El acceso a los Ciclos Formativos de Grado Básico requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso
  • Haber cursado el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso
  • Contar con la propuesta del equipo docente, a través del consejo orientador al que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, consolidada, de incorporación del alumnado a un Ciclo Formativo de Grado Básico
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