INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO
1. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA REPRESENTANTE
La persona o entidad que presente este formulario deberá cumplimentar los datos identificativos que aquí se requieren. Los datos relativos a la persona o entidad representante serán de cumplimentación obligatoria en el supuesto de ser ésta quién suscriba el formulario. En estos supuestos habrá de indicar a su vez en calidad de qué se ostenta la representación, por ejemplo, en caso de representante legal: padre, madre, tutor/a.
2. NOTIFICACIÓN
Los datos de correo electrónico y, opcionalmente, el número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder efectuar el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará en cualquier caso, independientemente de que se hayan cumplimentado estos datos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
3. DECLARACIONES
Deberá marcar aquellas declaraciones que correspondan con su situación concreta.
4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN
Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se solicita la subvención.
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS PARA APLICARLOS
Deberá cumplimentar este apartado con los criterios de valoración que correspondan.
6. SOLICITUD, FECHA, LUGAR Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario. La fecha no se debe cumplimentar porque al presentar este formulario de forma electrónica, la fecha se incluirá de forma automática en el momento de la presentación. ILMO/A SR/A: Deberá cumplimentar indicando el órgano al que se dirige la solicitud. DIR3. CÓDIGO DIRECTORIO COMÚN DE UNIDADES ORGÁNICAS. Con carÁcter general, este código aparecerá cumplimentado, en caso contrario podrá consultar en las oficinas de asistencia en materia de registros o bien en esta dirección: https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/ directoriocomundeunidadesorganicas
CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
5a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
De conformidad con el artículo 55 del Reglamento General de Subvenciones se exceptúa del requisito de fijar un orden de prelación
entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la
convocatoria fuera suficiente atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
La valoración de las solicitudes, con un máximo de 210 puntos, se realizará baremando los respectivos proyectos de formación
presentados según los siguientes criterios:
1. Planteamiento general y diseño de la acción (100 puntos) :
Es objetivo prioritario para el IAPRL que con estas acciones subvencionadas se llegue al mayor número de personas formadas en
materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
1. a) Planteamiento global y coherencia del proyecto con los objetivos y resultados esperados. Justificación de la propuesta(30 puntos):
Coherencia pedagógica de la formación diseñada y en su adecuación a las necesidades de formación detectadas en la
organización y en los participantes (10 puntos).
Diseño del plan de trabajo y cronograma de la formación, adaptados a las características del proyecto presentado (5 puntos).
Justificación de las ventajas y potencial beneficio que puede reportar la realización del proyecto y del impacto social y
económico del mismo a corto, medio y largo plazo (5 puntos).
Calidad de la presentación y planteamiento del proyecto: estructura, orden, claridad (5 puntos).
Naturaleza innovadora de la materia objeto del curso, metodología y producto resultante: Si la materia objeto del curso no hubiera
sido impartida en los tres años precedentes (5 puntos).
1. b) Contenido (30 puntos):
Cuando el contenido de las acciones formativas esté directa y específicamente relacionado con áreas de actuación prioritarias de
los Planes de Actuación que se deriven de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017/2022, según determine la
convocatoria anual, sin que ello suponga exclusión de otras materias (10 puntos).
Cuando las acciones formativas propuestas estén dirigidas a sectores productivos establecidos como prioritarios en la
convocatoria en función de los datos que arrojen las encuestas de condiciones de trabajo y de gestión preventiva que elabora el
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales (8 puntos).
Justificación de la elección de las acciones, en función de las fuentes de información empleadas y del análisis del sector, y de los
estudios específicos y actualizados tenidos en cuenta (7 puntos).
Medios materiales puestos a disposición de la persona a quien va destinada la formación. (5 puntos).
1. c) Metodología para el seguimiento y la evaluación del impacto y eficacia de la formación y la satisfacción del alumnado (20 puntos):
Metodología y sistemática propuesta para la valoración de la calidad de la formación (profesorado, temática, utilidad, aplicabilidad
del contenido, transferencia al puesto de trabajo…), manifestada tanto durante la ejecución de la formación, como una vez
finalizada (10 puntos).
Metodología propuesta para la medición de la satisfacción de quienes participan, el grado de aprendizaje, la transferencia al
puesto de trabajo, competencias alcanzadas al finalizar la formación, etc… (10 puntos).
1. d) Metodología de desarrollo del proyecto (15 puntos):
Metodología didáctica a emplear para el desarrollo de propuestas formativas (10 puntos).
