Decreto 92/2026, de 19 de mayo, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00338060.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
El Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, establece en su disposición adicional decimotercera, modificada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, que a la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública se le adscriben los servicios periféricos de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
Mediante Orden de 11 de enero de 2024, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a varias Consejerías, se produjo una primera adecuación de la relación de puestos de trabajo de las Delegaciones Territoriales de Justicia, Administración Local y Función Pública a la nueva organización territorial provincial.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, tiene la finalidad de adaptar la estructura organizativa de las delegaciones territoriales a las necesidades actuales de gestión, de mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios públicos y de avanzar hacia una mayor homogeneización organizativa.
Así, en la estructura organizativa de las delegaciones territoriales, por un lado, se lleva a cabo la reordenación de los puestos existentes para permitir una racionalización de dicha estructura, reforzando áreas claves como prevención de riesgos laborales, administración de justicia, gestión de personal, contratación, documentación, gestión económica e infraestructuras, así como, arquitectura y archivística; y, por otro lado, se crean unidades administrativas para atender las demandas funcionales. Todo ello con el objeto de avanzar hacia una homogeneización organizativa entre provincias, ajustando la estructura a las necesidades específicas de cada territorio, y garantizando una distribución equilibrada y eficiente de los recursos humanos.
Asimismo, en la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada se crean cuatro puestos de trabajo adscritos a personal laboral, para atender las necesidades de mantenimiento de los edificios que albergan las distintas sedes judiciales, incluida la Ciudad de la Justicia, así como, un puesto de trabajo adscrito a personal funcionario en los Servicios de Apoyo a la Administración de Justicia, para el refuerzo de las capacidades del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Por otro lado, en la Secretaría General Técnica se crea un puesto de trabajo de nivel técnico de apoyo a la jefatura de la unidad administrativa de personal, con la finalidad de planificar adecuadamente los recursos humanos, de realizar un seguimiento riguroso del gasto de personal y de mantener una interlocución permanente con los órganos directivos tanto centrales como periféricos, así como, con la representación del personal.
Por último, se suprimen aquellos puestos de trabajo que, por sus características, no responden actualmente a las necesidades existentes.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en el artículo 26.6 y 7 de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de mayo de 2026,
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
La Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de mayo de 2026
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía en funciones | |
| JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
| Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública en funciones |
Descargar PDF
BOJA nº 97 de 22/05/2026