y competencias. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia hacia las mujeres. Prevención y protección integral. Recursos y programas específicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

II.A. PROGRAMA DE MATERIAS ESPECÍFICO DEL CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO, ESPECIALIDAD. ENFERMERÍA (A2.2007)

Tema 1. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad: Derecho a la protección de la Salud. Principios generales. Competencias de las Administraciones Públicas. Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía: disposiciones generales. Derechos y obligaciones de los ciudadanos con respecto a los servicios de salud. Efectividad de los derechos y deberes. De las administraciones públicas.

Tema 2. La Ley de Salud Pública de Andalucía: Objeto. Ámbito. Definiciones. Fines. Principios rectores y marco de actuación. Derechos y obligaciones con relación a la Salud Pública. La Ley General de Salud Pública: Sanidad exterior y salud internacional. Sistema de Información en Salud Pública.

Tema 3. Estructura orgánica de la Consejería con competencias en Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

Tema 4. Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.

Tema 5. El Reglamento de los Servicios de Prevención: Disposiciones generales. Integración de la actividad preventiva en la empresa. El plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Organización de recursos para las actividades preventivas. Estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tema 6. La prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Sanidad, características, requisitos y aportación del usuario. Modelos oficiales de recetas. Oficinas de farmacia. Botiquines. Los servicios farmacéuticos hospitalarios. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 7. Plan Andaluz de Salud. Compromisos.

Tema 8. El Contrato-Programa. Consejería con competencias en materia de Salud. Servicio Andaluz de Salud. Empresas Públicas del Sistema Sanitario Público de Andalucía. El Contrato Programa con los Hospitales, los Distritos de Atención Primaria, las Áreas de Gestión Sanitaria y las Agencias de Empresas Públicas.

Tema 9. Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. El derecho de información sanitaria; el derecho a la intimidad; el respeto de la autonomía del paciente; la historia clínica, su estructura. El consentimiento informado.

Tema 10. Demografía sanitaria. Fuentes de información e indicadores demográficos. Análisis de datos. Indicadores de salud: clasificación y utilidad. Análisis de las necesidades de salud. Indicadores demográficos: mortalidad, morbilidad, prevalencia, incidencia. Definición de Calidad de Vida relacionada con la Salud (CVRS).

Tema 11. Los sistemas de clasificación y codificación sanitaria. El Conjunto Mínimo Básico de Datos de Andalucía (CMBDA). La clasificación Internacional de enfermedades de la OMS (CIE). Los GRDs y APGs. El coste hospitalario y su contabilidad.

Tema 12. Estadística descriptiva. Tipos de distribución y parámetros que la definen. Estadística inferencial: intervalos de confianza. Fundamentos de la Investigación cuantitativa. Bioestadística. Tipos de variables, medidas de una distribución de frecuencias, distribución normal, inferencia estadística, contraste de hipótesis, cálculo de probabilidades, población y técnicas de muestreo. Odds-Ratio. NN T y NN D. Niveles de significación y confianza.

Tema 13. Vigilancia de la Salud. Sistema de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad Autónoma de Andalucía y relación de Enfermedades de Declaración Obligatoria.

Tema 14. Enfermería de prácticas avanzadas.

Tema 15. Modelo de Gestión de Casos en enfermería. Competencias.

Tema 16. Calendario de vacunaciones en la infancia y adolescencia en Andalucía. Programa de vacunación en grupos de riesgo frente a hepatitis A y B. Recomendaciones de vacunación antigripal en Andalucía. Programa de vacunación frente al VPH en grupos de riesgo.

Tema 17. Estrategia de cuidados de Andalucía (PiCuida). Proyectos Estratégicos: Objetivos y Acciones.

Tema 18. Programa de detección precoz del cáncer de mama. Cribado del cáncer colorrectal en Andalucía.

Tema 19. Red de cuidados paliativos de Andalucía.

Tema 20. Ordenación administrativa y funcional de los servicios de Salud Mental en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

Tema 21. III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones (2016-2021). Líneas prioritarias. Principios rectores. Plan Integral de Tabaquismo de Andalucía. Objetivos. Promoción y prevención. Situaciones de especial atención.

Tema 22. Determinantes de salud. Determinantes sociales. Activos de salud.

Tema 23. Estrategia «Al Lado» ideas claves. Censo de asociaciones de salud. Escuela de pacientes.

Tema 24. Abordaje de la cronicidad en pacientes pluripatológicos.

Tema 25. Protocolo del código Ictus.

Tema 26. Envejecimiento activo. Examen para mayores de 65 años. Plataforma de envejecimiento saludable «En buena edad».

Tema 27. Estrategia del Alzheimer en Andalucía.

Tema 28. Planificación Anticipada de Decisiones. Registro de Voluntades Vitales Anticipadas. Derechos, garantías y dignidad de la persona en el proceso de muerte.

Tema 29. Especialidades de enfermería.

Tema 30. Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Profesionales.

Tema 31. Estrategia de Bioética del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Bioética y profesionales. Estrategia de seguridad del paciente. Áreas claves.

Tema 32. Enfermería Basada en la Evidencia. Niveles de evidencia y grados de recomendación. Bases de datos bibliográficas. Instrumentos de la evidencia científica. Guías de Práctica Clínica.

Tema 33. Metodología de investigación. Investigación primaria y secundaria. Investigación cualitativa y cuantitativa. Diseños de investigación.

Tema 34. Consumo. Reclamación, mediación y arbitraje. Junta arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Consejo Andaluz de Consumo.

Tema 35. Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria en la Violencia de Género.

Tema 36. Registro de Mediación Familiar. Registro de Parejas de Hecho. Familias numerosas y ayudas por partos múltiples. Familias Retornadas. Web de Familias de Andalucía.

Tema 37. Enfermería en centros educativos. Programas de hábitos saludables.

Tema 38. Plan Integral de Obesidad Infantil de Andalucía. Protocolo de atención al sobrepeso y la obesidad infantil en atención primaria de salud. Intervención individual.

Tema 39. Modelo de Desarrollo Profesional de Andalucía. Acreditación de Competencias Profesionales.

Tema 40. Innovación en Salud. Modelos y Tipos (productos, servicios y procesos). Acción de innovar (Fases de la innovación).

