Los programas deben iniciarse en el año en el que se publica la convocatoria o en un año inmediatamente posterior.
Talentia Máster.
El período subvencionable se corresponderá con el período lectivo del programa, por un máximo de 24 meses. Se entiende por período lectivo el que transcurre entre el inicio y la finalización del período efectivo de clases o, en su caso, la fecha de realización del último examen presencial en el centro.
En el plazo de 5 años desde el 1 de enero del ejercicio en el que se efectúa la convocatoria, sin perjuicio de la extensión por tiempo equivalente al permiso de maternidad o baja médica de larga duración prevista en el apartado 21.a).7.º del Cuadro Resumen.
Talentia Doctorado.
El período subvencionable será de 36 meses, sin perjuicio de que la matriculación y el inicio del programa de doctorado se produzca con anterioridad y la lectura de la tesis con posterioridad a la finalización del mismo, excepto en lo previsto en el apartado 21 del Cuadro Resumen.
Dicho período estará encuadrado en los 5 años desde el 1 de enero del ejercicio en el que se efectúa la convocatoria, sin perjuicio de la extensión por nacimiento o adopción de hijos por parte de mujeres beneficiarias prevista en el apartado 21.a).7.º del Cuadro Resumen.
Puedes escribir tus consultas a: talentia.scholarships.aac@juntadeandalucia.es