LAS JONS NACIERON EN 1931, FRUTO DE LA UNIÓN DE LOS GRUPOS DE CARÁCTER FASCISTA JUNTAS CASTELLANAS Y LA CONQUISTA DEL ESTADO, SIENDO UNO DE SUS PRINCIPALES IMPULSORES RAMIRO DE LEDESMA. LA FALANGE NACIÓ EN 1933 LIDERADA POR JOSÉ ANTONIO PRIMO DE RIVERA Y SAENZ HEREDIA, HIJO DEL DICTADOR PRIMO DE RIVERA. AMBAS ORGANIZACIONES SE FUSIONARON EN FEBRERO DE 1934 PARA FUNDAR UN NUEVO PARTIDO QUE PASÓ A DENOMINARSE FALANGE ESPAÑOLA DE LAS JUNTAS DE OFENSIVA NACIONAL SINDICALISTA (FE DE LAS JONS). MUY PRONTO SE PRODUCIRÍAN ACERCAMIENTOS ENTRE ESTA NUEVA ENTIDAD Y LA COMUNIÓN TRADICIONALISTA, MOVIMIENTO DE CARÁCTER CARLISTA. FINALMENTE EL 19 DE ABRIL DE 1937, FRANCO PROMULGÓ EL DECRETO DE UNIFICACIÓN NACIENDO ASÍ LA FALANGE ESPAÑOLA TRADICIONALISTA Y DE LAS JONS (FET Y DE LAS JONS). DE ESTE MODO EL MOVIMIENTO NACIONAL DE FALANGE ESPAÑOLA Y DE LAS JUNTAS DE OFENSIVA NACIONAL SINDICALISTA SE CONVIRTIÓ EN UN CONJUNTO DE PRINCIPIOS E INSTITUCIONES DEL RÉGIMEN FRANQUISTA QUE ACTUÓ COMO PARTIDO ÚNICO DEL ESTADO CREANDO UNA IMPORTANTE ESTRUCTURA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA, QUE CRECIÓ PARALELA A LA CENTRAL Y EN NUMEROSOS CASOS LA SUPLANTÓ. A MEDIADOS DE LOS 60 LA DECADENCIA DEL MOVIMIENTO FALANGISTA COMENZÓ A HACERSE PATENTE. EL 1 DE ABRIL DE 1977 EL GOBIERNO DE ADOLFO SUÁREZ SUPRIMIÓ EL MOVIMIENTO. QUEDARON EXTINGUIDOS LOS ORGANISMOS POLÍTICOS HEREDADOS DE FET Y DE LAS JONS, MIENTRAS QUE LOS DE CARÁCTER SOCIAL Y ASISTENCIAL FUERON INCORPORADOS A OTROS DEPARTAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN.
Historia archivística
EN 2004 EL PLAN DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS MUNICIPALES INTERVINÓ ESTE FONDO Y LO ORGANIZÓ SIGUIENDO UN CUADRO DE CLASIFICACIÓN FUNCIONAL. UNA VEZ LO HUBO CLASIFICADO Y ORDENADO PASÓ A INFORMATIZARSE EN EL PROGRAMA DE GESTIÓN DE ARCHIVOS GESAR Y SE INSTALÓ EN EL ORDENADOR DEL SECRETARIO. LA DOCUMENTACIÓN QUEDÓ FÍSICAMENTE UBICADA EN CAJAS Y ESTANTERÍAS NORMALIZADAS.
Contenido Y Estructura
Alcance y contenido
EL FONDO DE LA FALANGE ES AJENO AL DE LA DOCUMENTACIÓN MUNICIPAL PERO NOS PERMITE CONOCER EL PANORAMA SOCIO-POLÍTICO DE LA LOCALIDAD
Identificación. Valoración y selección. Eliminación.
Identificación
NO HAY.
Valoración y Selección
NO HAY.
Eliminación
NO HAY.
Nuevos ingresos
TRANSFERENCIAS EXTRAORDINARIAS.
Clasificación. Ordenación
EL TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN SIGUE LAS PAUTAS QUE LA UNIDAD DE PATRIMONIO BIBLIOGRÁFICO Y DOCUMENTAL DEL IEG HA MARCADO DESDE LOS INICIOS EN EL PLAN DE ORGANIZACIÓN DE LOS ARCHIVOS MUNICIPALES:
TRAS LA CLASIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN LOS RESULTADOS SON INFORMATIZADOS MEDIANTE UN PROGRAMA DE GESTIÓN DE ARCHIVOS LLAMADO GESAR QUE POSTERIORMENTE SE INSTALA EN EL AYUNTAMIENTO, FACILITANDO LA LABOR ADMINISTRATIVA DE LOS FUNCIONARIOS, ASÍ COMO LA CONSULTA Y ACCESO A INVESTIGADORES Y CIUDADANOS.