II.B. PROGRAMA DE MATERIAS ESPECÍFICO DEL CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA EN TOPOGRAFÍA (A2.2009)

Tema 1. El modelo geodésico terrestre. El elipsoide de revolución. Coordenadas geodésicas espaciales. Geometría diferencial del elipsoide: latitudes y curvaturas del elipsoide. Problemas directo e inverso de la Geodesia. Convergencia de meridianos.

Tema 2. Coordenadas cartesianas, geodésicas, en una proyección. Coordenadas globales y coordenadas locales. Conversión de coordenadas. El geoide como superficie de referencia altimétrica. Nivel medio del Mar. Altitudes. Conversión de altitudes. Datum horizontal y datum vertical. Cambio de datum.

Tema 3. Sistemas y marcos de referencia. Principales conceptos: CRS, CRF, TRS, TRF, ICRF, ITRS, ITRF. Transformación entre marcos. ETRS89 y RTRFyy. WGS84 y sus realizaciones. Redes Geodésicas. Definición. Tipos. Redes nacionales. Red española de nivelación de alta precisión.

Tema 4. Representación del elipsoide en plano, proyecciones cartográficas. La retícula geográfica, ecuaciones. Transformación de elementos diferenciales, concepto de escala, deformación angular y acimutal. Distorsión por curvatura de las líneas geodésicas en la proyección y su corrección. Clasificación de las proyecciones atendiendo a las deformaciones.

Tema 5. Proyecciones cilíndricas y pseudocilíndricas. Proyecciones cilíndricas conformes directa y transversa. Proyección Mercator. Proyección cilíndrica transversa de Gauss-Krüger y UTM: características, desarrollo, convergencia y deformaciones. La proyección cónica conforme de Lambert.

Tema 6. Sistemas de Geodesia y Topografía espacial. Sistemas GNSS: GPS, GLONASS, EGNOS, Galileo y Beidou. Sistemas de corrección diferencial y de aumentación. Las observaciones. Combinación de datos. Calidad y bondad de las observaciones. Fuentes de error. Métodos de posicionamiento. Procesamiento de datos. La Red Andaluza de Posicionamiento.

Tema 7. Medida de ángulos y distancias en Topografía: instrumentos, errores. Métodos de observación. Reducción de las medidas. Calibración y contrastación de instrumentos. Corrección y reducción de medidas.

Tema 8. Redes Topográficas: triangulación y trilateración. Intersección directa. Intersección inversa. Intersección mixta. Cálculo y compensación. Proyecto y observación de redes topográficas. Poligonación y radiación: observación, cálculo y compensación de poligonales. Tolerancias y errores de cierre. Método de radiación.

Tema 9. Nivelación trigonométrica. Nivelación geométrica: métodos de observación, correcciones, errores y tolerancias; compensaciones. Ajuste de itinerarios, determinación de alturas con técnicas GNSS e integración con métodos clásicos.

Tema 10. Levantamientos topográficos: red básica y de detalle. Elección de métodos e instrumentos según precisión, escala y extensión. Levantamientos batimétricos.

Tema 11. Levantamientos topográficos con GNSS: medición de código y fase. Instrumentación. Métodos de medida: estáticos y cinemáticos; cálculo en posproceso y tiempo real. Transformación de coordenadas.

Tema 12. Fundamentos de fotogrametría. Definiciones. Método general: proyección central en el espacio y haces perspectivos. La foto como imagen perspectiva. Concepto y parámetros de la orientación interna y externa.

Tema 13. El vuelo fotogramétrico: parámetros del plan de vuelo. Falta de verticalidad. Deriva. Movimientos de la imagen. Vuelo asistido con GNSS y vuelo con sistema GPS/INS.

Tema 14. Métodos de transformación entre sistemas geodésicos de referencia clásicos y geocéntricos. Transformación de cinco y siete parámetros. Concepto de eliminación de la distorsión de la red.

Tema 15. Fotogrametría aérea digital. Cámaras digitales, escáneres fotogramétricos y otros sensores aereotransportados. Características y procesamiento de imágenes digitales. Correlación de imagen: principios y metodología. Aerotriangulación digital. Control terrestre. Procesos de restitución. Procesos de ortorrectificación.

Tema 16. Modelos digitales del terreno: características. Obtención por técnicas fotogramétricas digitales. Estrategias: geometría epipolar, relación jerárquica de imágenes y redundancia. Precisión y control de calidad de los MDT. Corrección y edición interactiva. Obtención de curvas de nivel.

Tema 17. Ortofoto digital: concepto y fundamentos matemáticos. Calidad y precisión de la ortofoto. Modelos Digitales de Superficie. Ortofotos verdaderas. Edición y mosaico de ortofotos.

Tema 18. Fundamentos del sensor LIDAR. Concepto de rango de penetración y múltiples retornos. Sensores y plataformas. Principio del LIDAR aerotransportado. Calibración y tratamientos de datos LIDAR. Utilización del LIDAR en la obtención de MDT y MDS. Modelos en 3D. Otras aplicaciones.

Tema 19. Teledetección y sistemas de tratamiento digital de imágenes. Plataformas y sensores. Satélites de observación de la tierra. Imágenes hiperespectrales. Fundamentos físicos de la teledetección.

Tema 20. Corrección geométrica de imágenes de satélite: modelo polinomial, modelo paramétrico, «Rational polinomial coefficients». Remuestreo. Ajuste en bloque de imágenes de satélite. Aplicaciones topográficas. Equilibrado radiométrico y mosaicado. Obtención de MDE por correlación automática de imágenes. Sensores de alta resolución para cartografía. Cartografía de imágenes: ortoimágenes. Actualización de cartografía.

Tema 21. Definición de cartografía y mapas. Mapas: función, características básicas; tipos según escala, según adquisición de los datos (básica y derivada), según función, según tema. Conceptos de cartografía: enfoques geométrico, tecnológico, de presentación, artístico y de comunicación. Fases del proceso cartográfico y su relación con los enfoques citados.

Tema 22. Sistemas de producción cartográfica: definiciones y objetivos. La cartografía como Sistema de Información. Sistema cartográfico de representación: diseño, redacción, semiología gráfica, color, técnicas cartográficas, reproducción y explotación. Fases generales del sistema de producción cartográfica.

Tema 23. Plan de calidad en cartografía. Definición. Calidad de producto y procesos. Modelos de calidad (definición de la calidad). Control de calidad (comprobación de la calidad). Mejora de la calidad (gestión de la calidad).

