El Código de Comercio de Fernando VII, de 1829, establece la existencia de los Tribunales de Comercio, y los generaliza, tal como sus distintos artículos establecen, a las principales ciudades y localidades de importancia mercantil. Estos tribunales, a diferencia de los ordinarios de justicia y en la línea de los antiguos consulados, eran al mismo tiempo que órganos de justicia mercantil, propiamente dichos, fomentadores del comercio, y de las actividades económicas, corporaciones mercantiles en suma. Estaban formados por el Prior, o Presidente, y los Cónsules o miembros. El Código establece, minuciosamente, las condiciones de elegibilidad, la obligatoriedad en la aceptación de cargos, la forma de ejercitar la justicia mercantil, etc. Su existencia consta hasta 1868, con la caída de Isabel II, año en el que desaparecieron muchas entidades del Antiguo Régimen, entre ellas los tribunales. Existiendo desde este año un vacío legal, en lo relativo a representación y defensa de los intereses generales del comercio, que desempeñaban los Consulados.
Contenido Y Estructura
Alcance y contenido
La documentación de este fondo la componen, en su gran mayoría, los expedientes de pleitos y quiebras comerciales, siendo una fuente de valor excepcional para el estudio de la historia del comercio y la coyuntura económica de mediados del S.XIX.
Clasificación. Ordenación
Actualmente existe un borrador del cuadro de clasificación, puesto que se está trabajando en la identificación de las series documentales.
Las series documentales identificadas, hasta la fecha, son:
3. Tribunal de Comercio.
3.1. Secretaría.
3.1.1. Actas
3.1.2. Correspondencia
3.1.3. Expedientes de elecciones
3.1.4. Nombramientos
3.1.5. Disposiciones
3.2. Tesorería
3.2.1. Cuentas.
3.3. Tribunal
3.3.1. Expedientes de Quiebras
3.3.2. Pleitos
3.3.3. Libros de sentencias
Acceso y Uso
Condiciones del acceso
El acceso es libre y gratuito para todos los ciudadanos previa presentación del DNI. La accesibilidad de la documentación se encuentra limitada únicamente por la legislación vigente en materia de acceso y por el mal estado de conservación.