Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 23/04/2026

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 17 de abril de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se pone fin al proceso selectivo con indicación de los destinos adjudicados para la cobertura de vacantes para plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual de la categoría profesional de Personal de Servicios Generales, correspondientes al Grupo V del personal laboral, mediante concurso de promoción convocado por Resolución de 11 de septiembre de 2025, así como la relación de personas que desisten de su derecho a ser seleccionadas.

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Por Resolución de 11 de septiembre de 2025 de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 179, de 17 de septiembre), se convocó proceso selectivo para la cobertura de vacantes para plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual de la categoría profesional de Personal de Servicios Generales, correspondientes al Grupo V del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2024.

Hechas públicas por la Comisión de Selección la relación de personas seleccionadas y aquellas que integran las relaciones complementarias, elevada la propuesta para su tramitación y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede su promoción. En su virtud, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de conformidad con la base séptima.6 de la citada resolución, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVE

Primero. Hacer públicos los destinos adjudicados con adscripción definitiva a las personas trabajadoras que han superado el proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual de la categoría profesional de Personal de Servicios Generales, correspondiente al Grupo V, mediante concurso de promoción, sin perjuicio de que los mismos pudieran verse alterados como consecuencia del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada de este proceso selectivo.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en la base séptima.5 de la resolución de convocatoria, se aprueba la relación de personas que no resultan adjudicatarias de destino, por no solicitar puestos o no hacerlo en número suficiente, y que aparecen en el anexo a la presente resolución entendiéndose que desisten de su derecho a ser seleccionadas, quedando anuladas todas sus actuaciones y el archivo de las mismas, decayendo su derecho a continuar en el proceso de selección.

Tercero. Los destinos obtenidos mediante el presente concurso de promoción serán irrenunciables. Asimismo, dado el carácter voluntario del concurso, los traslados que impliquen cambio de residencia no darán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Cuarto. Los efectos, tanto administrativos como económicos, de los nuevos destinos se computarán en todo caso desde el día 19 de mayo de 2026.

Quinto. Las personas aspirantes seleccionadas comparecerán ante la unidad de personal correspondiente del órgano donde hubiesen obtenido destino el día 19 de mayo de 2026, a fin de incorporarse al nuevo puesto de trabajo para el que han sido seleccionadas. La no incorporación de la persona trabajadora supondrá la concurrencia de la causa de extinción del contrato de trabajo previsto en el artículo 49.1.d) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, esto es, por dimisión de la persona trabajadora.

La persona trabajadora no adquirirá la categoría profesional para la que ha concursado hasta que se inicie la efectiva prestación de servicios en el puesto adjudicado en el presente concurso.

Contra la presente resolución cabe interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación.

Sevilla, 17 de abril de 2026.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Anexo

Relación de personas que no resultan adjudicatarias de destino

CATEGORÍA PROFESIONAL APELLIDOS y NOMBRE
DNI
MOTIVO
5045 Sánchez González, José (***8666**) No solicita puestos
5045 Armario Rodríguez, María (***5304**) No solicita puestos
5045 Fernández Vega, Rocío (***4486**) No solicita puestos
5045 López Muñoz, Cristina (***9220**) No pide puestos en número suficiente

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