Organizar, gestionar y ejecutar las actividades de buques, cuyas características y límites geográficos determinen las administraciones competentes para este nivel, dirigiendo y controlando la navegación, así como la extracción, manipulación y conservación de la pesca, respetando las condiciones de seguridad y observando la normativa.
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en buques de pesca y en buques mercantes, ya sean de naturaleza pública o privada, con los límites y atribuciones establecidos por la administración competente.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Patrón dedicado al transporte marítimo de mercancías y/o pasajeros, servicios de practicaje, seguridad, salvamento marítimo, buceo e investigación, entre otras actividades, con las atribuciones establecidas para el patrón portuario en el Artículo 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.¿ Patrón, primer oficial y oficial de puente en buques mercantes y buques de pasaje, con las atribuciones establecidas para el patrón de litoral en el Artículo 9.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
- Patrón costero polivalente (profesión regulada).
- Patrón local de pesca (profesión regulada).
- Marinero de Puente (profesión regulada).
- Marinero pescador. (profesión regulada).
- Patrón al mando de buques de pesca o mercantes y Primer Oficial de puente u Oficial de puente en buques pesqueros o mercantes (con las limitaciones establecidas por la normativa).
- Inspector de flota.
- Supervisor de montaje y armado de artes y aparejos de pesca.
- Manipulador u Operario de elaboración.
- Operario de envasado y empaquetado.
- Operador o controlador de línea de envasado.
- Trabajador en la preparación de pescado para conservas.
- Especialista en tratamientos de frío.
- Elaborador de productos de la pesca y derivados, de conservas de pescado, de semiconservas.
- Elaborador de congelados y ultracongelados.
- Limpiador-preparador de pescados para conservas.
Entorno profesional
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en buques de pesca y en buques mercantes, ya sean de naturaleza pública o privada, con los límites y atribuciones establecidos por la administración competente.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Patrón dedicado al transporte marítimo de mercancías y/o pasajeros, servicios de practicaje, seguridad, salvamento marítimo, buceo e investigación, entre otras actividades, con las atribuciones establecidas para el patrón portuario en el Artículo 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.¿ Patrón, primer oficial y oficial de puente en buques mercantes y buques de pasaje, con las atribuciones establecidas para el patrón de litoral en el Artículo 9.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
- Patrón costero polivalente (profesión regulada).
- Patrón local de pesca (profesión regulada).
- Marinero de Puente (profesión regulada).
- Marinero pescador. (profesión regulada).
- Patrón al mando de buques de pesca o mercantes y Primer Oficial de puente u Oficial de puente en buques pesqueros o mercantes (con las limitaciones establecidas por la normativa).
- Inspector de flota.
- Supervisor de montaje y armado de artes y aparejos de pesca.
- Manipulador u Operario de elaboración.
- Operario de envasado y empaquetado.
- Operador o controlador de línea de envasado.
- Trabajador en la preparación de pescado para conservas.
- Especialista en tratamientos de frío.
- Elaborador de productos de la pesca y derivados, de conservas de pescado, de semiconservas.
- Elaborador de congelados y ultracongelados.
- Limpiador-preparador de pescados para conservas.
Primero
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|---|---|---|
1033 | Atención sanitaria a bordo | 2 | 64 |
1036 | Estabilidad, trimado y estiba del buque | 4 | 128 |
1037 | Formación y orientación laboral | 3 | 96 |
0156 | Inglés | 5 | 160 |
1029 | Pesca de litoral | 5 | 160 |
1035 | Técnicas de maniobra | 4 | 128 |
1027 | Técnicas de navegación y comunicaciones | 7 | 224 |
Segundo
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|---|---|---|
1030 | Despacho y administración del buque | 6 | 126 |
1038 | Empresa e iniciativa emprendedora | 4 | 84 |
1039 | Formación en centros de trabajo | 0 | 410 |
0000 | Horas de libre configuración | 3 | 63 |
1034 | Instalaciones y servicios | 5 | 105 |
1028 | Procedimientos de guardia | 5 | 105 |
1032 | Seguridad marítima | 7 | 147 |
Tercero
Cod. | Módulo | H.SEM. | H.TOT. |
---|
Opciones
Nodo: sv0205.ced.junta-andalucia.es