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Una pintora cordobesa en un mundo de hombres: Catalina Díaz. 1547.

 

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Marzo 2016

 UNA PINTORA CORDOBESA EN UN MUNDO DE HOMBRES: CATALINA DÍAZ. 1547.

AHPCO_15570P

 
Archivo Histórico Provincial de Córdoba
C/ Pompeyos, 6 14003 CÓRDOBA.
Telf: +34 957 106 083
e-mail: informacion.ahp.co.ccul@juntadeandalucia.es
  

Ya desde la Edad Media, el ejercicio de determinadas profesiones se encontraba regulado a través de los gremios. Su ámbito de actuación se limitaba al municipio o conjunto de municipios que señalaban sus ordenanzas.
 

Las finalidades del gremio eran tanto defender al comprador, como a los profesionales capacitados para ejercer el oficio. Para ello, procedían a:

  • revisar la calidad de los trabajos ejecutados, de varias maneras: mediante la capacitación del profesional que necesita pasar un examen; recomendando la utilización de ciertas materias primas y prohibiendo otras

  • evitar el intrusismo laboral, permitiendo el ejercicio de la profesión únicamente por aquellos que superen un examen

  • controlar el reparto equitativo entre todos los profesionales de la materia prima con la que se realizaban los trabajos

  • realizar alguna labor benéfica, como la atención a las viudas, las cuales podían llegar a regentar el taller o tienda del marido fallecido para facilitar la manutención de la familia, pero no podía realizar las obras.

La creación del gremio de pintores de Córdoba, a través de sus ordenanzas de 1493, es uno de las más antiguos y mejor documentados que se conocen en España. Gracias a él se pueden conocer datos como las técnicas que se usaban en la época, los problemas que había en el oficio en aquel momento, etc.

A pesar de que sus ordenanzas no contemplasen la posibilidad de que una mujer desempeñara el oficio de pintora, en los protocolos notariales de Córdoba nos encontramos con la única excepción conocida hasta el momento: el 11 de abril de 1547 se presenta ante escribano el padre de Catalina Díaz, con el objeto de que el alcalde y el veedor (examinador) del gremio de pintores de Córdoba, proporcionasen a su hija la carta de examen para ser maestra pintora y así poder ejercer la profesión y abrir una tienda propia. Curiosamente, no es ella quien solicita la carta de examen, sino su padre, lo que nos remite, una vez más a la “mujer tutelada”, ya sea por el marido, o por el padre.

Según las ordenanzas de Córdoba en aquel momento había tres tipos de pintura: “arte de lo morisco”, o sea, sobre madera y paredes y techos al fresco y al óleo; “imaginería”, que engloba el dorado y pintura de retablos, tallas, tabla, y lienzos; y pintura de “sargas”, o tela de seda.

Catalina Díaz obtuvo la carta de examen de éste último tipo: la pintura de sargas. Probablemente habría aprendido la especialidad de su propio padre, el pintor Cristóbal de Saucedo.

La pintura de sargas se empleaba frecuentemente como puertas para órganos, velos cuaresmales, etc. Esto implicaba que en ocasiones se almacenara o transportara, por lo que era necesario que las técnicas pictóricas utilizadas, los pigmentos de color, etc., aportaran cierta flexibilidad al resultado final.

La carta de examen de Catalina Díaz que se encuentra en el protocolo, sigue así:

“En la muy noble y muy leal ciudad de Córdoba, once días del mes de abril, año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil quinientos quarenta y siete años, ante los honrados Simón Muñíz y Francisco del Rosal, alcalde y veedor [1]del oficio de los pintores de esta ciudad y sus villas, compareció Cristóbal de Saucedo, pintor, vecino de la villa de Bujalance, y dijo que él tiene una hija casada que se dice Catalina Díaz, mujer de Juan López, la cual desde muchacha deprendó [2] el oficio de pintor cerca de lo tocante a la sarguería y de ello ha dado muestra; pidió a los dichos alcalde y veedor, siendo su relación verdadera y constándoles ser así, le manden dar su carta de examen para que pueda pintar la dicha sarguería sin pena ni calunia [3] alguna, ni le sea en ello puesto impedimento. Los dichos Simón Muñiz y Francisco del Rosal dijeron que ellos han visto obras de pintura de la dicha Catalina Díaz y eran informados de maestros pintores que le han visto pintar, y saben que la muestra y pinturas que han visto las pintó e hizo la dicha Catalina Díaz, por tanto ellos la dan por maestra examinada; es a saber, de un bosque y de allí para abajo que se entiende matillas [4] y entretalles [5] y matas de [lana] y [caça] y de ahí abajo otras obras de lazo y menudo, porque como dicho es, han visto sus obras y las sabe bien hacer y asimismo pintar puertas y almarios y arcas y esto de entretalles a cuartos [6]. Y de esto que dicho tienen, la dieron por maestra examinada, para que pueda poner tienda donde ella quisiere y usar la dicha facultad de pintor sin pena ni calunia [7] alguna , y requirieron a las justicias de su magestad le consientan poner la dicha tienda y gozar de las gracias y preeminencias [8] que los pintores gozan y les deben ser guardadas. 

Y en cumplimiento de las ordenanzas, el dicho Cristóbal de Salcedo fió a la dicha su hija que acudirá con las obras que le dieren a pintar a sus dueños bien hechas y si tuvieren alguna falta o no las volviere, que el susodicho pagara el menoscabo o lo que no volvieren a sus dueños, hasta en cuantía de quince mil maravedís, y para ello obligo a sí y a sus bienes y dió poder a las justicias para la ejecución de esta carta como por cosa pasada en cosa juzgada, y en el nombre de la dicha su hija pidió de todo testimonio y esta carta de examen, y el dicho alcalde y veedor se la mandaron dar, y yo el presente escribano le di esta segunda que ante mi pasó, siendo presentes a ello por testigos García Fernández, pintor, y Juan López, vecinos de Bujalance, y Pedro Riaça y Juan Gómez, vecinos de Córdoba, y firmaron las partes.

Francisco del Rosa [firmado], Symon Munniz [firmado], Christoval de Sazedo [firmado], Felipe de Riaça, escrivano público [firmado]”

[1] veedor: examinador

[2] deprendó: aprendió

[3] calunia: multa

[4] matillas: matas pequeñas

[5] entretallar: sacar y cortar varios pedazos de una tela

[6] cuartos: piezas de tela

[7] calunia: multa

[8] preeminencias: privilegios

No sería descabellado asumir que Catalina Díaz pusiera su tienda en Bujalance, con obras realizadas por ella y tal vez con la ayuda de su padre. Por el momento, no parece haberse conservado ninguna obra de Catalina Díaz, al menos firmada.

En 1785 se promulga la Real Cédula en la que se produce la liberalización del examen para ejercer el trabajo de pintor, lo que supone el fin de los gremios de bellas artes como tales.

Córdoba, 11 de abril de 1547

AHPCO, LEG 15570P
 

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