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Marzo 2017

JEP-18535-01

 

 

Los Referéndums de acceso a la Autonomía de Andalucía en el fondo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla

 

Código de referencia: ES.41091.AHP//Junta Electoral Provincial de Sevilla

Título: Junta Electoral Provincial de Sevilla

Fecha: 1977-1986

Nivel de descripción: Fondo

Nombre del productor: Junta Electoral Provincial de Sevilla

Reglas o convenciones: ISAD (G), NEDA


 En el proceso de constitución de Andalucía como Comunidad Autónoma fueron claves el Referéndum de Autonomía del 28 de febrero de 1980 y el Referéndum sobre el Estatuto de Autonomía de 20 de octubre de 1981. Estos dos procesos electorales respondían al procedimiento establecido por el artículo 151 de la Constitución Española como forma de acceso a la Autonomía. El procedimiento del artículo 151, denominado de “vía rápida”, se distinguía del regulado por el artículo 143 por garantizar un poder político propio y un mayor ámbito de competencias. En virtud de este artículo, la iniciativa autonómica debía ser ratificada en un referéndum convocado mediante Ley orgánica por la mayoría absoluta de los electores del territorio que pretendía constituirse en Comunidad Autónoma. Una vez ratificada la iniciativa, se debía redactar un Estatuto de Autonomía que también era sometido a referéndum.

En el Archivo Histórico Provincial de Sevilla conservamos el Fondo de la Junta Electoral Provincial, organismo encargado de velar por la correcta celebración de todas las convocatorias electorales. El restablecimiento de la democracia en España conllevó la regulación de los procesos electorales, lo que motivó la aprobación del Real Decreto de 18 de marzo de 1977, de Normas Electorales, y la posterior Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en las que se establece la organización de las Juntas Electorales Central, Provincial y de Zona, a la que posteriormente se añadirá la de la Comunidad autónoma (Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía).

La Junta Electoral Provincial reside en la capital de la provincia. Compuesta por magistrados, profesores de Derecho, juristas y el secretario de la Audiencia resuelve quejas, reclamaciones y recursos que le dirijan en el proceso electoral, así como la jurisdicción disciplinaria de las personas que intervengan en las operaciones electorales. Es una institución efímera, que se constituye cuando se abre el periodo de elecciones y se disuelve una vez certificados los resultados definitivos.

Entre los documentos custodiados en el Fondo de la Junta Electoral Provincial se hallan los expedientes generados por este organismo en la organización de los referéndums que dieron paso a la Autonomía andaluza. Entre otros se conservan expedientes de autorización de actos electorales, expedientes de autorización de propaganda electoral, expediente de presentación y proclamación de candidaturas, expedientes de mesas electorales, etc.


 

Selección documental:

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