Se ha publicado la nueva convocatoria Europa Creativa MEDIA MEDIA 360° (CREA-MEDIA-2025-MEDIA360), cuya fecha límite de presentación de solicitudes es el 9 de enero de 2025 a las 17.00 h.

El objetivo de la acción MEDIA 360 es desarrollar grandes hubs audiovisuales capaces de proponer un conjunto estratégico de actividades que respondan a las oportunidades y retos clave en el ámbito europeo. Para fomentar un enfoque coherente donde los centros exploten sus identidades y capacidades únicas, así como las economías de escala, MEDIA 360 apoya un paquete de actividades que implementan una visión y objetivos compartidos con un impacto en toda la cadena de valor.

La acción apoyará un paquete de actividades que faciliten la creación, promoción y distribución de contenidos europeos, y/o la adopción de nuevas tecnologías o modelos de negocio por parte del sector audiovisual. Las actividades tendrán impactos en toda la cadena de valor (por ejemplo, apoyo a los talentos y habilidades, desarrollo de mercados y trabajo en red, apoyo a la innovación y la inversión privada, apoyo a las coproducciones internacionales, así como otras áreas relevantes) y serán implementadas por organizaciones europeas capaces de atraer participantes europeos e internacionales. Los solicitantes deberán presentar una estrategia integral y un paquete de actividades coherente y serán capaces de demostrar su fuerte valor añadido y efecto estructurador en la industria audiovisual europea.

Solicitantes elegibles

Convocatoria para entidades (empresas privadas, organizaciones internacionales, asociaciones, fundaciones, profesionales de la industria audiovisual) que presenten una estrategia global integrada, con un paquete de actividades propuestas, que demuestre su fuerte valor añadido y su efecto estructurante para el conjunto de la industria audiovisual europea.

Se admiten solicitudes de solicitantes únicos (beneficiarios únicos; se admiten entidades afiliadas, si es necesario), así como propuestas presentadas por un consorcio de al menos 2 solicitantes (beneficiarios; entidades no afiliadas).

Actividades elegibles

Los proyectos deben cubrir actividades en al menos dos de los segmentos siguientes:

1) Desarrollo de habilidades. Actividades de formación y mentoring para mejorar la capacidad de los profesionales del audiovisual para adaptarse a los nuevos procesos creativos, desarrollos del mercado y tecnologías digitales que afectan a toda la cadena de valor. Las actividades pueden incluir entre otros: dar apoyo a nuevos procesos creativos; el aprovechamiento de la innovación digital en la producción y distribución audiovisual, la adopción de herramientas digitales para la producción y distribución de videojuegos; mejora de la explotación de los derechos de PI; transición verde.

Las actividades pueden tomar la forma de aportaciones físicas y/o en línea o, idealmente, una combinación de ambas, ofreciendo de esta manera el soporte continuo de las habilidades.

Al final de la formación, los participantes deberán recibir un certificado en el que se especifican las competencias adquiridas.

Las becas deben representar al menos el 20% del número total de participantes. Las becas deben concederse a participantes procedentes de países de baja capacidad del Grupo A y del Grupo B[1] o de un país que no conceda becas para este tipo de formación o participantes en cualquier otra situación acreditada de necesidad de apoyo económico.

2) Mercados, actividades B2B y networking

Actividades y eventos de networking del sector, físicos, digitales o híbridos, centrados en el intercambio interempresarial entre profesionales del audiovisual europeo, facilitando coproducciones y ventas y mostrando un efecto estructurador en el ecosistema audiovisual europeo así como impacto en la promoción y ventas. de obras audiovisuales europeas en los mercados globales.

No se consideran elegibles las actividades relacionadas con los siguientes tipos de obras: emisiones en directo, vídeos musicales, obras artísticas no narrativas (incluidos, entre otros, vídeos artísticos, vídeos experimentales, etc.), obras comerciales y promocionales (incluidos, entre otros, anuncios publicitarios). ), reality TV y tertulias.

3) Coproducción internacional entre una empresa con sede en un país que participa en Europa Creativa MEDIA y una empresa con sede en un país que no participa en MEDIA. Las actividades subvencionables consisten en la prestación de apoyo financiero a terceros elegibles para proyectos subvencionables de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Producción de largometrajes, series de televisión, animación y documentales (los cortometrajes no son elegibles).
  • Actividades de distribución y estrategias de promoción internacional para mejorar la circulación y la audiencia internacional de las coproducciones internacionales.

