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Educación Novedades
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De acuerdo con la ORDEN de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones de alumnado y de madres y padres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar, y la Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de participación, coeducación, equidad, y voluntariado en Andalucía para el curso 2024/2025.

En relación a la Línea 6: Proyectos de Coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres, la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa requiere la subsanación de las solicitudes presentadas y listadas en el Anexo I conforme al resuelve Undécimo.1 de la Resolución de convocatoria.

Los documentos mediante los que las personas o entidades interesadas efectúen la subsanación podrán presentarse conforme al Resuelvo Cuarto.1 de la Resolución de convocatoria.

“1. Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y registros siguientes:

  • En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: SECRETARÍA VIRTUAL
  • En los lugares y registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.”

Las entidades listadas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional; es decir del 6 al 19 de septiembre de 2024 ambos inclusive. Si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.1 de la citada Orden.

A fin de que quede constancia en esta Dirección General de la presentación electrónica de la documentación requerida, y para mayor agilidad del proceso, le rogamos que, una vez realizada dicha presentación, se remita copia de toda la documentación presentada en la que conste la fecha de registro, a la siguiente dirección de correo electrónico:

convivencia.igualdad.ced@juntadeandalucia.es

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