Tema 24. Producción de Bases de Datos de Información Geográfica: Especificaciones de producto de datos. Normas ISO 19100. Otros organismos de normalización. El Open Geospatial Consortium. Especificaciones de interoperabilidad. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Catálogo de Estándares.

Tema 25. Sistemas de Información Geográfica. Definición y componentes. Tipos. Aplicaciones. Modelo vectorial: espagueti, topología, modelos de red, topología completa, primitivas geométricas; modelo ráster: Métodos de compresión. Ventajas e inconvenientes de los modelos vector/ráster. Orientación a objeto.

Tema 26. Fuentes de información, compilación e integración de Información. Tratamiento y armonización de los datos. Captura de datos: Métodos de captura: Digitalización, Fotogrametría. GPS. Trabajo de campo. Importación de datos. Geocodificación. Captura de atributos.

Tema 27. Edición de datos. Corrección de errores. Métodos de indexación espacial. Explotación de los datos. Actualización. Productos derivados. Generalización.

Tema 28. Calidad de datos. Fuentes de error. Descripción de la calidad. Métodos estadísticos de determinación de la calidad. Calidad de procesos.

Tema 29. Análisis vectorial. Análisis de redes. Teoría de grafos. Camino mínimo, problema del viajante. Análisis de polígonos.

Tema 30. Análisis Ráster: Autocorrelación espacial, reclasificación y superposición de información geográfica.

Tema 31. Modelado de datos. Definición y objetivos. UML. Diagrama de clases. Clases, atributos y relaciones. Herencia, composición, agregación y asociaciones lógicas. Estereotipos y tipos de datos de usuario.

Tema 32. Infraestructura de Datos Espaciales. Definición y componentes. Arquitectura de una IDE. Nodo y geoportal. Interoperabilidad. Directiva INSPIRE y la LISIGE. IdeAndalucía. Geoportales de la Junta de Andalucía.

Tema 33. Servicios web de mapas (WMS, WMST), de catálogo (CSW), de descarga de objetos (WFS) y de conjunto de datos (ATOM). Operaciones y parámetros. Servicios INSPIRE.

Tema 34. Definición de metadatos. Normas ISO/TC 211 de metadatos. Metadatos INSPIRE. El núcleo español de metadatos.

Tema 35. Lenguajes de programación. Tipos de lenguajes. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes globales. HTML y XML. GML .

Tema 36. Almacenamiento Estructurado. Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Bases de datos de Información topográfica de Andalucía. La BCA y el MTA. Descripción general del producto y características principales. Modelos de datos. Procesos de producción. Publicación y difusión.

Tema 37. Otras bases de datos de información geográfica de Andalucía: DERA, CDAU, NGA.

Tema 38. Bases Topográficas Nacionales. Mapas Topográficos Nacionales. Modelos de datos. Procesos de producción. Publicación y difusión. Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional. Sistema Geodésico de Referencia. Cartografía catastral.

Tema 39. Delimitación municipal en Andalucía. Legislación estatal y autonómica aplicable. Actas de deslinde. Replanteo de mojones y líneas de término. Expediente de deslinde. Modificaciones de líneas límite.

Tema 40. La Cartografía en España y Andalucía. Normativa. Las competencias en cartografía y la coordinación interadministrativa. El valor normativo de la cartografía. Sistema cartográfico nacional. El Consejo Superior Geográfico. El Registro central de Cartografía. Actividades cartográficas en las Comunidades Autónomas. La cartografía en Andalucía. El Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía. La Planificación Cartográfica.

II.C. PROGRAMA DE MATERIAS ESPECÍFICO DEL CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD TRABAJO SOCIAL (A2.2010)

Tema 1. Los Servicios Sociales en España. Noción constitucional de asistencia social y servicios sociales. Competencias institucionales de las Comunidades Autónomas y del Estado en materia de servicios sociales.

Tema 2. Los Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma. Marco Jurídico y Planificación estratégica. Consejería competente en materia de Servicios Sociales. Competencias y Funciones. La financiación de los Servicios Sociales. Los Consejos de Servicios Sociales. Estructuras de organización y coordinación.

Tema 3. La ley 9/2016, de 27 de diciembre, de servicios sociales de Andalucía. Régimen jurídico y desarrollo normativo. Titulares del derecho a los servicios sociales. Objetivos de la política de servicios sociales en Andalucía. El derecho subjetivo a los servicios sociales. Derechos de la ciudadanía en relación a los servicios sociales. Derechos y obligaciones de las personas usuarias.

Tema 4. Ley reguladora de las Bases de Régimen Local. Nuevas Competencias Municipales. Situación actual. Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Personas en situación de riesgo. Delegación de competencias en Servicios Sociales.

Tema 5. Los Servicios Sociales Comunitarios. Funciones. Equipos Profesionales. Profesional de Referencia. Los Servicios Sociales Especializados. Funciones. Equipos Profesionales. Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía.

Tema 6. Conceptos básicos para el Trabajo Social. Acción Social, Bienestar Social, Política Social, Servicios Sociales, Sociedad del Bienestar, Trabajo Social. Teorías contemporáneas del Trabajo Social. Modelos de práctica profesional. Corrientes profesionales del trabajo social.

Tema 7. La investigación e innovación en servicios sociales. Diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los Servicios Sociales. Plan de Investigación e Innovación en Servicios Sociales de Andalucía.

Tema 8. El proceso de intervención en la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de servicios sociales de Andalucía. El Proyecto de intervención social (PRISO). La historia social y el sistema CoheSSiona: bases jurídicas para el tratamiento de datos. Régimen jurídico y obligaciones legales de la Historia Social Única electrónica de Andalucía y accesos a la información. El Decreto 58/2022, de 27 de abril, por el que se regula la estructura, uso, acceso, alcance y funciones del sistema CoheSSiona, por el que se implementa la Historia Social Única Electrónica de Andalucía, y se crea el sistema ProgreSSa para la gestión de los Servicios Sociales comunitarios de Andalucía.

Tema 9. La ética aplicada a la intervención social. La ética y los servicios sociales en la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de servicios sociales de Andalucía. La estrategia de ética de los servicios sociales de Andalucía. El secreto profesional. Conflictos y deliberación ética en la práctica profesional. Código deontológico.

Tema 10. Política Social Europea. Estrategia europea 2020: objetivos en el ámbito del empleo y en la lucha contra la pobreza y exclusión social. Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social. Instrumentos de financiación de la Unión Europea.

