APROBADA LA CREACIÓN DE LA ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE LAS MARISMILLAS, LA PRIMERA DE ANDALUCÍA

 

La nueva entidad, perteneciente al municipio sevillano de Las Cabezas de San Juan, asumirá diversas competencias

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se crea la Entidad Local Autónoma (ELA) "Las Marismillas", en el municipio sevillano de Las Cabezas de San Juan. La nueva entidad, primera de este tipo que surge en Andalucía, gozará de una mayor autonomía y asumirá diversas competencias y servicios.

La conversión de Las Marismillas en ELA es fruto del acuerdo alcanzado entre los vecinos de este núcleo de población y el Ayuntamiento de Las Cabezas de San Juan con la mediación de la Consejería de Gobernación y Justicia, cuya Dirección General de Administración Local se reserva la potestad de arbitrar en los conflictos que pudieran surgir en un futuro.

La Entidad Local Autónoma Las Marismillas, que cuenta con una población cercana a los 1.500 habitantes, asumirá la concesión de licencias para obras, la recogida de residuos urbanos y otras competencias y servicios en materias de protección civil, seguridad ciudadana y tráfico, ferias y fiestas locales, servicios sociales y actividades culturales y deportivas, entre otras.

La figura de la Entidad Local Autónoma, creada por la Junta en 1997 de acuerdo con las exigencias de la Ley Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, tiene como objetivos descentralizar y mejorar la gestión y los servicios municipales que se prestan en núcleos de población alejados de los ayuntamientos a los que pertenecen. Esta figura, que armoniza los intereses del municipio matriz y los del núcleo separado, pretende también satisfacer las demandas vecinales de una mayor y más directa participación en la organización de la convivencia.

Las entidades de ámbito territorial inferiores al municipio que aspiren a transformarse en entidades locales autónomas necesitan de la aprobación de esta iniciativa por parte del pleno del Ayuntamiento matriz, además de la decisión de la junta o asamblea vecinal o, en su defecto, de la petición por escrito de la mayoría de los vecinos de la población.