Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín 42 Complementario nº 1 de 03/03/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 3 de marzo de 2026, por la que se aprueba el Plan de actuación de emergencia para la reparación de caminos rurales e infraestructuras colectivas de riego y el Plan de actuación de emergencia para la reparación de cauces, infraestructuras hidráulicas de regulación, caminos e infraestructuras de transporte asociadas a la regulación del dominio público hidráulico, dañados por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, la Comunidad Autónoma de Andalucía se ha visto afectada por una sucesión continuada de borrascas de alto impacto que ha dado lugar a precipitaciones extraordinarias y persistentes, con acumulados que, en amplias zonas del territorio, han superado entre los 300 y 400 litros por metro cuadrado, registrándose puntualmente valores incluso superiores en cortos periodos de tiempo. Estos episodios han afectado a distintas comarcas de la Comunidad Autónoma, con especial incidencia en las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla y afectando tanto a zonas de campiña como a áreas de sierra y a zonas regables y de alto valor agrario, así como a instalaciones del dominio público hidráulico.

La magnitud e intensidad de las lluvias ha provocado inundaciones generalizadas, saturación prolongada de los suelos, arrastres de tierras y pérdida de suelo fértil, ocasionando daños graves y generalizados en explotaciones agrícolas y ganaderas, infraestructuras de riego y sistemas productivos, comprometiendo de manera directa y significativa el potencial productivo agrario.

Asimismo, se han producido afecciones muy severas en la red de caminos rurales, con numerosos tramos destruidos o intransitables, pérdida de firmes, colapso de cunetas, pasos de agua y obras de drenaje, así como situaciones de aislamiento temporal de explotaciones, dificultando gravemente el acceso a parcelas agrícolas y ganaderas, la realización de labores esenciales y el normal desarrollo de la actividad agraria.

Además, estas borrascas también han generado daños significativos en infraestructuras hidráulicas y en el dominio público hidráulico cuya reparación resulta urgente y necesaria, incluyendo presas, azudes, estaciones de bombeo, canales, conducciones, sistemas de saneamiento, drenaje urbano y rural, así como defensas frente a avenidas. Estas circunstancias afectan de forma directa la capacidad de gestión de los recursos hídricos, el abastecimiento y saneamiento, así como la seguridad de las poblaciones y el normal desarrollo de actividades económicas vinculadas al agua.

Vista la importancia de los daños producidos por las borrascas acaecidas entre los meses de noviembre y febrero de 2026 en los caminos rurales, infraestructuras colectivas de riego, cauces, infraestructuras hidráulicas de regulación, caminos e infraestructuras de transporte asociadas a la regulación del dominio público hidráulico, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de febrero de 2026, acordó declarar desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario y pesquero, en infraestructuras hidráulicas y del dominio público hidráulico, las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En dicho acuerdo, el Consejo de Gobierno insta a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural a adoptar las medidas necesarias para paliar los efectos del desastre natural, reparando de forma inmediata los caminos rurales que se encuentren intransitables y supongan un grave peligro para la población, a la reparación de otras infraestructuras estratégicas agrarias, así como también la reparación de cauces, infraestructuras hidráulicas de regulación, caminos e infraestructuras de transporte asociadas a la regulación del dominio público hidráulico, pudiendo recurrir para ello a la tramitación de emergencia de expedientes de contratación en los términos y bajo las condiciones que se establecen en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en el artículo 34 de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público.

Por todo ello, en el ejercicio de las competencias del artículo 26.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Aprobar los Planes de Actuación.

Aprobar los Planes de actuaciones de emergencia para la reparación de caminos rurales, infraestructuras colectivas de riego dañados, de cauces, infraestructuras hidráulicas de regulación, caminos e infraestructuras de transporte asociadas a la regulación del dominio público hidráulico por las borrascas encadenadas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Condiciones administrativas del Plan de actuación de emergencia para la reparación de caminos rurales e infraestructuras colectivas de riego.

Las Administraciones Públicas titulares de caminos rurales o las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público, adscritas al Organismo de cuenca correspondiente, según los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, presentarán una comunicación de daños conforme al formulario que figura como Anexo I-A y Anexo I-B del mismo, en el plazo máximo de 5 días hábiles siguientes al de su publicación.

Dicho formulario queda anexado a la presente orden, se podrá obtener y presentar a través de la dirección electrónica indicada en el resuelvo tercero.

Tercero. Publicidad de los Planes en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

Se ordena la publicación de los Planes en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, estando disponible su consulta a través de la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html

Asimismo, el Plan de actuación de emergencia para la reparación de caminos rurales e infraestructuras colectivas de riego se encuentra disponible con el código de procedimiento 25983, en la dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25983.html

Cuarto. Publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se ordena la remisión de la presente orden al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación.

Quinto. Efectos.

La presente orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de marzo de 2026

RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
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