Tema 11. El Sistema de Seguridad Social en España. Prestaciones Sociales y niveles de protección. Normativa en materia de Seguridad Social. Fondo de reserva de la Seguridad Social.

Tema 12. Concepto de salud y sus determinantes. Los factores de salud que puedan generar problemas de salud. Las desigualdades en salud. Salud Pública. La coordinación entre los dispositivos sanitarios y de servicios sociales para la atención integral del enfermo.

Tema 13. Sistema Nacional de Salud: Organización y Prestaciones. Competencias de las Administraciones Públicas en materia sanitaria. Plan Andaluz de Salud. Ley de Salud Pública de Andalucía: Políticas de protección y promoción de la Salud.

Tema 14. Ley Orgánica de Educación. Implantación en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Protocolos de actuación en supuestos de acoso escolar, en casos de maltrato infantil, ante casos de violencia de género en el ámbito educativo, en caso de agresión al profesorado o personal no docente y sobre identidad de género. Comisión de Absentismo Escolar.

Tema 15. Concepto de Calidad de vida, según la OMS y Schalock. Calidad de vida individual y gestión de Calidad de los procesos en los Servicios Sociales. Certificación de Servicios Sociales y Acreditación de las Administraciones Públicas.

Tema 16. Las instituciones residenciales como instrumentos para la atención a situaciones sociales. Criterios científicos y valores sociales de las instituciones residenciales como instrumentos de apoyo a la familia. La calidad de vida en los centros residenciales. La intervención del trabajador social en entornos institucionalizadores.

Tema 17. La Atención sociosanitaria. Fundamentos y retos de la atención sociosanitaria. Unidades funcionales, servicios y programas de atención sociosanitaria. Alternativas para la atención sociosanitaria a agudos y cuidados continuados.

Tema 18. El reto social ante la dependencia. Marco conceptual. Desarrollo de sistemas de atención para la dependencia en Europa. Situación actual en España y Andalucía. Demanda potencial, principales colectivos e impactos de la dependencia. Modelos de oferta de servicios. Financiación de la dependencia.

Tema 19. Concepto de Violencia y Tipología. Violencia de género y familiar. Violencia juvenil, violencia escolar y filioparental. Trata de personas. Violencia contra las minorías. Educación en valores.

Tema 20. Gestión de organizaciones. Creación y gestión social de organizaciones: Liderazgo, toma de decisiones y técnicas de dirección empresarial. Planificación estratégica. Organización inteligente. Desarrollo organizacional basado en el aprendizaje. Concepto de inteligencia emocional.

Tema 21. Voluntariado y acción social no gubernamental (I). Concepto de la acción voluntaria. Definición, ámbito de actuación, derechos y deberes. Papel de las organizaciones voluntarias en el desarrollo de servicios sociales. Órganos de participación del Voluntariado. Papel del trabajador/a social en la Iniciativa Social y el Voluntariado.

Tema 22. Voluntariado y acción social no gubernamental (II). Legislación y marco institucional. Organizaciones voluntarias y tercer sector: Asociaciones y Fundaciones. El Registro de Entidades y Centros de servicios sociales que prestan servicios en Andalucía. Financiación de las Entidades sociales: Subvenciones y conciertos.

Tema 23. La exclusión social (I). Concepto de pobreza, desigualdad y exclusión social. Los procesos de empobrecimiento. Impacto del fenómeno de la globalización. El concepto de rentas mínimas y la inserción social: Características generales. El fenómeno del sinhogarismo: estrategias de intervención a nivel europeo, estatal y andaluz en el ámbito de las personas sin hogar. La intervención del trabajador/a social ante la pobreza y la exclusión.

Tema 24. La exclusión social (II). Estrategias de lucha. El contexto europeo. Legislación Estatal. La renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Plan de Inclusión y/o inserción sociolaboral. Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social. Intervención en Zonas desfavorecidas (ERACIS).

Tema 25. La familia (I). Modelos familiares en la sociedad actual. Las familias con factores de riesgo. La familia multiproblemática. Redes de apoyo formales e informales. La mediación familiar en los servicios sociales. La mediación y el arbitraje. Servicios de mediación familiar.

Tema 26. La familia (II). Legislación y marco institucional. Políticas de Prevención y apoyo a las familias en las distintas Administraciones. Planes de prevención y apoyo a las familias. Ámbito europeo, estatal y autonómico.

Tema 27. Infancia y Familias. Legislación Estatal y Autonómica. Derechos y Deberes de los menores. Menores en conflicto social.

Tema 28. Infancia y Adolescencia. Competencias en el Ámbito Local. Intervención en el medio. Declaración de la situación de riesgo. Intervención de los Servicios Sociales Comunitarios. Programa de Tratamiento Familiar en la Comunidad Autónoma Andaluza. Competencia y Legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 29. Infancia y Adolescencia (II). Separación del menor de su medio familiar. Concepto Desamparo, Tutela y Guarda. Acogimiento Residencial y Acogimiento Familiar. La infancia y adolescencia en el sistema de reforma. Justicia Juvenil. Normativa reguladora. Competencias de la justicia juvenil en Andalucía. Medidas que pueden imponer los jueces de menores.

Tema 30. Mujer. Servicio de Información. Detección, Atención y acompañamiento de la mujer víctima de violencia de género. Instituto Andaluz de la Mujer: recursos. Mujeres, menores de edad, víctimas de violencia de género. Coeducación.

Tema 31. Los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía. Marco normativo. Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI. Medidas para garantizar la igualdad real y efectiva y no discriminación por causas de orientación sexual, identidad sexual o expresión de género. Infracciones y Sanciones.

Tema 32. Personas Mayores (I). Teoría sobre el envejecimiento. Aspectos demográficos, psicológicos y sociales del envejecimiento. La intervención del Trabajador/a Social en la coordinación de servicios y recursos para atención/bienestar de anciano. Niveles de intervención.

Tema 33. Personas mayores (II). Legislación y marco institucional. Competencias de la Administración Central, Autonómica y Local. Nuevos retos ante la longevidad creciente.

Tema 34. Personas con discapacidad (I). Conceptos básicos. Necesidades y apoyos a las personas con discapacidad a lo largo del ciclo vital. La integración y normalización. Trabajo interdisciplinar en los servicios para las personas con discapacidad.

Tema 35. Personas con discapacidad (II). Legislación y marco institucional. Competencias de la Administración Central. Autonómica y Local: Objetivos y recursos. Servicios y prestaciones.

