El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado
hoy el Proyecto de Ley de Salud de Andalucía, cuyo objetivo
básico es consolidar y reforzar el sistema sanitario público
andaluz, asegurando los criterios de universalidad, solidaridad
y equidad.
La elaboración del proyecto, que será remitido al
Parlamento para su aprobación definitiva, ha sido cuidadosa
y dilatada, buscando en todo momento el debate social, el diálogo
y, en todo lo que ha sido posible, el consenso, con el objetivo
de hacer perdurable en el tiempo una ley sobre un tema tan complejo
y sensible como el de la protección de la salud de los
andaluces.
El Proyecto pretende la superación de las desigualdades,
la participación de los ciudadanos y la mejora permanente
de la eficacia de la gestión sanitaria, al tiempo que supone
un relevante salto cualitativo en el desarrollo de las competencias
estatutarias andaluzas en materia de sanidad, con pleno respeto
a la regulación básica del Estado en la materia
y, en especial, a la Ley General de Sanidad de 1986.
El proyecto de ley introduce numerosas novedades en la gestión
sanitaria andaluza, entre las que destaca la
universalización del derecho a las prestaciones sanitarias
a todos los residentes en Andalucía, sin limitaciones a
la accesibilidad por ninguna condición.
Carta de derechos
De otro lado, la ley diseña una completa carta de derechos
de los ciudadanos que recoge los ya establecidos en la legislación
general, reconoce otros como la libre elección de médicos
especialista y centro hospitalario; el derecho a la segunda opinión
y al acceso a la información relacionada con el estado
de salud del enfermo; el derecho a una atención preferente
para aquellos grupos específicos de personas que se reconozcan
como grupos de riesgo y, finalmente, el derecho general al disfrute
de un medio ambiente favorable a la salud.
La participación ciudadana en la gestión sanitaria
cobra gracias a esta ley un notable impulso, consolidándose
el papel del Consejo Andaluz de Salud, al crearse los Consejos
de Salud para las distintas áreas territoriales, que se
irán implantando en los distintos niveles de las instituciones
sanitarias.
El Proyecto de Ley, además, define los criterios y principios
generales de la actuación pública en materia de
salud, regulando todos aquellos aspectos que tienen que ver con
la autoridad sanitaria de los poderes públicos, la capacidad
de intervención ante problemas de salud colectivos, incluyendo
la potestad sancionadora en caso de actuaciones que pongan en
riesgo la salud de la colectividad.
El Proyecto de Ley, que adapta la normativa andaluza a la legislación
del Estado en materia de salud laboral, aborda igualmente una
más completa delimitación de competencias entre
las Administraciones autonómica y local. En este sentido,
el nuevo texto abre nuevas posibilidades reales de participación
de los municipios en las cuestiones sanitarias que les afectan,
como la gestión de los centros --introduciendo la posibilidad
de formas compartidas de gestión a través de consorcios
entre la Administración autonómica y la local--
o la determinación de necesidades sanitarias en sus respectivos
territorios.
Sistema sanitario público
En cuanto al nuevo enfoque de la ordenación sanitaria
andaluza, el proyecto de ley establece la noción del sistema
sanitario público de Andalucía, una red integrada
por los efectivos del propio Servicio Andaluz de Salud (SAS),
las empresas públicas de provisión de servicios
sanitarios y los dispositivos sanitarios de las administraciones
locales.
Asimismo, consolida un modelo regulador donde predomina la descentralización,
la autonomía y la responsabilidad, reforzando el carácter
integrador y de autoridad sanitaria de la propia Consejería
de Salud, sobre la base de tres instrumentos estratégicos
fundamentales: El Plan Andaluz de Salud, los contratos programa
y la libertad de elección del usuario.
El proyecto, además, reafirma al Servicio Andaluz de Salud
como como el principal organismo proveedor de servicios sanitarios
de Andalucía pero con nuevos elementos que permiten mejorar
sus capacidades de gestión, su eficacia y su eficiencia
en la provisión de los mismos.
Igualmente, regula una ordenación territorial sanitaria
más coherente con este nuevo esquema, potenciando el desarrollo
del Área de Salud como elemento clave para la planificación
y la organización de los servicios de Salud y de la Atención
Primaria de Salud como núcleo fundamental y puerta de entrada
del Sistema.
En cuanto a la colaboración de la iniciativa privada en
relación con la sanidad pública, establece una clara
delimitación entre ambos campos, reforzando el papel de
la pública y acotando el campo de intervención privado
a los servicios que en cada momento se determinen como complementarios.
En este punto se han introducido nuevas formas de relación
y de control, que hagan más transparentes las relaciones
y que permitan su mejor adaptación a las nuevas exigencias
de la Ley de Contratos del Estado.
Finalmente, el Proyecto de Ley aporta una mejor definición
de las fórmulas de financiación de la sanidad, adaptándolas
a las nuevas realidades fiscales y tributarias en nuestra comunidad.
El Proyecto de Ley de Salud excluye expresamente cualquier mecanismo
de copago por el uso de servicios y otras fórmulas de finaciación
que puedan afectar al principio de equidad.