Titular: José Manuel Colmenero López
Corresponde a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura la coordinación, desarrollo y ejercicio de las competencias atribuidas a la Consejería en materia de vivienda y de rehabilitación de la ciudad consolidada.
En particular, le corresponden las siguientes funciones:
- El desarrollo, ejecución y evaluación de las medidas derivadas de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda.
- El seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos de los Planes de vivienda y suelo de la Comunidad Autónoma.
- La ejecución, desarrollo y evaluación en la Comunidad Autónoma de los planes estatales sobre vivienda, rehabilitación y suelo residencial.
- El desarrollo y ejercicio de las competencias en materia de rehabilitación de la ciudad consolidada para implementar y afianzar su recuperación física, social y económica con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas y de su entorno.
- La rehabilitación de viviendas, espacios libres y equipamientos, bajo criterios de sostenibilidad, eficiencia energética y de la calidad de vida de las personas.
- La dirección, supervisión y fomento de Planes y actuaciones integradas de recuperación de Centros Históricos y Barriadas, con objeto de mejorar las condiciones de vida y de relación de sus habitantes; así como promover la colaboración con los Ayuntamientos y otras Consejerías para la gestión y desarrollo integral de dichos ámbitos.
- El impulso y desarrollo del programa de espacios públicos de ámbito municipal.
- La ejecución de las políticas estatales para el fomento de la intervención en la ciudad consolidada, la rehabilitación sostenible y la arquitectura.
- El fomento de la calidad en la arquitectura, con el objetivo de mejorar las características constructivas, funcionales y económicas de las edificaciones y su aportación al buen orden de las ciudades, barrios y el paisaje, potenciando la sostenibilidad de las mismas.
- El impulso y ejecución de la rehabilitación y conservación del patrimonio arquitectónico no afectado por la normativa vigente en materia de Patrimonio Histórico.
- El fomento de las tipologías arquitectónicas tradicionales, favoreciendo su adaptación a las nuevas necesidades de la sociedad y a las técnicas constructivas actuales.
- La superior dirección en la gestión, control y registro de las fianzas de los contratos de arrendamiento de vivienda y uso distinto del de vivienda, y de suministros de agua, gas y electricidad, así como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones reguladoras del depósito de dichas fianzas.
- Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.