Tema 36. Minorías étnicas (I). Concepto de etnia. Etnicidad. Los derechos de las minorías étnicas. El derecho a la diversidad. Impacto social de las minorías étnicas como consecuencia de la emigración. La etnia gitana. El trabajador/a social en la atención a las minorías.

Tema 37. Minorías étnicas (II). Legislación y marco institucional. Marco estratégico de la UE para la igualdad, la inclusión y la participación de los gitanos. Estrategia Nacional para la Población Gitana. Plan Integral para la Inclusión de la Comunidad Gitana de Andalucía. El Consejo Andaluz del Pueblo Gitano. Intervención de las Entidades Locales en la atención a las minorías étnicas.

Tema 38. Movimientos migratorios. Planteamientos teóricos y metodológicos. Los procesos migratorios. Migraciones y clase social. La población inmigrante con necesidad de intervención social. Población inmigrante regularizada y población inmigrante indocumentada: Necesidades. El/la trabajador/a social en esta área. Legislación estatal y autonómica. Políticas migratorias en Europa. Situación actual. Papel de la iniciativa social. Recursos e integración multicultural.

Tema 39. Drogas y otras adicciones. Drogas legales e ilegales. Adicciones sin sustancias. Aspectos sanitarios, sociales y educativos. Prevención, atención e incorporación social. Papel del trabajador/a social en las actuaciones intersectoriales. Legislación y marco institucional. Competencias de la Administración Central y Autonómica. Plan Andaluz sobre las Drogas. Marco de colaboración con las Corporaciones Locales.

Tema 40. Convocatorias de Subvenciones. Tipología de subvenciones en materia de Servicios Sociales en la Junta de Andalucía. Bases Reguladoras, líneas, requisitos y procedimientos.

II.D. PROGRAMA DE MATERIAS ESPECÍFICO DEL CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD TURISMO (A2.2017)

Tema 1. La Ley del Turismo de Andalucía.

Tema 2. Estructura orgánica de la Consejería con competencias en materia de turismo. Delegación de competencias. Entidades instrumentales adscritas.

Tema 3. La concertación en materia turística en Andalucía. El Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía y su incidencia en el turismo. La Mesa del Turismo. El Consejo Andaluz del Turismo. Turismo y gobernanza. Fórmulas de participación del sector público-privado en los entes de gestión turística.

Tema 4. Planificación y ordenación de los recursos turísticos en Andalucía: Objetivos generales. Instrumentos y programas de planificación turística. El Plan General del Turismo.

Tema 5. Los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía. Planes Turísticos de Grandes Ciudades aprobados.

Tema 6. La figura del Municipio Turístico de Andalucía. Municipios Turísticos declarados en Andalucía.

Tema 7. La Empresa Pública de Turismo de Andalucía. Organización y funciones. La promoción turística de Andalucía a través de los instrumentos de planificación.

Tema 8. Las Declaraciones de Interés Turístico de Andalucía. Fiestas de Interés Turístico Nacional e Internacional. Los Premios Andalucía del Turismo.

Tema 9. La ordenación de la oferta turística en Andalucía: Servicios turísticos y actividades con incidencia en el ámbito turístico. El Registro de Turismo de Andalucía.

Tema 10. Los establecimientos de alojamiento turístico en Andalucía I: Los establecimientos hoteleros.

Tema 11. Los establecimientos de alojamiento turístico en Andalucía II: Los de apartamentos turísticos.

Tema 12. Los establecimientos de alojamiento turístico en Andalucía III. Los establecimientos de campamentos de turismo.

Tema 13. El servicio de alojamiento turístico en las viviendas de uso turístico. La incidencia de las viviendas de uso turístico en Andalucía.

Tema 14. El turismo en el medio rural y el turismo activo. Obligaciones y condiciones medioambientales para la práctica de las actividades integrantes del turismo activo. El alojamiento turístico en el medio rural. Las viviendas turísticas de alojamiento rural.

Tema 15. Las empresas de intermediación turística en Andalucía. Los viajes combinados y los servicios de viaje vinculados.

Tema 16. La información turística en Andalucía. Los guías de turismo en Andalucía. Las Oficinas de Turismo y Puntos de Información Turística. La Red de Oficinas de Turismo de Andalucía.

Tema 17. La inspección turística en Andalucía. Los Planes de Inspección Programada.

Tema 18. Régimen sancionador de la actividad turística y medidas de ejecución forzosa. Infracciones y sanciones administrativas. Procedimiento sancionador.

Tema 19. Subvenciones de la consejería con competencias en materia de turismo I. El Plan Estratégico de Subvenciones. Líneas de ayudas destinadas a empresas.

Tema 20. Subvenciones de la consejería con competencias en materia de turismo II. Líneas de ayudas destinadas a Entidades Locales. Otras líneas de ayudas.

Tema 21. La Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos. Programas de Planes Sostenibilidad Turística en Destinos: Convocatorias ordinarias y extraordinarias.

Tema 22. El turismo en las estrategias y políticas europeas. Gestión de proyectos europeos en materia de turismo. Financiación de la Unión Europea al sector turístico.

Tema 23. Organizaciones e instituciones nacionales e internacionales del sector turístico. Funciones y competencias. La Administración turística en España: Funciones, organigrama y organismos de la Administración General del Estado. La cooperación entre las administraciones públicas.

Tema 24. El concepto de turismo y de turista. Oferta y demanda de turismo. Tipología de turistas. Comportamiento y tendencias de los usuarios de servicios turísticos. Glosario básico del turismo según ONU Turismo.

Tema 25. Definición y clasificación de los recursos turísticos. Puesta en valor y aprovechamiento de los recursos turísticos. Principales recursos turísticos de Andalucía.

Tema 26. El producto turístico. Concepto y características. Gestión y ciclo de vida. El paquete turístico. La marca. Principales productos turísticos impulsados por la Consejería competente en materia de turismo.

Tema 27. Metodologías y herramientas para el diagnóstico, la planificación y la evaluación en la actividad turística. Principales organismos y fuentes de información turística en el ámbito nacional e internacional. La gestión y análisis de las estadísticas de turismo en la Consejería con competencias en materia de turismo.

Tema 28. Calidad y excelencia turística. La calidad como objetivo estratégico en la planificación turística de la Junta de Andalucía. Principales certificados y distinciones de los establecimientos y espacios turísticos de Andalucía.

