APROBADA LA CREACIÓN DE UN REGISTRO PARA LOS JUGADORES QUE PIDEN LA PROHIBICIÓN DE ENTRADA A BINGOS Y CASINOS

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado la creación del Registro de Control e Interdicciones de Acceso a los Establecimientos de Juegos y Apuestas, en el que pueden inscribirse voluntariamente las personas que padecen ludopatía con el objetivo de reforzar la prevención y el tratamiento de esta enfermedad.

El nuevo registro, que cuenta con el respaldo de las asociaciones empresariales del sector del juego y de la Federación Andaluza de Jugadores en Rehabilitación, sustituirá al denominado "listado de autoprohibidos" desarrollado de facto a raíz de la aprobación en 1986 de la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Actualmente figuran en este listado 7.769 andaluces, de los cuales 5.000 reclaman que se les niegue la entrada en bingos y 2.769 en casinos.

Respecto al anterior instrumento de control, el registro aprobado hoy fija un tiempo mínimo de seis meses de estancia para las personas inscritas, plazo que no se especificaba antes. Esta protección temporal es un complemento para el tratamiento médico y psicológico del afectado. Si no se indica lo contrario, la presencia en el registro se entiende como indefinida.

Además de las inscripciones voluntarias, el Registro de Control incluirá también las motivadas por resoluciones judiciales que expresamente limiten la entrada en establecimientos de juego a determinadas personas, como matrimonios en trámite de separación o divorcio. Del mismo modo, cónyuges, padres o hijos mayores de edad podrán inscribir a familiares siempre que cuenten con su consentimiento.

De acuerdo con el decreto regulador aprobado hoy, las solicitudes de autoprohibición podrán presentarse en las Delegaciones del Gobierno de la Junta y también, por primera vez, en los propios establecimientos de juego y en las asociaciones de jugadores en rehabilitación. Las solicitudes deberán incluir la fecha y la causa de la inscripción, así como el tipo de establecimiento para el que se reclama la prohibición y el ámbito territorial de aplicación. En el supuesto de que una persona exija la prohibición para todo el territorio nacional, la Dirección General de Juego, Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Junta dará traslado de la petición al órgano competente del Estado.