4) Aprovechar la innovación para aumentar la disponibilidad, la visibilidad y la audiencia de las obras europeas en la era digital y/o para aumentar la competitividad o el proceso de ecologización de la industria audiovisual europea. Las actividades elegibles también pueden incluir actividades destinadas a incubar, acelerar y escalar la innovación en los ecosistemas audiovisuales y de juegos.

5) Inversión privada

Talleres de apoyo, seminarios o tutoriales que se centran en la importancia de las inversiones financieras, las diferentes oportunidades disponibles y cómo éstas pueden beneficiar a las empresas audiovisuales/de juego a largo plazo. Estos eventos también pueden proporcionar una plataforma para que las empresas audiovisuales y de juegos interactúen con expertos financieros y posibles inversores y compartan historias de éxito de empresas/contenidos que se han beneficiado de inversiones financieras, animando así a otras personas a explorar estas oportunidades.

Los proyectos también pueden introducir otras actividades B2B siempre que se ajusten a los objetivos de la convocatoria.

Una parte sustancial de los participantes en los proyectos propuestos deben provenir de un país participante en MEDIA diferente del país del solicitante.

Las solicitudes deben presentar estrategias adecuadas para garantizar una industria más sostenible y más respetuosa con el medio ambiente y para garantizar el equilibrio de género, la inclusión, la diversidad y la representatividad.

Como parte del compromiso de la Comisión Europea con la sostenibilidad, se anima a los solicitantes a limitar las actividades de viaje a lo que sea absolutamente necesario para el cumplimiento de sus objetivos de la acción.

Los proyectos deben cumplir los intereses y las prioridades políticas de la UE.
El apoyo financiero a terceros está permitido en el ámbito de la coproducción internacional y debe cumplir con lo siguiente:

  • Los proyectos de apoyo financiero a terceros deben ser presentados por entidades audiovisuales establecidas en alguno de los países participantes en MEDIA y propiedad directa o mayoritaria de nacionales de estos países.
  • Los proyectos de apoyo financiero a terceros deben coproducirse con al menos un productor de un país que no participe en MEDIA.
  • La cuota de coproductor(s) procedente de países participantes en MEDIA debe ser de un mínimo del 20%. En ningún caso, la cuota del/de los coproductor/s proveniente de países participantes en MEDIA puede superar el 70%.
  • Los solicitantes no pueden proponer otras condiciones de elegibilidad, excepto cuando estén relacionadas con la definición de listas de países terceros. La financiación de los proyectos no se limitará a los operadores del país donde tiene la sede del solicitante.
  • La convocatoria debe fomentar el intercambio de buenas prácticas en materia de ecologización y sostenibilidad entre los coproductores.
  • El importe máximo del apoyo económico a terceros es de 60.000 euros

Vuestra solicitud de proyecto debe especificar claramente por qué se necesita apoyo financiero a terceros, cómo se gestionará y proporcionar una lista de los diferentes tipos de actividades para las que un tercero puede recibir apoyo financiero. La propuesta también debe describir claramente los resultados que se quieren obtener.

Duración

Normalmente, los proyectos no deben superar los 36 meses.

Las prórrogas son posibles, si se justifican debidamente justificadas y mediante una modificación.

Calendario

  • Publicación de la convocatoria: 26 de septiembre de 2024.
  • Fecha límite de presentación de solicitudes: 9 de enero de 2025 a las 17:00 (hora de Bruselas).
  • Periodo de evaluación: enero – abril de 2025.
  • Información a los solicitantes: mayo de 2025.
  • Firma del convenio de subvención: octubre de 2025.

Documentación

Documento de convocatoria y anexos:

Convocatoria

Plantillas de formulario de solicitud

Standard application form (CREA MEDIA) — el formulario de solicitud específico de esta convocatoria está disponible en el Sistema de presentación de solicitudes

Modelo Grant Agreements (MGA)

CREA MGA

Documentos adicionales:

CREA Annual Work Programmes

CREA Regulation 2021/818 

EU Financial Regulation 2018/1046 

Rules for Legal Entity Validation, LEAR Appointment and Financial Capacity Assessment 

EU Grants AGA — Annotated Model Grant Agreement 

Funding & Tenders Portal Online Manual 

Funding & Tenders Portal Terms and Conditions 

Funding & Tenders Portal Privacy Statement

Más información

email 360º: EACEA-MEDIA-360@ec.europa.eu