Tema 29. La estructura del mercado turístico y la demanda turística. La gestión de la estacionalidad turística. La segmentación de los mercados. Principales segmentos turísticos de Andalucía.

Tema 30. Fundamentos del marketing turístico. El producto, el precio, la promoción y la distribución. El plan de marketing. El marketing digital.

Tema 31. Herramientas para la promoción turística. Principales ferias nacionales e internacionales de turismo. El papel de internet y las nuevas tecnologías en la promoción turística. Los medios sociales. Los clubes de producto y las agrupaciones empresariales innovadoras.

Tema 32. La geografía del turismo. Factores geográficos de la localización turística. Principales flujos y áreas turísticas a nivel mundial y en Andalucía. La distribución y concentración espacial de la oferta turística y su tipología en Andalucía.

Tema 33. Turismo y economía. El impacto del turismo en la economía y su relación con otros sectores productivos. El sector turístico en la actividad económica andaluza. El empleo turístico en Andalucía.

Tema 34. Turismo y sociedad. El turismo como elemento de bienestar. El turismo como actividad socioeconómica transformadora de los destinos. Los efectos de la actividad turística sobre la población local. Globalización y turismo.

Tema 35. Turismo accesible e inclusivo. Accesibilidad universal en el destino. Accesibilidad en los servicios, actividades y establecimientos turísticos en Andalucía.

Tema 36. Turismo y territorio. Relación entre turismo, territorio y paisaje. Incidencia de la planificación territorial y urbanística en el turismo en Andalucía. Reconversión y renovación de destinos turísticos.

Tema 37. Turismo y medio ambiente. La Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía. Figuras de protección por la legislación nacional y autonómica. La Red Natura 2000. Figuras de protección por instrumentos y acuerdos internacionales.

Tema 38. Turismo y patrimonio cultural. El Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Los Bienes de Interés Cultural. Tipología jurídica. El Patrimonio Mundial Cultural y el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en Andalucía.

Tema 39. Turismo e innovación. La transformación digital en el sector turístico. Los destinos turísticos inteligentes. La gestión de datos por parte de la Consejería con competencias en materia de turismo. Iniciativas innovadoras del turismo en Andalucía.

Tema 40. Turismo y sostenibilidad. Concepto de turismo sostenible. El turismo y los objetivos de desarrollo sostenible. Impactos económicos, sociales y medioambientales de la actividad turística. La capacidad de carga turística. La resiliencia de los destinos turísticos. La economía circular en el turismo. Actuaciones en Andalucía sobre cambio climático y turismo.

II.E. PROGRAMA DE MATERIAS ESPECÍFICO DEL CUERPO TÉCNICO FACULTATIVO. ESPECIALIDAD EDUCACIÓN SOCIAL (A2.2018)

Tema 1. La Constitución Española. Perspectiva social y educativa. La Ley Orgánica de Educación. Derechos y deberes del menor en el marco constitucional y educativo español.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía. La Ley de Educación de Andalucía. Derechos y deberes del menor en el marco autonómico.

Tema 3. Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Ámbito de aplicación. Repercusiones e implicaciones socioeducativas que tiene para el/la menor.

Tema 4. Evolución de la educación. Los antecedentes hasta la época contemporánea. Espacios educativos fuera de la escuela. La ciudad educadora. Educación a lo largo de la vida. La compensación educativa: normativa, objetivos, recursos y ámbitos de actuación.

Tema 5. La Pedagogía social: evolución y concepciones. Los paradigmas de investigación en las ciencias sociales. La Educación social como objeto de estudio de la Pedagogía social. Objetivos y perspectivas de la Educación social.

Tema 6. La planificación y el desarrollo curricular. Los niveles de concreción curricular. El proyecto educativo de centro. El papel del educador o educadora social en los procesos de planificación y desarrollo curricular.

Tema 7. La organización y funcionamiento de los centros educativos. Órganos de gobierno y coordinación docente. El educador/a social y el trabajo de colaboración en el centro educativo.

Tema 8. El desarrollo en la primera infancia: lenguaje y comunicación, desarrollo social, motor, afectivo, el pensamiento percepto-motor. Implicaciones socioeducativas. Educación para la promoción del desarrollo personal y social en esta etapa. Problemas y dificultades más frecuentes en esta etapa y su respuesta socioeducativa. Acompañamiento socioeducativo a las familias y al profesorado para el desarrollo adecuado de esta etapa.

Tema 9. El desarrollo en la niñez intermedia: lenguaje y comunicación, desarrollo social, motor, afectivo y el pensamiento concreto. Educación para la promoción del desarrollo personal y social en esta etapa. Problemas y dificultades más frecuentes en esta etapa y su respuesta socioeducativa. Acompañamiento socioeducativo a las familias y al profesorado para el desarrollo adecuado de esta etapa.

Tema 10. El desarrollo en la adolescencia y primera juventud: cambios que acompañan a la pubertad. El desarrollo cognitivo, afectivo, sexual y moral. Desarrollo social y de la personalidad en la adolescencia. Influencia del grupo de iguales. Educación para la promoción del desarrollo personal y social en esta etapa. Problemas y dificultades más frecuentes en esta etapa y su respuesta socioeducativa. Acompañamiento y apoyo socioeducativo a alumnado, familias y profesorado para el desarrollo adecuado en esta etapa.

Tema 11. Socialización y aprendizaje. La escuela como institución socializadora: la transmisión de pautas sociales y valores. Tradición y patrimonio cultural en el currículum escolar. Actuación e intervención del educador o educadora social en los procesos de socialización. Los movimientos de renovación pedagógica, las pedagogías alternativas y su incidencia en el desarrollo personal y social. Análisis sistémico de la institución escolar. La escuela como sistema de interacciones. El enfoque sistémico en la intervención socioeducativa.

Tema 12. La dimensión moral de la educación. Actitudes y valores morales a través de las áreas del currículo. La educación del razonamiento y del juicio moral. Actuación e intervención del educador o educadora social en el desarrollo de actitudes y valores morales. Educación para la ciudadanía y para el desarrollo del pensamiento crítico.

Tema 13. Educación para la convivencia y para la paz. La educación y el desarrollo de actitudes cooperativas, democráticas y cívicas. La convivencia en los centros educativos. El Proyecto Educativo y el Reglamento de Organización y Funcionamiento. Actuación e intervención del educador o educadora social en el desarrollo de la Educación para la convivencia y para la paz. Planes y programas educativos para la mejora de la convivencia en los centros educativos.