Cuando las actividades de promoción y difusión permitan al futuro alumnado conocer cómo será la acción durante su ejecución (5
puntos).
1. e) Integración de la perspectiva de género (5 puntos):
Integración de la perspectiva de género en el diseño y contenido de la acción formativa (2,5 puntos).
-Representación equilibrada de mujeres y hombres en el personal docente (2,5 puntos).
2. Entidades que desarrollan el proyecto y equipo técnico. Capacidad de gestión de la entidad solicitante y del equipo de trabajo (94 puntos) :
2. a) Perfiles y experiencia de las personas del equipo docente de las actividades formativas (40 puntos):
Personal con titulación en prevención de riesgos laborales: al menos el 50% del personal cuenta con titulación superior en
prevención de riesgos laborales (15 puntos). - Personal con experiencia docente en PRL: al menos el 50% del personal cuenta con experiencia en prevención de riesgos laborales
(20 puntos).
Contratación de recursos humanos, a través de oferta genérica del SAE en solicitud de demandantes de empleo con formación de
nivel superior en prevención de riesgos laborales, y siempre teniendo en cuenta el principio de igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres ( 5 puntos).
2. b) Perfil y currículum vítae de la dirección técnica del proyecto (20 puntos).
(Cualificación y experiencia mínima en la
dirección de 4 proyectos de prevención de riesgos laborales en ejercicios distintos. En caso de realización de más de un proyecto o
más de una persona en la dirección técnica del proyecto, se tendrá en cuenta la representación equilibrada de hombres y mujeres).
2. c) Experiencia de la entidad en el desarrollo de acciones similares en la Junta de Andalucía o en otra administración pública (5 puntos).
(que se hayan desarrollado al menos 2 proyectos como entidad beneficiaria, correspondientes a diferentes ejercicios, en
los últimos 5 años).
2.d) Disponer de instalaciones y medios materiales (10 puntos):
Aulas con capacidad mínima de 2 metros cuadrados por alumno o alumna y 4 metros cuadrados por profesor o profesora (6
puntos).
Medios didácticos y equipamientos suficientes: pizarra, TV/video, proyector, conexión a internet… (4 puntos).
2.e) Representatividad (10 puntos) :
Con el siguiente desglose:
En el caso de organizaciones empresariales que por sí mismas, o a través de sus entidades asociadas, confederadas o a las que
estén confederadas, participen o hayan participado con posterioridad al 1 de octubre de 2010 en la negociación de convenios
colectivos o acuerdos colectivos sectoriales de trabajo, de ámbito autonómico o provincial, conforme a lo dispuesto en el título III
del Estatuto de los Trabajadores (10 puntos).
En el caso de organizaciones sindicales que participen o hayan participado con posterioridad al 1 de octubre de 2010 en la
negociación de convenios colectivos o acuerdos colectivos sectoriales de trabajo, de ámbito autonómico o provincial, conforme a lo
dispuesto en el título III del Estatuto de los Trabajadores (10 puntos).
2.f) Ámbito funcional y territorial (9 puntos):
En el caso de organizaciones empresariales: Máx. 9, según sean :
- intersectoriales de ámbito autonómico 9
- intersectoriales de ámbito provincial 6
- sectoriales de ámbito autonómico 3
En el caso de organizaciones sindicales: Máx. 9. Se puntuará:
Existencia de sedes permanentes provinciales donde vaya a realizarse el proyecto para posibilitar una atención directa y
permanente a las personas destinatarias de la formación (1 punto por sede provincial hasta máximo de 9 puntos).
3 Presupuesto (16 puntos) (Eficiencia y adecuación del presupuesto a las actividades a desarrollar)
No se aprobarán los proyectos de formación presentados que no alcancen en los aspectos técnicos (suma de apartados 1 y 2 ) una
valoración mínima de 100 puntos. Las puntuaciones alcanzadas para cada apartado se expresarán con tres decimales.
5.b) Priorización en caso de empate:
En caso de que se produzcan empates entre la puntuación obtenida por varios proyectos, tendrán prioridad en primer lugar, los
proyectos que hayan obtenido mayor puntuación en base a la clasificación establecida en el anterior apartado 5.a, por orden
decreciente, de mayor a menor ponderación. De mantenerse el empate, se considerará la fecha de presentación de la solicitud.
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