La competencia general de este título consiste en aplicar tratamientos con radiaciones ionizantes bajo prescripción médica, utilizar equipos provistos de fuentes encapsuladas o productores de radiaciones, aplicando las normas de radioprotección generales y específicas, y asistiendo al paciente durante su estancia en la unidad, así como realizar procedimientos de protección radiológica hospitalaria, siguiendo normas de garantía de calidad y los protocolos establecidos en la unidad asistencial.
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad profesional en el sector sanitario, en organismos e instituciones del ámbito público y en empresas privadas, en unidades de oncología radioterápica, en unidades/servicios de Radiofísica Hospitalaria, en unidades técnicas de protección radiológica y en centros de investigación.
Realizan su trabajo bajo la supervisión del facultativo correspondiente y el supervisor de la instalación, con la correspondiente acreditación como operador de instalaciones radiactivas otorgada por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).
Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración sanitaria estatal.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Técnico superior en radioterapia.
- Técnico especialista en radioterapia.
- Personal auxiliar de los servicios de protección radiológica.
- Delegado comercial de equipos de radioelectrología médica.
Entorno profesional
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad profesional en el sector sanitario, en organismos e instituciones del ámbito público y en empresas privadas, en unidades de oncología radioterápica, en unidades/servicios de Radiofísica Hospitalaria, en unidades técnicas de protección radiológica y en centros de investigación.
Realizan su trabajo bajo la supervisión del facultativo correspondiente y el supervisor de la instalación, con la correspondiente acreditación como operador de instalaciones radiactivas otorgada por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).
Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración sanitaria estatal.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Técnico superior en radioterapia.
- Técnico especialista en radioterapia.
- Personal auxiliar de los servicios de protección radiológica.
- Delegado comercial de equipos de radioelectrología médica.
Primero
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|---|---|---|
1347 | Anatomía por la imagen | 7 | 224 |
1345 | Atención al paciente | 5 | 160 |
1364 | Formación y orientación laboral | 3 | 96 |
1346 | Fundamentos físicos y equipos | 9 | 288 |
1348 | Protección radiológica | 6 | 192 |
Segundo
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|---|---|---|
1360 | Dosimetría física y clínica | 5 | 105 |
1365 | Empresa e iniciativa emprendedora | 4 | 84 |
1366 | Formación en centros de trabajo | 0 | 380 |
0000 | Horas de libre configuración | 3 | 63 |
1363 | Proyecto de radioterapia y dosimetría | 0 | 30 |
1359 | Simulación del tratamiento | 4 | 84 |
1362 | Tratamientos con braquiterapia | 5 | 105 |
1361 | Tratamientos con teleterapia | 9 | 189 |
Tercero
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|
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