Tema 14. Educación para la igualdad y educación en la diversidad. Educación no discriminatoria. Eliminación de prejuicios sexistas y xenófobos en la escuela. Actuación e intervención del educador o educadora social en el desarrollo de la educación para la igualdad, la coeducación, el desarrollo de valores igualitarios y la prevención de la radicalización.

Tema 15. Educación para la salud. La escuela como promotora de la salud y el bienestar emocional. Las conductas y los hábitos saludables. Educación afectivo sexual. Prevención de las adicciones. Actuación e intervención del educador o educadora social en el desarrollo de la educación para la salud y educación de los sentimientos.

Tema 16. Educación para el ocio y el tiempo libre. Modelos y estrategias de intervención desde el campo socioeducativo. Recursos culturales y sociales para el ocio y el tiempo libre. Agentes para la intervención social en el ámbito del tiempo libre. Actuación e intervención del educador o educadora social en el desarrollo de la educación para el ocio y el tiempo libre.

Tema 17. Las habilidades y competencias sociales. Concepto y aplicación. Desarrollo formativo de las habilidades y competencias sociales por parte del educador o educadora social. La asertividad y los estilos de comunicación pasivos y/o agresivos. Técnicas asertivas y entrenamiento educativo. Regulación de conflictos. La mediación.

Tema 18. Aspectos e implicaciones socioeducativas de la diversidad. Condicionantes y características personales del alumnado relevantes para el desarrollo del aprendizaje. Atención a la diversidad desde la Educación social en los centros educativos. Ámbitos de intervención. El enfoque preventivo de los problemas escolares. La escuela inclusiva como respuesta socioeducativa. Programas institucionales para la atención a las necesidades socioeducativas asociados a contextos socioculturales desfavorecidos o a situaciones personales.

Tema 19. El trabajo socioeducativo con alumnado en situación de riesgo y/o desamparo social. Concepto de riesgo social. Evaluación del riesgo social. Procesos de acompañamiento, mentoría y tutorización. Acción con colectivos especialmente vulnerables. Los menores y jóvenes en conflicto social. Intervención con el menor y la comunidad. Coordinación Institucional y programas integrales. Planes y programas socioeducativos para la mejora de la inserción social y escolar del alumnado en situación de riesgo social. Implicación de los educadores o educadoras sociales con los menores en conflicto social.

Tema 20. Absentismo escolar y su incidencia en el ámbito educativo, social y personal. Normativa reguladora sobre el absentismo escolar. Instituciones y organismos con competencia en materia de absentismo escolar. El absentismo escolar y la colaboración social: Voluntariado, ONGs, AMPAS y Ayuntamientos.

Tema 21. Causas y motivos del absentismo escolar. Estructura y agentes sociales que intervienen en la prevención, control y seguimiento del absentismo escolar. Procesos de coordinación en los distintos ámbitos de intervención. Medidas, recursos y programas dirigidos a la prevención, control y seguimiento del absentismo escolar. Implicación de los educadores o educadoras sociales en los procesos de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar.

Tema 22. El maltrato infantil y juvenil. Definición y tipos de maltrato en la infancia y en la adolescencia. Detección del maltrato en el ámbito educativo. Acción socioeducativa en situaciones de maltrato infantil y juvenil desde el centro educativo. Normativa, planes y protocolos específicos de acción socioeducativa con alumnado en situación de maltrato infantil o juvenil. Planes integrales y coordinación institucional en materia de maltrato infantil y juvenil. El papel del educador o educadora social con alumnado y familias para la prevención e intervención sobre el maltrato infantojuvenil.

Tema 23. Organización y estructura del sistema de orientación y apoyo en Andalucía. Los Equipos de Orientación Educativa. Los Departamentos de Orientación. Funciones principales del tutor y la tutora en el centro educativo. El rol del educador o educadora social en la acción tutorial y apoyo a las familias. La coordinación con los equipos y departamentos de orientación educativa y otras instituciones.

Tema 24. El/la educador/a social como apoyo técnico especializado en el desarrollo de medidas preventivas, habilitadoras y compensadoras. El asesoramiento colaborativo y la atención compartida con el alumnado en situación de riesgo. La orientación profesional y el papel del educador y de la educadora social en los procesos de toma de decisión vocacional. Coordinación con el equipo o departamento de orientación en los centros de primaria y secundaria.

Tema 25. Competencias profesionales del educador y la educadora social. Ámbitos, sectores y áreas de intervención del educador o educadora social. Modelos de intervención. El educador o educadora social dentro de un equipo multiprofesional. Técnicas de observación aplicadas a la educación social: la entrevista como instrumento para el análisis de la realidad de los aspectos personales, familiares y sociales. La estrategia de ética de los servicios sociales de Andalucía. El secreto profesional. Conflictos y deliberación ética en la práctica profesional. Código deontológico.

Tema 26. El educador o educadora social en el ámbito educativo. Justificación y motivos para la intervención socioeducativa. Ámbitos y funciones del educador y la educadora social en el ámbito educativo. Organización, planificación y modelos de intervención del educador o educadora social en el ámbito educativo.

Tema 27. Métodos y técnicas de intervención socioeducativa en el ámbito escolar. El estudio de necesidades. Diseño, planificación y metodología en la intervención socioeducativa. La integralidad de las acciones como referente para la intervención socioeducativa. El estudio de casos.

Tema 28. La investigación en Educación social. El rol de investigador/a del educador/a social. Paradigmas y métodos. Estrategias y técnicas de recogida de datos. Análisis de datos. La investigación-acciónparticipativa. El informe de investigación. Investigación sobre problemas y cuestiones fundamentales relacionadas con el sistema educativo.

Tema 29. El sistema público de servicios sociales en Andalucía. La Ley 9/2016, de 27 de diciembre de servicios sociales de Andalucía. Régimen jurídico, desarrollo normativo y planificación estratégica. Estructura funcional y territorial. Catálogo de Prestaciones de los servicios sociales. Proceso de Intervención (PRISO). Los equipos profesionales de los servicios sociales. La Historia Social Única Electrónica, como instrumento técnico.

Tema 30. La educación inclusiva. Estrategias y procesos que favorecen la inclusión educativa y social. El aprendizaje dialógico y las Comunidades de Aprendizaje. El papel del educador o educadora social en los procesos de inclusión.

