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La presencia de auxiliares de conversación en los centros educativos conlleva una serie de actuaciones que precisan documentos y procedimientos de solicitud. De la misma forma, los auxiliares de conversación necesitan documentos informativos que guíen su labor. En esta sección, encontraremos la documentación necesaria relativa al programa de auxiliares de conversación en el curso 2024/2025.

Los centros con ocho o menos unidades recibirán una persona auxiliar a tiempo parcial. Los centros con dieciocho unidades o más dispondrán de dos auxiliares de conversación a tiempo completo.

La persona auxiliar de conversación debe incorporarse a los centros educativos el 1 de octubre. Por motivos excepcionales, como máximo, podrá incorporarse después del 10 de octubre, con el compromiso de recuperar las horas no colaboradas.

La duración de la estancia será como máximo de ocho meses, no anterior al 1 de octubre ni posterior al 31 de mayo. En el caso de auxiliares de conversación procedentes de Oceanía y Alemania tendrán la opción de incorporarse en el mes de enero, o finalizar en el mes de marzo.

 

Nunca. No podrán sustituir, en ningún caso, al profesorado en la clase, ni en desdobles, ni siquiera en compañía del profesorado de guardia. Durante las horas de atención directa al alumnado, las personas auxiliares de conversación deberán estar acompañadas en el aula en todo momento, y, siempre, bajo la supervisión de la dirección del centro.

La dedicación semanal será de catorce horas semanales, a tiempo total en un único centro o a tiempo parcial en dos centros. Dos de ellas serán para su formación en el conocimiento de la lengua y cultura española en el centro educativo y las doce restantes para el intercambio cultural y la mejora de las destrezas orales del alumnado. En el Anexo I se incluirán las dos horas como ¿formación¿ y las catorce horas restantes en las franjas horarias del alumnado.

Como parte del programa de formación en lengua y cultura española, podrán participar en las actividades complementarias y extraescolares que se desarrollen dentro del territorio nacional organizadas por el centro al que están asignados, sin que esto conlleve responsabilidad alguna de la persona auxiliar de conversación sobre el alumnado participante o la actividad que se lleve a cabo. En ningún momento ejercerán la labor correspondiente al profesorado acompañante.

 

No, en ningún caso. Al no formar parte de la plantilla docente, las personas auxiliares de conversación no podrán asistir a las reuniones de los órganos de gobierno (Claustros y Consejo Escolar) ni a las reuniones de los órganos de coordinación docente, ni vigilarán las dependencias del centro educativo, ni participarán en las reuniones con las familias.

Realizarán un curso en línea específico, impartido en su totalidad en español, con el objetivo de recibir formación en lengua y cultura española así como del sistema educativo de Andalucía. El curso estará alojado en el aula virtual de Educación Para Personas Adultas y su realización conllevará un certificado expedido por la administración educativa.

Sí. Las dos horas de formación están dentro de la dedicación semanal y, por tanto, deben permanecer en los centros educativos realizando el curso de formación, manteniendo intercambios culturales con el profesorado del centro, compartiendo encuentros en español relativos a la vida del centro educativo¿

Sí. Los centros educativos deberán mantener un registro de la asistencia de las personas auxiliares de conversación y conservar evidencias de la estancia de sus asistentes lingüísticos (enlace a espacio digital, fotografías, vídeos...)

No. No se puede renovar en Andalucía.

Las personas auxiliares de conversación no están bajo la dependencia de un centro escolar, no están bajo las órdenes o instrucciones del docente ni del equipo directivo del centro. En casos de faltas leves o graves, los centros no tienen competencias para sancionarlas. El protocolo a seguir es que, en el caso de darse un problema con una persona auxiliar de conversación, el centro informa a la unidad responsable del Programa en las Delegaciones Territoriales competentes en materia de educación. Esta unidad a su vez informa al centro directivo responsable del Programa en la Consejería con competencias en materia de educación para intentar reconducir la situación y, en caso de que no fuera posible, una vez oídas las partes, se puede decidir dar de baja a la persona auxiliar en el Programa.

 

Sí. Como ocurre con otras personas que llegan al centro, se debe seleccionar en Séneca / Personal / Incorporaciones / Sí y seleccionar la fecha en el día que llega. Para más información, en el árbol de documentos de Séneca (documentos que se pueden pedir) hay un documento donde se explica cómo hacerlo paso a paso.

Antes del 10 de octubre.

Deben solicitar una tarjeta de coordenadas (no es la DIPA del profesorado), tal y como se les indicará en la Jornada de Acogida, con la que podrán firmar digitalmente.

