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Cumplimiento de un deber al Estado: el Servicio Social

 

 

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Marzo 2019

"Cumplimiento de un deber al Estado: el Servicio Social"

 

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Cartilla de seguimiento de la prestación del Servicio Social. AHPCO, Delegación Provincial de la Sección Femenina de Córdoba.
Archivo Histórico Provincial de Córdoba
C/ Pompeyos, 6 14003 CÓRDOBA.
Telf: +34 957 106 083
e-mail: informacion.ahp.co.ccul@juntadeandalucia.es
  

Cumplimiento de un deber al Estado: el Servicio Social

 

El Servicio Social fue una prestación que las españolas realizaron entre el fin de la Guerra Civil y 1975, como un deber inexcusable de servicio al Estado. Se trataba de trabajos no remunerados durante un periodo de seis meses. Constituyó un instrumento de captación ideológica como función de adoctrinamiento y de control social durante la dictadura franquista. De esta forma se difundían entre la población femenina los valores conservadores que relegaban a la mujer al papel de reproductora y ama de casa. Sin embargo, a pesar de que el Servicio Social buscaba conseguir afiliaciones a la Sección Femenina, también tuvo un valor práctico ya que enseñó oficios (higiene, puericultura, medicina) a muchas mujeres y del mismo modo prestó un servicio asistencial.

En un principio estuvo muy ligado a la aplicación de las "aptidudes femeninas" en el alivio de las angustias y dolor causado por la guerra, y hasta 1940 se realizó en destinos como instituciones militares, el propio frente, instituciones de Auxilio Social y hospitales. Posteriormente se desligó de esta cualidad superando la beneficencia y orientándose hacia la formación de las españolas en el nacional-sindicalismo.

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Esta obligación se dirigía a mujeres de entre 17 y 35, aunque se eximían las mujeres casadas o viudas, las imposibilitadas por enfermedad y aquellas que prestaron un servicio durante la guerra. En sus comienzos, obligaba a todas aquellas mujeres que pretendían el ejercicio de funciones públicas, desempeños en plazas de la Administración o la obtención de títulos, progresivamente se fue extendiendo a obreras y personal femenino subalterno. Además era ya necesario para la obtención del pasaporte, carné de conducir, licencias de caza o pesca o continuar perteneciendo a centros o asociaciones artísticas, deportivas y de recreo y otras. Con todo, la obligatoriedad real de su realización no se consiguió hasta un decreto del año 1944 con la introducción de cambios fundamentales.

Todas estas trabas legales dificultaban la vida profesional de las mujeres. Debían añadir seis horas diarias de trabajo gratuito y formación a su jornada laboral, que compartirían con sus obligaciones domésticas y familiares y su empleo. Por tanto discriminaba a la mujer soltera que desempeñaba o pretendía desempeñar un trabajo remunerado.

Tras el fin de la guerra, con la reorganización de la Sección Femenina se redefinieron sus funciones y se primó el sometimiento a la disciplina falangista de todas las mujeres obligándolas a colaborar en la construcción de un nuevo estado y recibir una formación religiosa nacional-sindicalista y del hogar. Así, el servicio se estructuró en dos etapas, una moral, doméstica y social y otra con trabajos y desempeños de interés nacional. Con todo lo cual se pretendía formar a la mujer para madre, esposa y ama de casa, y educarla en la transmisión de los valores del nuevo Estado.

El Servicio Social llegó a contar hasta con nueve modalidades. Existía una modalidad ordinaria para las mujeres sin oficio que debían cumplir tres meses de formación en una Escuela Hogar y los restantes meses en jornadas de 5 ó 6 horas diarias en instituciones benéfico-sociales. Otras modalidades más específicas se desempeñaban en internados, en tareas sociales o en el Servicio Social Universitario que se reducía a cuatro meses. A ellas se sumaban tres modalidades destinadas a obreras cuya prestación variaba dependiendo de la situación laboral de cada mujer. En el caso de las enfermeras, dada la naturaleza asistencial de su trabajo, solo debían cumplir la parte formativa. Las restantes modalidades se refieren a las residentes en pueblos y extranjero. En estos casos, al no existir las Escuelas Hogar, se realizaban exámenes para certificar su formación y tareas sociales en la localidad de las mujeres o labores en su propio domicilio. Esta práctica se extendió en los últimos años de la prestación reduciéndola a la entrega de labores fundamentalmente.

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En la actualidad, muchos archivos históricos provinciales conservan la documentación generada por el Servicio Social. Se trata de un fondo archivístico muy vivo puesto que varias sentencias judiciales del País Vasco y Extremadura han determinado que su cumplimiento sea reconocido a efectos de cotización laboral equiparándolo a lo que ocurre con el Servicio Militar. De este manera son habituales las peticiones de copia certificada de documentos. Por desgracia, no existe un trabajo en profundidad sobre los efectos sociales reales de esta prestación a lo largo del franquismo. Es reseñable el exhaustivo trabajo de la investigadora Pilar Rebollo Mesas sobre su implantación en el medio rural.

Con motivo del día de la mujer, mostramos la Cartilla de realización del Servicio Social con la particularidad de que aún conserva la insignia que se entregaba a quien realizaba sus tareas. En dicha cartilla se registraban puntualmente las asistencias a los lugares o empresas de destino y una vez finalizada la prestación, la Sección Femenina otorgaba el certificado.

 

 Cartilla de seguimiento de la prestación del Servicio Social. AHPCO, Delegación Provincial de la Sección Femenina de Córdoba.

 

 BIBLIOGRAFÍA

 

Rebollo Mesas, Pilar. “El Servicio Social de la mujer de Sección Femenina de Falange: su implantación en el medio rural”. En: Ruiz Carnicer, Miguel Ángel Y Frías Corredor, Carmen (coord.) Nuevas tendencias historiográficas e historia local en España: actas del II Congreso de Historia Local de Aragón (Huesca, 7 al 9 de julio de 1999). Huesca: Instituto de Estudios Altoaragoneses: Universidad de Zaragoza, Departamento de Historia Moderna y Contemporánea, 2001. P. 297-316. Disponible en Web: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/968544.pdf [consulta 21 de febrero de 2019].

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