Tema 31. El proceso de evaluación en el ámbito socioeducativo. Concepciones y paradigmas de la evaluación. Técnicas e instrumentos de evaluación en el ámbito socioeducativo. El educador o educadora social como evaluador de programas.

Tema 32. La intervención familiar del educador o educadora social. La familia como agente de socialización. El papel educativo de la familia. Tipología de familias. La familia desde el punto de vista educativo, sociológico, antropológico, psicológico y jurídico. Cambios en las familias, roles. Violencia intrafamiliar: repercusiones en el ámbito educativo. Propuestas de acción socioeducativa. El papel de la familia en el proceso socioeducativo del alumnado. Derechos y deberes de las familias en el sistema educativo. La participación de la familia en los órganos colegiados. Normativa.

Tema 33. La dinamización sociofamiliar en la Comunidad Educativa. Trabajos individuales, entrevistas grupales, talleres y escuelas de familias. Familias y asociacionismo en el ámbito educativo: el papel del educador y la educadora social en la orientación y formación para las asociaciones de madres y padres. El papel de las familias en las comunidades de aprendizaje.

Tema 34. El educador/a social en contextos multiculturales. Los procesos de mediación intercultural. La Educación Intercultural en el ámbito educativo. Estrategias, metodología y técnicas de intervención para la convivencia en contextos multiculturales. La población gitana: necesidades y procesos de inclusión escolar o social. El educador o educadora social como animador sociocultural.

Tema 35. Pedagogía de grupos. Tipología, estructura y evolución de los grupos. Los procesos de comunicación en los grupos. Factores de cohesión grupal. Principales técnicas de dinamización grupal. Implicaciones de la dinámica de grupos en relación con la intervención socioeducativa. El educador o educadora social como dinamizador/a social en el ámbito escolar.

Tema 36. Las redes sociales. Características y elementos de las redes sociales. Redes sociales en el contexto urbano y rural. La Comunidad Educativa como red social: agentes, relaciones de comunicación y estrategias para la formación. Factores que favorecen las relaciones en la Comunidad Educativa.

Tema 37. Los agentes de colaboración social. El voluntariado y las organizaciones no gubernamentales. Coordinación y seguimiento de los programas institucionales: absentismo y abandono prematuro del sistema escolar, alumnado en situación de riesgo, participación y colaboración familiar.

Tema 38. El papel del/la educador o educadora social en la participación del alumnado. Espacios de participación del alumnado en el sistema educativo. Normativa y programas de referencia. Estrategias de dinamización de la participación del alumnado en la comunidad educativa y en el territorio. El asociacionismo en los centros educativos. Modelos y estrategias comunitarias de participación infantil y juvenil.

Tema 39. Educación de personas adultas y educación permanente como ámbito de acción de la Educación social. La educación a lo largo de la vida y sus implicaciones en el sistema educativo. El modelo social en la educación permanente. La educación permanente y de personas adultas en la normativa estatal y de Andalucía. Modelos y programas de intervención socioeducativa en la educación de adultos y la educación permanente. La organización de la Educación Permanente en Andalucía. El desarrollo comunitario como fin de la Educación permanente.

Tema 40. Las zonas en riesgo de exclusión social. Iniciativas institucionales para la intervención comunitaria integral. La intervención del educador o educadora social en una zona socioculturalmente desfavorecida: estrategias y técnicas para el análisis de necesidades sociales y educativas. Modelos y estrategias de intervención. Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social. Intervención en Zonas desfavorecidas (ERACIS).

ANEXO III

Modelo de solicitud

ANEXO IV

Criterios de prelación y ordenación alfabética

1. Mediante Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se concreta que el orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ». Para las pruebas selectivas convocadas en esta resolución, esta letra será la que rija el orden de las personas aspirantes con independencia de la fecha concreta en que se celebren las pruebas. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O» y así sucesivamente. En caso de coincidencia en el primer apellido, el orden de actuación continuará sucesivamente con aquellos aspirantes cuyo segundo apellido comience por la letra «Ñ». Si no existiera ningún aspirante cuyo segundo apellido comience por dicha letra, el orden continuará con aquellos cuyo segundo apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente. Si persistiera la coincidencia en el primer y segundo apellido, se seguirá con aquellos cuyo nombre comience por la letra «Ñ» o, en su defecto, por la letra «O», y así sucesivamente. Si aun así se mantuviera la coincidencia, el orden de actuación continuará con aquellos cuya letra del DNI o NIE coincida con la letra «P» o, en su defecto, con la letra «Q», y así sucesivamente, teniendo en cuenta que las letras I, Ñ, O y U quedan excluidas de los códigos de identificación fiscal.

2. Los dígrafos CH, LL y RR no se considerarán como letra del abecedario, ocupando su lugar dentro de las correspondientes a las letras C, L y R.

3. Si los primeros apellidos comienzan con de, del, de la(s) o cualquier otra partícula, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán, para su alfabetización, al final del nombre.

Ejemplo: Luis del Castillo Velasco

Será alfabetizado:

APELLIDO 1.º APELLIDO 2.º NOMBRE

Castillo Velasco Luis del

4. Si los segundos apellidos comienzan con de, del, de la(s) o cualquier otra partícula, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán, para su alfabetización, al final del primer apellido.

Ejemplo: Luis del Castillo de las Heras.

Será alfabetizado:

APELLIDO 1.º APELLIDO 2.º NOMBRE

Castillo de las Heras Luis del

5. Los apellidos compuestos, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, serán alfabetizados al final de la primera mitad del apellido compuesto. Se considerarán en cualquier caso sin guion.

Ejemplos:

1.º Luis Vargas Montes.

2.º Luis Vargas Machuca.

3.º Luis Vargas-Machuca Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Vargas.

4.º Luis Vargas Machuca-Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Machuca.

Serán alfabetizados:

APELLIDO 1.º APELLIDO 2.º NOMBRE

Vargas Machuca Luis

Vargas Machuca Castillo Luis

Vargas Montes Luis

Vargas Machuca Castillo Luis

6. Los acentos, diéresis, apóstrofes o cualquier otro signo ortográfico no establecerán distinción alguna en cuanto al orden alfabético, considerándose para ello como si no existiesen.

Ejemplos:

Luis Castillo O’connor, será alfabetizado: Luis Castillo Oconnor.

Luis O’Donnell Agüero, será alfabetizado: Luis Odonnell Aguero.

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