Decreto 18/2026, de 4 de febrero, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.
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El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dispone en su artículo 1 que de conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, corresponden a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre la coordinación y el impulso del servicio de empleo de ámbito autonómico, con especial atención a la orientación e intermediación laboral atribuidas por el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo.
El Servicio Andaluz de Empleo (en adelante, SAE) viene trabajando en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SAE, al amparo de lo establecido en el artículo 69.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, entendiendo éste como el instrumento base de la planificación de esos recursos humanos que tiene como objetivo dar respuesta de forma efectiva a la cartera de servicios, a la satisfacción del personal profesional y principalmente, a la de las personas usuarias de esos servicios.
Así, mediante el Decreto 138/2024, de 30 de julio, se modificó parcialmente la relación de puestos de trabajo del SAE, adaptándose a la nueva realidad derivada de la implantación del nuevo Modelo de Gestión Integral en esta agencia administrativa.
La estrategia de planificación y gestión de recursos humanos establece, entre sus principales objetivos, la necesidad de rediseñar la estructura orgánica y funcional del SAE, identificando clara y jurídicamente sus centros directivos y unidades administrativas a las que adscribir los puestos de trabajo que se consideran imprescindibles para la prestación eficaz y eficiente de la cartera de servicios.
En la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia del SAE, se crea en la Dirección Gerencia un gabinete de planificación de recursos humanos para dar apoyo a la jefatura del servicio debido a la complejidad y envergadura de la gestión del personal funcionario y laboral de la Agencia, y se desdobla, por el volumen de trabajo que comporta, la actual sección de administración general y contratación en una sección de contratación y en una sección de administración general.
Por otro lado, también en la Dirección Gerencia se crea una unidad administrativa de planificación y coordinación y se adecúan las características del puesto de trabajo gabinete de coordinación para reforzar el área de empleo y para coordinar las diferentes actuaciones de implantación del Modelo de Gestión Integral en el SAE entre los servicios centrales y los servicios territoriales, dando soporte a la implantación de procedimientos homogéneos entre los diferentes centros directivos.
En la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral, por un lado, se crea un puesto de coordinación general debido al elevado volumen de gestión, así como a la complejidad de los asuntos que atiende esta Dirección General y, por otro lado, una unidad administrativa de programas de apoyo a la búsqueda de empleo a la que corresponde la tramitación de expedientes de subvenciones y la gestión de los contratos necesarios para la implantación de los programas específicos. Asimismo se crea una asesoría técnica EURES para coordinar las labores relacionadas con las ofertas de empleo en Europa en todas las provincias de Andalucía.
Por último, en las Direcciones Provinciales del SAE se crean las secciones de personal, necesarias para gestionar y coordinar de forma autónoma, sin dependencia de otra unidad administrativa, todos los asuntos relativos a la gestión de los asuntos relativos a recursos humanos en su ámbito y se modifican las actuales asesorías técnicas EURES para homogeneizar la denominación y la formación necesaria para desempeñar las funciones que les son encomendadas.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en el artículo 26.6 y 7 de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de febrero de 2026,
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2026
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía | |
| JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
| Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
BOJA nº 26 de 09/02/2026