Archivos de Andalucía

Junta de AndalucíaArchivos de AndalucíaEnlace al directorio institucional de la Cultura (en nueva ventana)

|

Primeras pinceladas de un joven pintor. Contrato de aprendizaje de Antonio del Castillo. 1631.

 

<< Anterior | Siguiente >>

Índice

Junio 2016 

 PRIMERAS PINCELADAS DE UN JOCEN PINTOR. CONTRATO DE APRENDIZAJE DE ANTONIO DEL CASTILLO. 1631.

AHPCO_15570P

 
Archivo Histórico Provincial de Córdoba
C/ Pompeyos, 6 14003 CÓRDOBA.
Telf: +34 957 106 083
e-mail: informacion.ahp.co.ccul@juntadeandalucia.es
  

 

Antonio del Castillo está considerado uno de los pintores cordobeses más destacados del siglo XVII; la calidad de sus lienzos y la destreza de sus dibujos lo colocan en un lugar de privilegio entre los artistas de su siglo, no sólo a nivel local.


 

Nace en Córdoba, en 1616, hijo del pintor y dorador Agustín del Castillo y de Ana de Guerra. Su padre, natural de Azuaga (Badajoz), se estableció en Córdoba alrededor de 1613, fecha en la que casa con Ana; de este matrimonio nacen 4 hijos entre 1616 y 1628, siendo nuestro pintor el primogénito.


 

Sus primeros años los vive imbuido del ambiente artístico en el taller-obrador familiar, favorecido además por la ubicación del mismo en plena calle de la Feria, lo que permitía un contacto asiduo con libreros, comerciantes, marchantes, etc. En él comienza Antonio del Castillo a temprana edad a aprender los principios básicos del oficio, con un carácter más práctico que teórico, tales como la composición y mezclas de pigmentos, la preparación de los soportes, lienzos y bastidores, y por supuesto las distintas técnicas pictóricas, empezando por la aplicación del color y fondos como primeros pasos, a la vez que se iba introduciendo en la comunidad artística local.


 

Sin embargo, el fallecimiento de su padre en 1631, cuando Antonio del Castillo contaba con 15 años y aún no había finalizado su formación, hace que tenga que buscar una nueva vía para completar la misma. La opción elegida es con Ignacio Aedo Calderón, un pintor de imaginería poco conocido en la actualidad, pero que debía estar en el círculo de su padre y tenía su taller cerca del de Agustín del Castillo.


 

El 24 de noviembre de 1631 Antonio del Castilo solicita ante el escribano público Bartolomé Maldonado que se le nombre un curador para que pueda actuar en su nombre, y firmar el contrato de aprendizaje con su nuevo maestro, siendo nombrado para ello el procurador Francisco Muñoz de Almoguera, que ese mismo día y ante el mismo escribano, firma el contrato de aprendizaje, en representación de Antonio del Castillo, con Ignacio Aedo Calderón. Este periodo de formación, sin duda sirvió a Antonio del Castillo, no sólo para completar la formación que ya había recibido de su padre, sino también para adquirir destrezas en una especialidad nueva para él como era la pintura de imágenes, con técnicas distintas a las que ya conocía.


 

Tras finalizar este periodo de aprendizaje, presumiblemente a fines de 1634, viaja a Sevilla, donde completa su formación con Zurbarán, periodo que lo marcó notablemente pese a que fue bastante corto, ya que en junio de 1635 se encuentra de vuelta en Córdoba donde contrae matrimonio con su primera esposa.


 

En los gremios artísticos, el aprendizaje estaba en algunos casos regulado en las ordenanzas, al igual que ocurría con los exámenes de acceso a la profesión, pero incluso en aquellos en los que no se recoge en ordenanza, solía responder a unas mismas características: el contrato se extiende entre 3 y 6 años, y se inicia a edades tempranas entre 12 y 16 años; el aprendiz debía obedecer al maestro, servirle durante su periodo de aprendizaje, no ausentarse del taller ni ir a trabajar con otro oficial hasta que no finalizase el tiempo de aprendizaje estipulado (esto último se recoje por ejemplo en las ordenanzas de pintores de Córdoba de 1544); el maestro por su parte, debía hospedar y mantener al aprendiz, enseñarle el oficio (lo habitual era empezar por las técnicas más básicas y elementales) y normalmente darle una compensación económica o en especie al finalizar el mismo. Una vez finalizado este periodo podían optar a examinarse en la forma que se recoge en las ordenanzas de pintores de cada localidad para poder ejercer el oficio en dicha localidad.


 

El documento mostrado está otorgado por Francisco Muñoz de Almoguera, procurador de Córdoba, como curador de Antonio del Castillo debido a su minoría de edad, y nos detalla las condiciones del aprendizaje del futuro pintor.


 

Básicamente no difiere de lo habitual en contratos de aprendizaje de la época. Antonio servirá durante un periodo de tres años a Ignacio Aedo “en todo lo que ffuere onesto, y le mandare”, por tanto, dando por supuesto que finalizó el contrato, ya que no hay ningún documento que nos aporte información sobre su finalización anticipada, éste concluiría en noviembre de 1634.


 

El maestro se comprometía por un lado a atender las necesidades básicas de su alumno, “le de de comer y beber, bestir y calçar y casa y cama y bida que la pueda bien pasar”; por otro al objetivo básico del contrato, es decir, a formarlo en el oficio, “lo dara ensenado del dicho officio de pintor, de fforma que pueda entrar a trauaxar por official en cualquiera tienda de pintor”, y por último lugar, a proveerlo de vestimenta una vez que el contrato finalizase, “en ffin del dicho tiempo, le dara un bestido de paño nuebo de la tierra de calçon y rropilla y ferreruelo, calças y çapatos, çinto y sombrero, dos camisas y un jubon y dos balonas; todo bueno, nuebo de dar y rreciuir o su balor”.


 

Ambos se comprometían a cumplir su parte del contrato, ya que obligaban sus bienes y en caso de no hacerlo podían sufrir la ejecución de los mismos. Antonio del Castillo se obliga a no ausentarse de la casa y servicio en los tres años y si lo hiciera su tutor “lo trayra y hara traer de qualquiera parte donde estubiera, para que acaue de serbir todos los dichos tres años”. Por su parte si Ignacio Aedo no le enseña el oficio o lo echa sin causa legítima, y debe aprender en otra parte, se le puede reclamar el coste de su aprendizaje, así como la vestimenta que debía darle a la finalización.

 

W3C XHTMLW3C WAIW3C CSS