El Anexo I (firmado también por la persona auxiliar de conversación y la coordinación bilingüe), Anexo VIII (también firmado por la persona auxiliar de conversación), Anexo III, Anexo IV (uno por cada abono mensual, también firmados por la persona auxiliar de conversación), y el Anexo VII (en el caso de baja o renuncia).

Los pagos a los auxiliares se deben cargar en la subcuenta Transferencias a familias e instituciones sin ánimo de lucro, asociada a los asientos del tipo Pago a Auxiliares de Conversación, a través de la siguiente ruta:

Gestión Económica > Configuración > Estructura de subcuentas > Gastos diversos > Nueva > Seleccione Transferencias a familias e instituciones sin ánimo de lucro > Aceptar."

Ninguno. Los pagos solo se pueden realizar a mes vencido, y, el último mes se realizará tras comprobar que todos los documentos estén debidamente firmados y subidos a Séneca.

 

Para los Anexos II y V, los centros, a través de su dirección, deben rellenar un certificado de no cumplimentación, certificado que se encuentra disponible en Séneca, en la carpeta ¿documentos que se pueden pedir¿. Los certificados deben subirse al módulo de auxiliares, en su apartado correspondiente.

Este Anexo sólo es necesario para el centro, por lo que, una vez relleno en papel por el auxiliar de conversación, será el centro quien lo custodie sin necesidad de aportarlo a la administración ni subirlo al módulo de auxiliares.

El cupo de financiación al que pertenece se puede ver en Séneca desde el apartado de Personal del centro / Auxiliares de Conversación / Adjudicación Provisional. Para tener la información actualizada, sólo hay que pulsar sobre ¿Cargar Auxiliares¿, icono en la parte superior derecha.

De manera genérica, y, desde la implantación del módulo de auxiliares en Séneca, la gestión es prácticamente idéntica si la financiación es de la Unión Europea o de la Junta de Andalucía. Los elementos de comunicación y publicidad también son los mismos independientemente del cupo. Se debe atender al apartado de las Instrucciones publicadas que describen las mismas. Por contra, si pertenece a FSE+, dicha plaza será elegible para las verificaciones in situ realizadas en los centros para comprobar la documentación y gestión de la misma. Asimismo, al terminar la colaboración de la persona auxiliar, se deberá generar y firmar digitalmente en Séneca el Informe de Certificación FSE, disponible en ¿Documentos que se pueden pedir¿.

Para descargar el nombramiento como auxiliar de conversación, se deben seguir las instrucciones de la página 11 del Manual Aux@nd. Puedes acceder al Manual desde este enlace:

https://ws098.juntadeandalucia.es/educacion/auxcon/r/110/files/static/v14/Manual_Uso_Aplicacion.pdf

 

Se deben seguir las instrucciones del Manual de Aux@nd (página 8): imprimir el documento, firmarlo con bolígrafo azul, autorizar a la administración para que acceda a los datos que consten en el registro Central de Delincuentes Sexuales y mandar por correo postal el original siguiendo las instrucciones de la página 11. Puedes acceder al Manual desde este enlace:

https://ws098.juntadeandalucia.es/educacion/auxcon/r/110/files/static/v14/Manual_Uso_Aplicacion.pdf

Deben solicitar una tarjeta de coordenadas tal y como se les indicará en la Jornada de Acogida, con la que podrán firmar digitalmente.

El Anexo I, Anexo II, Anexo VIII, Anexo IV (uno por cada abono mensual), y el Anexo V (si ha compartido centro educativo, deberá entregar un anexo por cada centro).

 

Las personas auxiliares de conversación, procedentes de países de fuera de la Unión Europea, tienen contratado un seguro privado que les cubre toda su estancia (no hace falta que rellenes ningún impreso). Recibirán un correo de la compañía con instrucciones y su tarjeta sanitaria en el centro educativo en los primeros días de octubre. Las personas auxiliares de conversación comunitarios que no dispongan de cobertura médica en su país podrán solicitar la cobertura del seguro sanitario privado escribiendo a: auxiliares.ced@juntadeandalucia.es

No. No se puede renovar en Andalucía.

Los centros educativos pagan a mes vencido a las personas auxiliares de conversación de la Junta de Andalucía, sin embargo, este dinero no llega a los centros hasta final de noviembre o principios de diciembre, por lo que es probable que no se reciba hasta entonces el abono del mes de octubre. Auxiliares del cupo del Ministerio reciben el pago directamente del Ministerio, una vez que el centro educativo mande la documentación de incorporación.