Tras la propuesta provisional de resolución, existirá un plazo de diez días (no cuentan domingos ni festivos) para que, utilizando el formulario-anexo II que se publicará junto con la convocatoria, puedas si quieres:
Los beneficiarios provisionales en esos diez días, utilizando el mismo formulario-anexo II, deberán presentar la documentación acreditativa de los datos que hayas consignado en tu solicitud sobre requisitos y criterios de evaluación.
Si eres beneficiario suplente, puede que en la propuesta provisional también se te obligue expresamente a que presentes la documentación acreditativa en esos diez días, utilizando el mismo formulario-anexo II. Revisa este punto en la propuesta provisional de resolución que se publique.