La competencia general de este título consiste en operar y mantener la planta propulsora y los equipos y sistemas del buque, y colaborar en la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo, aplicando criterios de calidad y cumpliendo los planes de prevención de riesgos laborales y medioambientales de la empresa.
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en buques dedicados al transporte marítimo de carga y pasajeros o en buques pesqueros, ya sean de naturaleza pública o privada, todo ello dentro de los límites y atribuciones establecidos por la Administración competente. Asimismo, su formación le permite desempeñar funciones por cuenta ajena o por cuenta propia en empresas dedicadas al mantenimiento de embarcaciones y plantas energéticas.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Operario de reparación y mantenimiento de motores y grupos mecánicos.
- Operario de reparación y mantenimiento de plantas energéticas de motor y vapor.
- Jefe de máquinas, de acuerdo con las atribuciones establecidas para el mecánico naval en el artículo 15.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio.
- Oficial de máquinas o primer oficial de máquinas, de acuerdo con las atribuciones establecidas para el mecánico naval en el artículo 15.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, y en la Resolución de 31 de mayo de 2010, de la Dirección General de Marina Mercante, por la que se establecen los cursos de acreditación de mecánicos mayores navales y mecánicos navales para el ejercicio profesional en buques mercantes hasta 6.000 kW.
- Electromecánico de mantenimiento e instalación de planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo.
- Mecánico de motores y equipos de inyección (diésel y gasolina).Mecánico de motores de gasolina.
- Mecánico de motores diésel.
- Mecánico de motores en maquinaria industrial.
- Mecánico de motores y grupos mecánicos navales en astilleros.
- Mantenedor de aire acondicionado y fluidos en embarcaciones deportivas y de recreo.
- Electricista naval.
- Electricista de mantenimiento y reparación de motores, dinamos y transformadores.
- Operario de instalación y mantenimiento de sistemas frigoríficos y de aire acondicionado.
Entorno profesional
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en buques dedicados al transporte marítimo de carga y pasajeros o en buques pesqueros, ya sean de naturaleza pública o privada, todo ello dentro de los límites y atribuciones establecidos por la Administración competente. Asimismo, su formación le permite desempeñar funciones por cuenta ajena o por cuenta propia en empresas dedicadas al mantenimiento de embarcaciones y plantas energéticas.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Operario de reparación y mantenimiento de motores y grupos mecánicos.
- Operario de reparación y mantenimiento de plantas energéticas de motor y vapor.
- Jefe de máquinas, de acuerdo con las atribuciones establecidas para el mecánico naval en el artículo 15.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio.
- Oficial de máquinas o primer oficial de máquinas, de acuerdo con las atribuciones establecidas para el mecánico naval en el artículo 15.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, y en la Resolución de 31 de mayo de 2010, de la Dirección General de Marina Mercante, por la que se establecen los cursos de acreditación de mecánicos mayores navales y mecánicos navales para el ejercicio profesional en buques mercantes hasta 6.000 kW.
- Electromecánico de mantenimiento e instalación de planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo.
- Mecánico de motores y equipos de inyección (diésel y gasolina).Mecánico de motores de gasolina.
- Mecánico de motores diésel.
- Mecánico de motores en maquinaria industrial.
- Mecánico de motores y grupos mecánicos navales en astilleros.
- Mantenedor de aire acondicionado y fluidos en embarcaciones deportivas y de recreo.
- Electricista naval.
- Electricista de mantenimiento y reparación de motores, dinamos y transformadores.
- Operario de instalación y mantenimiento de sistemas frigoríficos y de aire acondicionado.
Primero
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|---|---|---|
1033 | Atención sanitaria a bordo | 2 | 64 |
1178 | Formación y orientación laboral | 3 | 96 |
0156 | Inglés | 5 | 160 |
1172 | Mantenimiento de la planta propulsora y maquinaria auxiliar | 7 | 224 |
1175 | Mantenimiento de las instalaciones y máquinas eléctricas en buques y embarcaciones | 6 | 192 |
1173 | Procedimientos de mecanizado y soldadura en buques y embarcaciones | 7 | 224 |
Segundo
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|---|---|---|
1179 | Empresa e iniciativa emprendedora | 4 | 84 |
1180 | Formación en centros de trabajo | 0 | 410 |
0000 | Horas de libre configuración | 3 | 63 |
1176 | Instalación y mantenimiento de maquinaria de frío y climatización en buques y embarcaciones | 7 | 147 |
1177 | Procedimientos de guardia de máquinas | 3 | 63 |
1174 | Regulación y mantenimiento de automatismos en buques y embarcaciones | 6 | 126 |
1032 | Seguridad marítima | 7 | 147 |
Tercero
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|
Opciones
Nodo: sv0205.ced.junta-andalucia.es