Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín 27 Complementario nº 1 de 10/02/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Universidad, Investigación e Innovación

Extracto de la Resolución de 5 de febrero de 2026, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se convocan para el ejercicio 2026, las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental que se desarrollen en el seno de los campus de excelencia internacional al amparo de la Línea 3 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 23 de abril de 2024.

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BDNS: 883729.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, 123 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y artículo 31 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se publica un extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Primero. Convocatoria.

1. Se convoca para el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental que se desarrollen en el seno de Campus de Excelencia Internacional andaluces al amparo de la Línea 3 de las bases reguladoras de la Orden de 23 de abril de 2024.

2. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en las bases reguladoras para el desarrollo de proyectos de investigación por los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, aprobadas por la Orden de 23 de abril de 2024, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación.

3. El importe total disponible para la presente convocatoria es de cinco millones de euros (5.000.000 €). Las subvenciones se financiarán con cargo al Servicio 17 del programa presupuestario 54A y a las partidas presupuestarias siguientes:

PARTIDA DENOMINACIÓN ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1500170000 G/54A/74100/00
A411AB12N2 2025000239
A UNIVERSIDADES ANDALUZAS CAMPUS DE EXCELENCIA INTERNACIONAL 2.500.000 € 2.500.000 €

Segundo. Objeto.

El objeto de estas subvenciones es la financiación de proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental que se desarrollen en el seno de Campus de Excelencia Internacional andaluces al amparo de la Línea 3 de las bases reguladoras de la Orden de 23 de abril de 2024.

Tercero. Entidades beneficiarias.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de las bases reguladoras, podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones convocadas los Campus de Excelencia Internacional en tanto que Agentes de Generación de Conocimiento del Sistema Andaluz del Conocimiento, según la clasificación realizada en el artículo 3 del Decreto 223/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la clasificación, acreditación y registro de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.

Cuarto. Gastos subvencionables y cuantías.

1. Las entidades destinarán la ayuda a actividades no económicas.

2. Serán costes subvencionables los costes de personal previstos en el artículo 10, apartado 2, letra a), de las bases reguladoras. A este personal le serán de aplicación los módulos establecidos para el personal contratado según su categoría, siéndole de aplicación a todo el personal que desarrolla tareas de gestión el módulo previsto en la letra c) del apartado 2, independientemente de su categoría profesional.

3. El plazo de ejecución de los proyectos de investigación se determinará en la Resolución de concesión, sin que en ningún caso pueda superar los tres años a contar desde la fecha que se establezca en la resolución de concesión. En todo caso, no podrá exceder el 31 de diciembre de 2029 o del periodo de elegibilidad de las actuaciones para su cofinanciación con el Programa Andalucía FEDER 2021-2027 si este fuera posterior.

4. El presupuesto del proyecto debe ser igual o superior a 400.000 euros y no exceder de 833.000 euros.

Quinto. Solicitudes y plazo de presentación.

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de las bases reguladoras, las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática, a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, creada mediante la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de 25 de abril de 2022, a través del acceso disponible en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25786.html

2. Las solicitudes se presentarán, según los modelos de formulario de solicitud que se incluyen en la convocatoria, de forma exclusivamente electrónica en los registros referidos en el artículo 19 de las bases reguladoras. Junto con la solicitud habrá de presentarse una memoria descriptiva del proyecto que se ajustará al modelo incluido en el apéndice I de las bases reguladoras.

3. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación en BOJA de la presente convocatoria.

Sexto. Obligaciones de la entidad beneficiaria.

La entidad beneficiaria deberá cumplir con todas las obligaciones establecidas en el artículo 7 de las bases reguladoras.

Séptimo. Criterios de evaluación.

Los criterios de evaluación de las solicitudes se establecen en el artículo 24 de las bases reguladoras y se aplicarán según lo dispuesto en su Apéndice II.

Octavo. Otros datos.

El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25930.html

Sevilla, 5 de febrero de 2026.- El Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, José Carlos Gómez Villamandos, P.D. (Orden de 23.4.2024, BOJA número 82, de 29.4.2024), la Directora General de Planificación de la Investigación, Loreto del Valle Cebada.

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