LA DOCUMENTACIÓN ES UBICADA FÍSICAMENTE EN LAS CAJAS NORMALIZADAS DE ARCHIVO EXIGIDAS, LOS EXPEDIENTES SEPARADOS POR CARPETAS Y CON LAZOS DE ALGODÓN; EN EL EXTERIOR DE DICHAS CAJAS SE AÑADEN LAS PEGATINAS CON LA NUMERACIÓN Y LAS ETIQUETAS DEL POAM SUMINISTRADAS POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL TAL Y COMO VENÍA HACIÉNDOSE CON ANTERIORIDAD EN EL PLAN.
UNA VEZ FINALIZADO EL PROCESO ARCHIVÍSTICO Y, ADECUADAS LAS INSTALACIONES DEL ARCHIVO DEFINITIVO SE PROCEDE A LA UBICACIÓN ORDENADA DE LAS UNIDADES DE INSTALACIÓN RESULTANTES Y NUMERADAS CON DÍGITOS CURRENS Y SIGUIENDO SIEMPRE EL MISMO PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DEL YA PROPIAMENTE LLAMADO ARCHIVO MUNICIPAL.
Acceso y Uso
Condiciones del acceso
EL ACCESO A LOS ARCHIVOS MUNICIPALES ESTA REGULADO POR LA ADMINISTRACION
ESPAÑOLA, AUTONOMICA Y ESTATAL.
- CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. ART.105B: EL ACCESO DE LOS CIUDADANOS A LOS ARCHIVOS Y REGISTROS ADMINISTRATIVOS SERA REGULADO POR LA LEY SALVO LO QUE AFECTE A LA SEGURIDAD Y DEFENSA DEL ESTADO, LA AVERIGUACION DE LOS DELITOS Y LA INTIMIDAD DE LAS PERSONAS.
- LEY 16/1985 DE PATRIMONIO HISTORICO ESPAÑOL. ART. 62: GARANTIZA EL ACCESO A LOS ARCHIVOS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES SIN PERJUICIO DE LAS RESTRICCIONES QUE, POR LA CONSERVACION DE LOS BIENES CUSTODIADOS O DE LA FUNCION PROPIA DE LA INSTITUCION PUEDAN ESTABLECERSE. ART. 57.1: REGULA EL LIBRE ACCESO, PERO CON AUTORIZACION SI AFECTA A MATERIAS CLASIFICADAS O A LA SEGURIDAD DEL ESTADO, Y EN EL CASO DE QUE CONTENGAN DATOS PERSONALES REFERIDOS A LA SEGURIDAD E INTIMIDAD DE LAS PERSONAS.
- LEY 30/1992, DE 26 DE ENERO, DE REGIMEN JURIDICO Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. ART. 35: PROCLAMA EL DERECHO DEL CIUDADANO A CONOCER EN CUALQUIER MOMENTO EL ESTADO DE LA TRAMITACION DE LOS PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE TENGA LA CONDICION DE INTERESADOS. ART. 37: RESTRINGE EL DERECHO DE ACCESO POR MOTIVOS DE SEGURIDAD Y DE PROTECCION DE LAS PERSONAS.
- LEY 3/1984 AUTONOMICA DE ARCHIVOS DE ANDALUCIA DE 9 DE ENERO
- DECRETO 97/2000, DE 6 DE MARZO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SISTEMA ANDALUZ DE ARCHIVOS Y DESARROLLO DE LA LEY 3/84 DE 9 DE ENERO, DE ARCHIVOS. LA SECCION 1ª AMPLIA LO RELACIONADO CON EL ACCESO A LOS DOCUMENTOS Y ARCHIVOS ANDALUCES.
- LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL REGIMEN LOCAL Y EL DECRETO 2568/1986, DE 28 DE NOVIEMBRE POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES LOCALES. DELIMITA EL DERECHO DE ACCESO DE LOS CIUDADANOS Y LA CORPORACION EN LOS ARCHIVOS MUNICIPALES.
- LEY 15/99 DE PROTECCION DE DATOS DE CARACTER PERSONAL.
Condiciones para Reproducción
SEGUN EL ARTICULO 37.9 DE LA LEY 30/92, ¿EL DERECHO DE ACCESO CONLLEVARA EL DE OBTENER COPIAS O CERTIFICADOS CUYO EXAMEN SEA AUTORIZADO POR LA ADMINISTRACION, PREVIO PAGO, EN SU CASO, DE LAS EXACCIONES QUE SE HALLEN LEGALMENTE ESTABLECIDAS¿.
Lengua y escritura
CASTELLANO
HUMANÍSTICA, MANUSCRITA E IMPRESA.
Características físicas y requisitos técnicos
LA DOCUMENTACIÓN ESTÁ INSTALADA EN CAJAS Y ESTANTERÍAS NORMALIZADAS, DEBIDO A LA ACTUACIÓN QUE REALIZÓ EL PLAN DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS MUNICIPALES. LA SALA DE ARCHIVO SE ACONDICIONÓ CON UNAS MEDIDAS BÁSICAS PARA ALBERGAR LA DOCUMENTACIÓN
Instrumentos de descripción no editados
GUÍA, INVENTARIO E ÍNDICES INFORMATIZADOS QUE HAN SIDO REALIZADOS POR EL PLAN DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS MUNICIPALES