APROBADA LA REFORMA DEL PROGRAMA DE SOLIDARIDAD DE LOS ANDALUCES

 

La nueva regulación complementa el Ingreso Mínimo de Solidaridad con medidas de inserción social

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que regula el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad. La nueva norma viene a reformar diversos contenidos de este programa, iniciado en 1990.

Junto al ya existente Ingreso Mínimo de Solidaridad, el decreto establece una serie de acciones destinadas a la inserción social de las unidades familiares beneficiarias. En este sentido, y como principal novedad respecto a la anterior regulación, se articula un compromiso de inserción que deberán suscribir todos los beneficiarios del Programa con el objetivo de reforzar su integración y responsabilidad familiar en los ámbitos del mercado laboral, escolarización, salud y vivienda.

Entre las nuevas medidas de inserción previstas en el decreto, destaca la inclusión de los beneficiarios en programas de formación profesional y fomento del empleo, educación permanente de adultos, rehabilitación de viviendas y subvenciones de hasta el 90% en el alquiler de viviendas de promoción pública. Asimismo, se prevé la inclusión y actualización de los demandantes en el futuro Servicio Andaluz de Colocación.

El decreto aprobado hoy también reduce de 35 a 25 años la edad de acceso al Programa en el caso de las unidades familiares unipersonales. De esta exigencia se exceptúa a los menores tutelados por la Junta de Andalucía, a los que bastará la mayoría de edad legal.

Ingreso de Solidaridad

En cuanto al Ingreso Mínimo de Solidaridad, la nueva norma mantiene su consideración como una prestación económica mensual equivalente al 62% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en la fecha de resolución de la solicitud, con una duración máxima de seis meses. Esta cantidad se incrementa en un 8% por cada miembro distinto del solicitante hasta el tope de la cuantía máxima del ingreso.

Como unidades familiares beneficiarias se consideran las constituidas de forma estable con un año mínimo de antelación a la fecha de presentación de la solicitud, salvo en los casos de matrimonio, ruptura familiar suficientemente acreditada y nacimiento de hijo o adopción. Asimismo, todos sus miembros deben estar empadronados como residentes en un mismo domicilio de cualquier municipio de Andalucía y disponer de unos recursos mensuales inferiores a la cuantía del Ingreso Mínimo de Solidaridad. En este sentido, y para evitar posibles situaciones injustas o de fraude, la nueva regulación establece una mayor concreción de los ingresos económicos a tener en cuenta.

Según las previsiones de la Consejería de Asuntos Sociales, alrededor de 11.000 unidades familiares podrían beneficiarse este año del Ingreso Mínimo de Solidaridad, cuyo coste total se situaría en torno a los 3.700 millones de pesetas.

Agilidad administrativa

La reforma aprobada hoy introduce, por último, una mayor agilidad administrativa, especialmente en el proceso de comprobación de los datos de la unidad familiar solicitante, además de reforzar la implicación y participación de la Administración Local en la gestión y seguimiento de Programa de Solidaridad.

Independientemente del decreto aprobado hoy, la futura Ley contra la Exclusión Social realizará la regulación definitiva de todas las medidas sociales del Gobierno andaluz, incluidas las referentes al Programa de Solidaridad, cumpliendo así con el compromiso previsto en el calendario legislativo de la Consejería de Asuntos Sociales.